Ensayos sobre la argumentación jurídica. Javier Orlando Aguirre
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ENSAYOS SOBRE
ARGUMENTACIÓN JURÍDICA
Aproximaciones desde la teoría de la
argumentación de Chaïm Perelman
Pedro Antonio García Obando
Javier Orlando Aguirre Román
Ana Patricia Pabón Mantilla
Universidad Industrial de Santander
Facultad de Ciencias Humanas
Escuela de Filosofía
Bucaramanga, 2021
Página legal
GARCIA OBANDO, PEDRO ANTONIO Ensayos sobre la argumentación jurídica: aproximaciones desde la teoría de la argumentación de Chaim Perelman / Pedro Antonio García Obando, Javier Orlando Aguirre Román, Ana Patricia Pabón Mantilla.Bucaramanga: Universidad Industrial de Santander, 2013151p.ISBN IMPRESO: 978-958-8777-33-7E-PUB: 978-958-5188-05-11. PERELMAN, CHAIM - CRÍTICA E INTERPRETACIÓN 2. DERECHO - FILOSOFÍA – ENSAYOS 3. DERECHO - INTERPRETACIÓN – ENSAYOS 4. LÓGICA - ENSAYOS Tít. II. Secundarias. III. SerieCDD: 340.11 Ed. 23 CEP – Universidad Industrial de Santander. Biblioteca Central |
Ensayos sobre argumentación jurídica
Aproximaciones desde la teoría de la argumentación de Chaïm Perelman
Pedro Antonio García Obando
Javier Orlando Aguirre Román
Ana Patricia Pabón Mantilla
Profesores, Universidad Industrial de Santander
© Universidad Industrial de Santander
Reservados todos los derechos
ISBN: 978-958-5188-05-1
Primera edición: abril de 2013
Diseño, diagramación e impresión:
División de Publicaciones UIS
Carrera 27 calle 9, ciudad universitaria
Bucaramanga, Colombia
Tel: 634 4000, ext. 1602
Prohibida la reproducción parcial o total de esta obra, por cualquier medio, sin autorización escrita de la UIS.
Impreso en Colombia
Introducción
En los ensayos que componen el presente libro el lector podrá encontrar, además de un trabajo analítico sobre algunas decisiones judiciales de la Corte Constitucional colombiana, el desarrollo coherente de algunos de los conceptos que iluminan dicho análisis a la luz de la teoría de la argumentación del filósofo del derecho belga Chaïm Perelman.
Aunque la teoría de la argumentación jurídica de Perelman ha sido poco estudiada en nuestro ámbito, ésta puede aplicarse a la argumentación judicial, siempre que lleguemos a establecer el vínculo de los conceptos fundamentales de esta teoría, y toda vez que esta articulación ilumine el objeto de investigación que examinaremos a lo largo de los ensayos que contiene el presente libro. Por lo demás, los trabajos realizados en Colombia sobre argumentación jurídica, muy importantes en su mayoría, apenas mencionan de pasada esta perspectiva. Por el contrario, la mayoría de ellos se ha fincado en otros referentes teóricos, valga decir, las teorías de la argumentación de Robert Alexy, Ronald Dworkin y Herbert Hart, entre otros.
Este libro, entonces, recoge una serie de ensayos sobre el tema de la argumentación jurídica. El enfoque teórico que los ilumina, como se dijo, es la teoría de la argumentación del filósofo del derecho Chaïm Perelman. 1
El orden en que se presentarán los ensayos será el siguiente:
El primer capítulo pone en diálogo la perspectiva de Perelman con otros teóricos de la argumentación judicial, y examina el tema de los casos difíciles como una forma de ingresar al campo general de la argumentación jurídica. Aquí hemos intentado una hipótesis de lo que puede significar, desde la perspectiva perelmaniana, hacer alusión a los casos difíciles como condición necesaria de la argumentación.
El segundo capítulo muestra que la distinción de Perelman entre demostración y argumentación es clave para comprender la labor de los jueces en el Estado Constitucional. En este sentido, hemos sugerido que la labor de los jueces, hoy, está más encaminada a argumentar que a demostrar, es decir, que su labor, en clave aristotélica, está más del lado de la retórica que de la analítica.
Esta distinción entre demostrar y argumentar está puesta en práctica en el tercer capítulo a partir de la sentencia T-1224 de 2006 de la Corte Constitucional colombiana. Allí hemos querido señalar que una decisión judicial basada en un silogismo válido puede perfectamente generar una situación incoherente con los hechos que se demandan en esta tutela, y que, por ello, se requiere del arte de la argumentación para reparar las decisiones de la Corte Suprema de Justicia, más allá de que por este camino se supere la coherencia de un silogismo que valida cierta decisión judicial o de que se vaya en contra de la misma validez formal de una decisión judicial.
Dos sentencias de la Corte Constitucional son el objeto de análisis del cuarto capítulo, en donde pretendemos exponer la importancia de la conceptualización de Perelman alrededor de las premisas de la argumentación. El lector de este capítulo entenderá por qué, sobre un mismo caso, dos jueces de la República llegan a consideraciones tan opuestas, y cómo puede interpretarse este hecho tan recurrente en la vida judicial. Aquí comienza también a aparecer el concepto de auditorio, tan importante en la teoría de la argumentación de Perelman.
Finalizamos este recorrido con un breve ensayo sobre el tema de la subjetividad en las decisiones judiciales. A medida que se fue adelantando el trabajo, nos fuimos dando cuenta de que uno de los problemas inherentes a la decisión judicial se refería a la siguiente pregunta: ¿en qué sentido son subjetivas las decisiones de los jueces?
Este trabajo ha procurado poner en diálogo, en la medida de lo posible, la perspectiva de Perelman con las miradas de otros autores interesados en el tema de la argumentación jurídica. Esperamos entonces, haber contribuido a las discusiones recientes de nuestra vida constitucional con este trabajo de investigación.
1 Los ensayos de este libro son resultado del proyecto de investigación No. 5231 “Premisas de la argumentación y técnicas argumentativas en las decisiones de la Corte Constitucional colombiana. Un análisis casuístico desde la teoría de la argumentación de Chaïm Perelman”, financiado por la Universidad Industrial de Santander, para el período noviembre de 2008 - abril de 2010. El proyecto está inscrito en el grupo de investigación Politeia, Categoría B de Colciencias, que coordina el profesor Alonso Silva Rojas, y el director del proyecto fue