Atenas y Jerusalén en diálogo. Alberto F. Roldán
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65 Ernst Bloch, El principio esperanza, vol. 3, Madrid: Trotta, 2007, p. 386.
66 Ibíd. Michel Löwy y Robert Sayre interpretan que el reino de Dios en la concepción de Bloch es “un reino de Dios sin Dios, que da vuelta al Señor del Mundo instalado en su trono celestial y lo reemplaza por una ‘democracia mística’”. Rebelión y melancolía. El romanticismo como contracorriente de la modernidad, Buenos Aires: Nueva Visión, 2008, p. 226.
67 Jacob Taubes, Escatología occidental, Buenos Aires: Miño & Dávila Editores, 2010, p. 35.
68 Walter Benjamin, Ensayos, vol. iv, Madrid: Editora Nacional, 2002, p. 71. En una obra reciente, Emmanuel Taub hace un análisis del pensamiento de Benjamin sobre el reino de Dios, en el que vincula al reino con el shabat profano. Dice: “El shabat profano debe pensarse desde el orden de lo profano, pero en su conexión inevitable con el reino de Dios: ‘el orden profano de lo profano —escribe Benjamín— puede promover la llegada del mesiánico Reino. Así pues, lo profano no es por cierto una categoría del reino, sino una categoría (y de las más certeras) de su aproximación silenciosa’”. Emmanuel Taub, La modernidad atravesada. Teología política y mesianismo, Buenos Aires: Miño & Dávila, 2008, p. 170. La cita de Benjamin corresponde a Obras, Libro ii, vol. 1, Madrid: Abada editores, 2007, p. 207.
69 Giorgio Agamben, El reino y la gloria. Una genealogía teológica de la economía y del gobierno, Buenos Aires: Adriana Hidalgo editora, 2008.
70 Emanuel Kant, La religión dentro de los límites de la mera razón, trad. Felipe Martínez Marzoa, Madrid: Alianza editorial, 1995. En el presente trabajo las citas de esta obra corresponden a esta edición. En adelante se citará: rlmr.
71 Romanos 6.18, (nvi).
72 Según Adela Cortina, la nomenclatura “comunidad ética” es una expresión poco usual en la filosofía moral. Alianza y contrato. Política, ética y religión, 2.a edición, Madrid: Trotta, 2005, p. 108. La misma filósofa española entiende que la diferenciación que establece Kant entre Estado civil y Estado ético, es heredera de la tradición elaborada por San Agustín y retomada luego por Martín Lutero y que se condensa en la idea de “los dos reinos”, en el sentido de que el mundo político no puede imponer sus leyes al mundo de la libertad personal e interna. Tal herencia se podría explicar a partir del hecho de que Kant fue formado en el pietismo alemán surgido dentro del luteranismo del siglo xvii. Ibíd., p. 111.
73 rlmr, p. 95.
74 rlmr, p. 96.
75 rlmr, p. 100.
76 El reformador francés dice: “De la misma manera que estamos obligados a creer la Iglesia, invisible para nosotros y conocida sólo por Dios, así también se nos manda que honremos esta Iglesia visible y que nos mantengamos en su comunión”. Juan Calvino, Institución de la religión cristiana, vol. ii, Libro iv.i.7, Rijwijk: Fundación Editorial de Literatura Reformada, 1968, p. 811.
77 rlmr, p. 102
78 Ibíd., p. 103. Cursivas originales.
79 Ibíd., p. 126.
80 Ibíd., p. 128.
81 Ibíd.
82 Ibíd., p. 130.
83 Ibíd., p. 131.
84 Ibíd., p. 125.
85 Ibíd., p. 138. Cursivas originales.
86 lrmr, p. 125.
87 Ibíd., pp. 125–126. Dos años después, Kant desarrollaría más ampliamente este tema en La paz perpetua, Versión en castellano, 14.a edición, México: Porrúa, 2004. A partir de la perspectiva kantiana de la paz, Paul Ricoeur manifiesta su expectativa de una paz generalizada entre las religiones al decir: “Veo en el horizonte como un reconocimiento mutuo entre lo mejor del cristianismo y del judaísmo, lo mejor del Islam, lo mejor del budismo, etc., en la línea que evocaba yo hace poco, siguiendo las enseñanzas del aforismo según el cual la verdad reside en la profundidad”. Jean-Pierre Changeux/Paul Ricoeur, La naturaleza y la norma. Lo que nos hace pensar, México: fce, 2001, p. 273.
88 Para diferentes análisis de esa perspectiva, véanse Jürgen Moltmann, The Coming of God, pp. 29–46, y Michael Löwy, Redención y utopía. El judaísmo libertario en Europa central. Un estudio de afinidad electiva, Buenos Aires: El cielo por asalto, 1997.
89 lrmr, p. 148.
90 Esta perspectiva del reino será retomada por Albrecht Ritschl, teólogo neokantiano que definió al reino como una realidad que se produce cuando los seres humanos actúan inspirados por el amor. En la comprensión de Ritschl, como señala John Macquarrie, “la meta de la religión cristiana la constituye la realización del reino de Dios, que es a la vez el bien religioso supremo y el ideal moral del hombre”. El pensamiento religioso en el siglo xx, Barcelona: Herder, 1975, p. 101. Antes que Ritschl, el pensamiento kantiano sobre el reino dejó su impronta en Friedrich Schleiermacher, quien, según comenta Pannenberg, aunque criticó el imperativo categórico kantiano, hizo suya la interpretación ética del reino vinculada al bien supremo. Wolfhart Pannenberg, Una historia de la filosofía desde la idea de Dios, Salamanca: Sígueme, 2001, p. 243.
91 Según el pormenorizado análisis que Gómez Caffarena hace de la obra de Kant Crítica del juicio, “No puede llegar a determinarse si la inteligencia causante del orden teleológico de la Naturaleza es una o es múltiple […] Y, desde luego, no permite llegar a afirmar un Creador y una creación en sentido estricto”. José Gómez Caffarena, “El ‘teísmo moral’ en la tercera Crítica kantiana”, Miscelánea Comillas. Revista de Teología y Ciencias Humanas, vol. 49, Madrid: Facultades de teología y filosofía