Elementos para una (re)interpretación de las convenciones internacionales de drogas. Francisco E Thoumi

Чтение книги онлайн.

Читать онлайн книгу Elementos para una (re)interpretación de las convenciones internacionales de drogas - Francisco E Thoumi страница 8

Автор:
Жанр:
Серия:
Издательство:
Elementos para una (re)interpretación de las convenciones internacionales de drogas - Francisco E Thoumi Economía

Скачать книгу

podrían contribuir a entender por qué los seres humanos producen, comercializan y consumen drogas psicoactivas.

      Como se ha demostrado en los últimos años, muchas decisiones políticas se basan en emociones y sentimientos. Así ha florecido una industria para proporcionar “noticias falsas” y “hechos alternativos” e influir en las elecciones y en las posiciones políticas de las personas frente a determinados asuntos. Una conclusión importante de diversos experimentos aleatorios controlados proporciona evidencia sobre el hecho que cuando las personas toman posiciones sobre temas que consideran muy importantes creen que actúan racionalmente, pero con frecuencia se encuentran cegados por sentimientos y emociones. Por eso, hoy hay una fuerte polarización política en muchas sociedades. Como se muestra en este libro, el desarrollo del SICD, o al menos algunas de sus posiciones y las de sus críticos, responden a esta realidad. Por lo tanto, ha sido extremadamente difícil propiciar debates fructíferos sobre políticas en materia de drogas que puedan dar lugar a cambios y a políticas de drogas más eficaces.

      Un corolario es que muchos expertos en drogas, académicos, activistas y periodistas discuten temas de drogas desde la perspectiva de su propia disciplina. Por ejemplo, usualmente se oyen afirmaciones como la siguiente: “como economista he llegado a la conclusión de que la producción, el tráfico y el consumo de drogas deben ser legales y regulados”. ¿Cómo se puede interpretar esta declaración?, ¿significa que las conclusiones opuestas desde la perspectiva de otras disciplinas son erróneas? Si la recomendación del economista no es aceptada por los artífices de política, ¿es porque son ignorantes o corruptos?, o ¿podría ser que solo interpretaran la evidencia desde la perspectiva de otras disciplinas?

      Estos obstáculos epistemológicos a los diálogos productivos se ven agravados por las diferencias culturales, nacionales, religiosas, etc., que generan distintas cosmovisiones en las personas alrededor del mundo. Este es el caso de los simpatizantes activistas y críticos del SICD y las diferentes razones que dan para sustentar sus posiciones en materia de política de drogas.

      Esto plantea preguntas tales como: ¿es posible desarrollar reglas o directrices racionales para elegir las recomendaciones de una disciplina como la economía sobre las de ciencia política, sociología, medicina, antropología u otras disciplinas? Y, cuando se escuchan las posiciones contradictorias de varias personas honestas, educadas, inteligentes y comprometidas, ¿hay una manera racional de elegir cualquiera de ellas, o simplemente cada cual elegiría la que este más de acuerdo con sus intuiciones, emociones, sentimientos y profesión?

      De hecho, la postura del economista que hace la propuesta de legalización no tiene respuestas satisfactorias a estas preguntas, tiene su propia “verdad” de economista y, mientras permanezca dentro de su propio círculo de formación con quienes comparte paradigma, encontrará apoyo y no tendrá que enfrentar los desafíos desde paradigmas diferentes. No obstante, el hecho es que las cuestiones de drogas son multidimensionales e involucran una diversidad de disciplinas académicas (moral y ética, medicina, neurociencia, salud pública, derecho, psicología, economía, ciencia política, sociología, antropología, estudios ambientales, estadística, relaciones internacionales, criminología, agronomía, química, biología, entre otras) cualquier posición basada en un punto de vista disciplinar único tiene una alta probabilidad de ser parcial y frecuentemente errónea o engañosa.

      La multiplicidad de formas en que las diferentes disciplinas miran el mundo puede llevar a algunos a cuestionar si son ciencias reales y si sus hallazgos deben ser insumos para la formulación de políticas. Sin embargo, la ciencia no es un tema como los tratados en la física, la química, la medicina o la economía, sino un método para formular hipótesis que pueden ser confirmadas o rechazadas después de rigurosas pruebas empíricas. Por ello, es posible que se pueda:

      […] argumentar que el conocimiento de las ciencias sociales, en promedio, es menos seguro que el conocimiento de las ciencias naturales, pero en las ciencias sociales hay un cuerpo significativo y creciente de conocimientos obtenidos utilizando métodos científicos y basados en la evidencia aplicables a la política de drogas. (Thoumi, 2017b, p. 73).

      La mayor parte de este conocimiento no era suficientemente reconocido cuando se estableció el SICD, por lo que el reto, para cualquiera que quiera limitar el consumo de drogas a fines médicos o científicos, radica en identificar el conocimiento que se ha obtenido siguiendo métodos científicos rigurosos en todas las disciplinas que se ocupan de las drogas psicoactivas.

      Las Naciones Unidas y el derecho internacional son productos de la modernidad con su concepto de Estado, que surgió de la Paz de Westfalia en 1648. Ambos están diseñados para proporcionar marcos para la solución de conflictos internacionales y prevenir enfrentamientos entre Estados soberanos y nuevas guerras mundiales. El modelo:

      […] supone implícitamente que todos los gobiernos tienen el control total de sus territorios, donde tienen el monopolio del poder, la fuerza y la ley. Esto implica que las normas internacionales actuales están diseñadas para las naciones, es decir, para los grupos de seres humanos que tienen un propósito común y forman una sociedad cohesionada. (Ibídem, p. 74).

      El sistema actual de organización mundial y el derecho internacional, que ha evolucionado a partir de él, han sido funcionales para resolver cuestiones derivadas de las relaciones entre los países que, en el pasado, condujeron a guerras. Ha sido muy útil para tratar problemas relacionados con las fronteras, las migraciones, los pagos de deudas y la regulación de viajes internacionales, el control de las zonas no estatales y similares. Sin embargo, su finalidad no consiste en regular el comportamiento de las personas al interior de un país; por eso, el SICD es flexible con respecto al trato de los consumidores, pero no de los productores o traficantes de drogas.

      Las convenciones internacionales sobre drogas exigen a las Partes que controlen el comercio nacional e internacional, legal e ilegal, de las sustancias psicoactivas controladas y algunos de sus insumos. Estos controles comerciales se aplican para ayudar a aplicar la prohibición de los usos diferentes a los médicos o científicos de esas sustancias, de forma que las Partes se obligan a hacer cumplir algunos comportamientos personales a través de las legislaciones nacionales. La restricción del consumo de drogas a fines médicos o científicos promulgada en 1961 y propuesta y promovida por primera vez en 1909 se ajustaba al contexto histórico en el que surgió el SICD. En él, la interpretación de los términos “médicos o científicos” excluyó los desarrollos aportados por las ciencias sociales. Esto significó implícitamente que la literatura académica sobre políticas públicas no tenía ninguna base científica en esos campos. Desde entonces, el mundo ha cambiado de muchas formas y el contexto en el que se están aplicando las políticas de drogas se ha transformado drásticamente. La cuestión es si, en el mundo actual, la política fundamental del SICD puede aplicarse con éxito en todos los países del mundo bajo todas las circunstancias.

      Como se señaló, cuando la creación del SICD se promovió en 1909, los problemas de adicción a las drogas se limitaban a unas pocas drogas y algunos países. El principal problema era la adicción al opio en China y otros países del sudeste asiático, pero los descubrimientos farmacéuticos cambiaron el panorama. En 1884, la cocaína empezó a ser comercializada en pequeñas cantidades por Merck & Co. en Alemania y por Parke, Davis & Co. En Estados Unidos, en la primera década del siglo XX, sus usos médicos y no médicos se habían expandido, pero la adicción a ella no había llegado a representar un problema internacional como el del opio y sus derivados y el uso del hachís también se limitaba a unos pocos lugares.

      En ese momento, el problema de la adicción se centraba en drogas basadas en adormidera, coca y marihuana. Los convenios y protocolos internacionales de los siguientes cincuenta y dos años, incluida la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, se centraron

Скачать книгу