El comportamiento administrativo. Herbert Alexander Simon

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de licencia por enfermedad). En ninguno de estos usos, se implica que la política tenga un contenido ético. Se podría evitar una ambigüedad importante si se usaran términos distintos para estos tres conceptos, el que se discutió en los párrafos precedentes y los dos recién mencionados. Tal vez sería posible llamar a las premisas éticas de gestión “política legislativa”; a las normas amplias y no relacionadas con cuestiones éticas establecidas por la alta dirección, “política de dirección”; y a otras normas, “política operativa”.

      Además de estos distintos tipos de política o normas promulgadas por una autoridad, en casi toda organización existe un gran número de “prácticas” no establecidas como órdenes o reglamentaciones, y que no se aplican mediante sanciones, pero que, sin embargo, se respetan en la organización por la fuerza de la costumbre y por otras razones. A menudo, la línea entre política y práctica es poco precisa, salvo que la organización siga la “práctica” (o “política”) de poner todas sus políticas por escrito.

      Este capítulo se ha dedicado a explicar la distinción entre elementos de valor y elementos fácticos en la toma de decisiones. Se ha demostrado, asimismo, que esta distinción es la base para la línea que por lo común se traza entre cuestiones de política y cuestiones de administración.

      En el próximo capítulo, se examinará en mayor detalle la anatomía de la decisión, con especial referencia al concepto de “racionalidad” en la toma de decisiones. Se mantendrá el énfasis sobre los aspectos lógicos antes que psicológicos de la decisión.

      1. La teoría positivista, en lo que respecta a la naturaleza de las proposiciones científicas, es tratada ampliamente por Charles W. Morris, “Foundations of the Theory of Signs”, y Rudolf Carnap, “Foundations of Logic and Mathematics”, en International Encyclopedia of Unified Science, volumen 1, números 2 y 3 (Chicago: University of Chicago Press, 1937 y 1938); P.W. Bridgman, The Logic of Modern Physics (New York: Macmillan, 1937); Rudolf Carnap, “Testability and Meaning”, Philosophy of Science, 3: 420-472 (octubre 1936) y 4: 2-40 (enero 1937); Rudolf Carnap, The Logical Syntax of Language (New York: Harcourt, Brace, 1937); Alfred J. Ayer, Language, Truth and Logic (London: Victor Gollacz, 1936).

      2. Dos tratamientos recientes: Ayer, op.cit., y T.V. Smith, Beyond Conscience (New York: McGraw-Hill, 1934).

      3. Jeremy Bentham, An Introduction to the Principles of Morals and Legislation (Oxford: Clarendon Press, 1907), página 1.

      4. Aristóteles, “Nicomachean Ethics”, libro 1, capítulo vii, 12-18, en Basic Works of Aristotle, editado por Richard McKeon (New York: Random House, 1941).

      5. “Complete Tactics, Infantry Rifle Battalion” (Washington: Infantry Journal, 1940), página 20.

      6. Este punto de vista lo desarrolla Jorgen Jorgensen en “Imperatives and Logic”, Erkenntnis, 7:288-296 (1938).

      7. De hecho las leyes usuales de inferencia no parecen mantenerse estrictamente al deducir un imperativo de otro. Para algunas discusiones sobre la posibilidad de un cálculo lógico de imperativos e intentos por construir un cálculo riguroso, ver lo siguiente: Karl Menger, “A Logic of the Doubtful: On Optative and Imperative Logic”, Reports of a Mathematical Colloquium (Notre Dame, Indiana, 1939), serie 2, número 1, páginas 53-64; K. Grue-Sörensen, “Imperativsätze und Logik: Begegnung einer Kritik”, Theoria, 5:195-202 (1939); Albert Hofstadter y J.C.C. McKinsey, “On the Logic of Imperatives”, Philosophy of Science, 6:446-457 (1939); Kurt Grelling, “Zur Logik der Sollsätze”, Unity of Science Forum, enero 1939, páginas 44-47; K. Reach, “Some Comments on Grelling’s Paper”, ibid., abril 1939, página 72; Kalle Sorainen, “Der Modus und die Logik”, Theoria 5:202-204 (1939); Rose Rand, “Logik der Forderungssätze”, Revue Internationale de la Theorie du Droit (Zurich), New Series, 5:308-322 (1939).

      8. Ver el excelente tratamiento de este punto por Wayne A.R. Leys, en “Ethics and Administrative Discretion”, Public Administration Review, 3:19 (invierno, 1943).

      9. Leys, op.cit., página 18, señala que esta confusión ha estado presente en la mayor parte de la literatura sobre discrecionalidad administrativa.

      10. Barnard, op.cit., presenta una opinión interesante pero tal vez demasiado optimista sobre el elemento “intuitivo” de la decisión administrativa, en un Apéndice, “Mind in Everyday Affairs”, páginas 299-322.

      11. En el Capítulo IV se presentarán argumentos de que es el cliente y no el accionista quien cumple la función análoga a la del cuerpo legislativo.

      12. La bibliografía en el campo de la administración con respecto a este tema, aunque en su mayor parte es relativamente reciente, está creciendo con rapidez. Ver, por ejemplo, Beardsley Ruml, Tomorrow’s Business (New York: Farrar & Rinehart, 1945); Robert A. Brady, Business as a System of Power (New York: Columbia University Press, 1943); o Robert Aaron Gordon, Business Leadership in the Large Corporation (Washington: Brookings Institution, 1945).

      13. Frank J. Goodnow, Politics and Administration (New York: Macmillan, 1900).

      14. Charles E. Merriam, The New Democracy and the New Despotism (New York: McGraw-Hill, 1939) página 11.

      15. Ibíd., página 39.

      16. Goodnow, op.cit., página 9.

      17. Ibíd., página 18.

      18. Ibíd., página 85.

      19. Ernst Freund, Administrative Powers over Persons and Property (Chicago: University of Chicago Press, 1928), páginas 97-103; John Dickinson, Administrative Justice and the Supremacy of Law in the United States (Cambridge: Harvard University Press, 1927), pássim.

      20. Freund, op.cit., páginas 98-99.

      21. Dickinson, op.cit., páginas 105-156.

      

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