El reformismo social en España (1870-1900). Miguel Ángel Cabrera

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El reformismo social en España (1870-1900) - Miguel Ángel Cabrera Historia

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      A partir de ese momento, la influencia exterior desempeñó un papel decisivo, pues no sólo proporcionó a los reformistas españoles un cuerpo teórico e ideológico ya elaborado y un programa de reformas ya en marcha, sino que actuó como un estímulo de la crisis del liberalismo y de la Economía Política clásicos españoles. Los liberales reformistas españoles no sólo estaban muy bien informados de la situación de esos países y conocían perfectamente los debates internacionales y las medidas de reforma que se habían estado implementando. Además, el liberalismo reformista español se inscribe explícitamente a sí mismo en el amplio y prolongado debate que se viene produciendo en Europa en torno a la crisis del liberalismo clásico. Buylla, por ejemplo, no sólo reproduce los términos de ese debate, sino que además él mismo se sitúa en su seno. La revolución liberal supuso, explica, una ruptura con la situación anterior de «absorción del individuo en el Estado» y la sustitución de ésta por el individualismo y la «teoría del contrato», teoría trasladada a la economía por los economistas clásicos.45 Pronto, sin embargo, continúa, aparecieron críticos y adversarios del individualismo, como los pensadores contrarrevolucionarios (como De Maistre y De Bonald) y la «escuela armónica de Krause», todos ellos «concordantes en demostrar la necesidad de un enlace interno y positivo entre el Estado y el individuo que venga a sustituir al externo casual y arbitrario que deriva de la citada teoría».46 Actualmente, son muchos otros los autores (como Ahrens y Von Mohl) que impugnan la teoría del contrato social, sostienen la doctrina orgánica de la sociedad y propugnan la «intervención protectora» del Estado en la economía.47

      Es por ello que los análisis, diagnósticos y propuestas del reformismo social español no se basan exclusivamente en la realidad social del país, sino en la del mundo liberal capitalista en general. Cuando se refieren a los efectos de la industrialización o de la libre concurrencia, no tienen en mente sólo la situación española, sino también la de esos otros países. Es más, en el reformismo social español late siempre el propósito de prevenir, atajar o anticiparse a algunos de esos efectos, observados en otros países, que aún no se han producido en España. Y lo mismo podría decirse con respecto al movimiento obrero. La preocupación por éste no está provocada sólo por la agitación obrera española, sino por el auge del movimiento obrero y del socialismo en toda Europa. En todo caso, el papel y el alcance de la influencia extranjera en la formación del liberalismo reformista español es un tema que escapa por completo al objeto de este trabajo. Lo que éste se propone es analizar el proceso de gestación del reformismo social y del Estado del bienestar en un lugar concreto y contribuir al conocimiento de un fenómeno histórico general mediante el estudio de un caso particular.

      1Gumersindo de Azcárate, Resumen de un debate sobre el problema social, Madrid, 1881, pp. 9-10. En todas las citas se ha actualizado la grafía.

      2Ibid., pp. 10-11.

      3Gumersindo de Azcárate [«Leyes obreras, sociales o del trabajo»], Discurso leído el 10 de noviembre de 1893 en el Ateneo Científico y Literario de Madrid, Madrid, 1893, p. 15.

      4Segismundo Moret y Prendergast, Discurso leído el día 16 de noviembre de 1885 en el Ateneo de Madrid con motivo de la apertura de sus cátedras, Madrid, 1885, p. 1.

      5Ibid., pp. 2-3.

      6Gumersindo de Azcárate, Estudio sobre el objeto y carácter de la ciencia económica y su relación con la del Derecho, Madrid, 1871, p. 43.

      7Segismundo Moret, Discurso leído el día 17 de noviembre de 1894 en el Ateneo con motivo de la apertura de sus cátedras, Madrid, 1894, pp. 26-27.

      8Segismundo Moret, Discurso leído el día 16 de noviembre de 1885, p. 3.

      9Ibid., p. 4.

      10Ibid.

      11Segismundo Moret, Discurso leído el día 17 de noviembre de 1894 en el Ateneo con motivo de la apertura de sus cátedras, p. 31.

      12Segismundo Moret, Discurso leído el día 16 de noviembre de 1885, pp. 5-6.

      13José Canalejas Méndez [«Aspecto jurídico del problema social»], Discurso leído en la sesión inaugural del curso de 1894 a 95 de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación celebrada el 10 de diciembre de 1894, Madrid, 1894, p. 9.

      14Ibid.

      15Ibid., p. 7.

      16Cristóbal Botella, Naturaleza y estado actual de la Economía Política, Discurso leído en el Ateneo de Madrid con motivo de la apertura de la sección de ciencias morales y políticas, curso de 1888 a 1889, Madrid, 1889, pp. 20-21.

      17Eduardo Sanz Escartín, La cuestión económica, Madrid, 1890, pp. 18-19.

      18Antonio Cánovas del Castillo, «La cuestión obrera y su nuevo carácter» [Discurso en el Ateneo de 10 de noviembre de 1890], Problemas contemporáneos, Tomo III, Madrid, 1890, p. 461.

      19Antonio Cánovas del Castillo, «De cómo he venido yo a ser doctrinalmente proteccionista», Problemas contemporáneos, Tomo III, Madrid, 1890, pp. 447-448.

      20Ibid., p. 448.

      21Ibid., p. 449.

      22José Canalejas, «Prólogo» a Práxedes Zancada, El obrero en España (Notas para su historia política y social), Barcelona, 1902, p. 23.

      23Adolfo A. Buylla, «Discurso leído en el solemne acto de apertura del curso académico de 1879 a 1880 en la Universidad Literaria de Oviedo», en José Luis Malo Guillén (ed.), El krausismo económico español, Madrid, RACMP, 2005, p. 248.

      24Segismundo Moret, Discurso leído el día 16 de noviembre de 1885, pp. 7-8.

      25Ibid., p. 8.

      26Salvador Bermúdez de Castro, El problema social y las escuelas políticas, Madrid, 1891, pp. 60-61 y 65. El autor realiza una descripción de la frustración de expectativas con respecto a las promesas del liberalismo económico clásico, propone una rectificación del mismo, aboga por una reorganización de la sociedad sobre la base de los nuevos principios y se muestra partidario de la intervención del Estado en la esfera económica.

      27Segismundo Moret, Discurso leído el día 16 de noviembre de 1885, pp. 8-9.

      28Gumersindo de Azcárate [«Leyes obreras, sociales o del trabajo»], p. 15.

      29Con el tiempo, la noción de fracaso del liberalismo sería asumida y utilizada por algunos estudiosos de la historia del reformismo social. Así, por ejemplo, J. Vicens Vives y J. Pérez Ballester se refieren al «fracaso práctico del liberalismo ante el problema social» y lo atribuyen a sus «errores teoréticos». El más importante de los cuales fue pensar que la sociedad era un mero «agregado de individuos, carente de toda estructura unitaria superior a ellos». Para evitar el «caos» a que conducía este individualismo excesivo, explican los autores, el liberalismo hubo de aceptar la «necesidad de imponer restricciones a las libertades y derechos individuales, de modo que quedase a salvo el orden social». Una tarea que correspondía desempeñar a la «autoridad social» (es decir, el Estado). De este modo, la versión de los propios reformistas

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