Seguridad y medio ambiente en planta química. QUIE0108. Gonzalo Rafael Rojo Aguirre
Чтение книги онлайн.
Читать онлайн книгу Seguridad y medio ambiente en planta química. QUIE0108 - Gonzalo Rafael Rojo Aguirre страница 6
1 Tienen derecho a efectuar propuestas al empresario y a los órganos de participación y representación.
2 Tiene derecho a recibir la información necesaria en relación a:
1 Los riesgos para la seguridad y la salud.
2 Las medidas y actividades de prevención y protección aplicables a los riesgos.
3 Las medidas de emergencia, evacuación, primeros auxilios y lucha contra incendios.
1 Tienen derecho a la vigilancia de la salud (reconocimientos médicos periódicos).
2 Tiene derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo en caso de encontrarse en situación de riesgo grave e inminente.
Sabía que...
El comité de seguridad y salud es un órgano de consulta colegiado y paritario entre los delegados de prevención y representantes del empresario sobre las condiciones de seguridad y sistemas de prevención de la empresa, y en el que intervienen con voz pero sin voto los delegados sindicales y los responsables de seguridad de la empresa. Se crea en empresas de 50 trabajadores o más y puede ser ínter-centro en empresas con más de un centro de trabajo.
Obligaciones del trabajador
Según el artículo 29 de la Ley 31/95 el trabajador deberá velar por su propia seguridad y salud y por la de las personas a las que pueda afectar su actividad.
Con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, los trabajadores deberán:
1 Usar adecuadamente máquinas, aparatos, herramientas, sustancias, equipos de transporte y cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad.
2 Utilizar bien los medios y equipos de protección de acuerdo a las instrucciones que se han dado.
3 Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad de los medios y lugares.
4 Informar al superior jerárquico y a los encargados de prevención sobre cualquier situación que entrañe riesgo para la seguridad y la salud.
5 Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente.
6 Cooperar con el empresario para que este pueda garantizar unas condiciones de trabajo seguras.
El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de PRL tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores.
Obligaciones del empresario
Las obligaciones más relevantes de los empresarios con sus trabajadores son:
1 Garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio (artículo 15). Este deber se modifica por la Ley 54/2003 mediante la obligación por parte del empresario de la integración de la prevención en el sistema de gestión de la empresa.
2 Facilitar equipos de trabajo y medios de protección seguros (artículo 17). Se entiende por equipo de trabajo cualquier máquina, aparato, instrumento e instalación utilizado en el trabajo. Se entiende por equipo de protección individual (EPI), cualquier equipo destinado a ser llevado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.
3 Informar, consultar y facilitar la participación de los trabajadores y sus representantes sobre lo visto anteriormente (artículo 18).
4 Garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica suficiente y adecuada (artículo 19).
5 El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su salud en función de los riesgos inherentes al trabajo (artículo 22).
6 Según el artículo 25 el empresario tiene obligaciones de especial protección con respecto a:
1 Trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos.
2 Mujeres en situación de maternidad.
3 Trabajadores menores de 18 años.
Esta vigilancia de la salud se llevará a cabo, entre otras muchas acciones, mediante los reconocimientos médicos.
Sabía que...
El 28 de abril es el día mundial sobre la seguridad y salud en el trabajo.
Identificación de riesgos en el puesto de trabajo
El empresario deberá evaluar los riesgos y planificar la prevención en los puestos y tareas que realice su empresa (artículos 15 y 16). El empresario deberá realizar una evaluación de riesgos inicial y elaborar un plan de seguridad para la implantación y mantenimiento de las medidas correctoras y preventivas necesarias para los riesgos detectados.
El INSHT desarrolla un “sistema simplificado de evaluación de riesgos de accidente”. Metodología general desarrollada en la NTP-330 que parte de una identificación de peligros mediante cuestionarios de chequeo y permite obtener el nivel de deficiencia de cada situación.
Evaluación del riesgo (niveles de riesgo, cuantificación del riesgo)
La evaluación de riesgos laborales es la base para una gestión activa de la seguridad y la salud en el trabajo y se desarrolla en el capítulo II, artículos 3 al 7 del Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997) que la define como:
El proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.
El proceso de evaluación de riesgos se compone de las siguientes etapas:
1 1. Análisis del riesgo:
1 Identifica el peligro.
2 Se estima el riesgo, valorando conjuntamente la probabilidad y las consecuencias de que se materialice el peligro.
3 El análisis del riesgo proporcionará de qué orden de magnitud es el riesgo.
1 2. Valoración del riesgo. Con el valor del riesgo obtenido se emite un juicio sobre la tolerabilidad del riesgo en cuestión.