Derechos de la vida privada. Trilce Valdivia
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7. Preguntas
DERECHO AL HONOR Y A LA BUENA REPUTACIÓN
1. Concepto: diferencias entre el honor y la reputación
2. Titularidad
2.1. Personas naturales
2.2. Personajes públicos y de interés público
2.3. Personas jurídicas: personas jurídicas de derecho privado y comunidades nativas
3. Contenido prima facie protegido
4. Límites
5. Mecanismos de tutela
5.1. Derecho a la rectificación
5.2. Tutela penal
5.3. Tutela constitucional
5.4. Tutela convencional
6. Jurisprudencia relevante
6.1. Jurisprudencia constitucional: Sentencia en el Expediente N° 05903-2014-AA
6.2. Jurisprudencia interamericana: Caso Villamizar Durán y otros c. Colombia
7. Preguntas
DERECHO A LA AUTODETERMINACIÓN INFORMATIVA
1. Concepto: la autodeterminación informativa y la protección de datos personales como límite al “poder informático”
2. Titularidad
3. Contenido prima facie protegido
4. Límites
5. Mecanismos de tutela
5.1. Tutela administrativa
5.2. Tutela penal
5.3. Tutela constitucional
6. Jurisprudencia relevante
6.1. Jurisprudencia constitucional: Expediente N° 04739-2007-PHD/TC
7. Preguntas
DERECHO AL SECRETO Y A LA INVIOLABILIDAD DE LAS COMUNICACIONES Y DE LOS DOCUMENTOS PRIVADOS
1. Concepto
2. Titularidad
3. Contenido prima facie protegido
4. Límites
5. Mecanismos de tutela
5.1. Tutela civil
5.2. Tutela penal
5.3. Tutela constitucional
5.4. Tutela convencional
6. Jurisprudencia relevante
6.1. Jurisprudencia constitucional: Sentencia recaída en el Expediente N° 00655-2010-PHC/TC
6.2. Jurisprudencia interamericana: Caso Escher c. Brasil
7. Preguntas
Lista de Abreviaturas
TEDH: Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Corte IDH: Corte Interamericana de Derechos Humanos
TC: Tribunal Constitucional del Perú
F. J.: Fundamento Jurídico
AEPD: Agencia Española de Protección de Datos Personales
TJUE: Tribunal de Justicia de la Unión Europea
DGPD: Dirección General de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia de Perú
LPDP: Ley de Protección de Datos Personales
Presentación
El Bicentenario de la Independencia del Perú es una oportunidad para conmemorar históricamente el establecimiento de la forma republicana de gobierno, basada en los derechos y libertades inalienables de todos los hombres, como lo manifestó el Libertador San Martín al declarar: “El Perú es desde este momento libre e independiente por la voluntad general de los pueblos y por la justicia de su causa que Dios defiende” (1821). Valores de justicia y libertad que se defendieron en los campos de batalla de Junín y Ayacucho (1824); quedado así sellados los principios y derechos que dieron sentido a la unidad política democrática y a la forma de vida republicana de todos los peruanos.
El balance de los derechos y libertades a doscientos años de vida independiente y republicana puede ser interpretado desde un horizonte temporal de largo plazo, en virtud del cual se han incorporado progresiva y tardíamente al reconocimiento y goce de los derechos constitucionales a grupos humanos que estuvieron socialmente al margen de la sociedad liberal o conservadora. Ello fue así, en la medida que el Estado de Derecho mantuvo una concepción oligárquica y patriarcal basada en la tutela de la mujer, la servidumbre de las comunidades indígenas, la esclavitud, y, la semi-servidumbre de los migrantes asiáticos; hasta que a partir de la segunda mitad del siglo XIX la situación de discriminación y explotación se fue redimiendo legalmente.
Pero el reconocimiento de la cuestión social a comienzos del siglo XX permitió que se refundaran las bases sociales y económicas del nuevo Estado de bienestar, reconociendo derechos de los trabajadores, como posteriormente la capacidad civil y de sufragio de las mujeres, los analfabetos, los jóvenes y los militares. De modo que, a los clásicos derechos civiles y políticos, se fueron añadiendo los derechos sociales y económicos, a la educación, a la salud, a la vivienda y, a los servicios públicos básicos; generando un desafío gubernamental para garantizar la plena vigencia del bienestar general que se fundamente en la justicia social. Así, se fue