Cannabis Medicinal. Ramón Horacio Galarza
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¿Cómo puede ayudarnos el Cannabis medicinal, cómo se cultiva, cómo lo extraigo? Escrito por los expertos del Cannabis Medicinal Ramón Horacio Galarza, Gisela Paola Fernández y el Lic. Gustavo Cusi y fundadores de Terracultiva®, El libro de Cannabis medicinal ofrece información actualizada sobre el uso de la Marihuana, analiza la historia, autocultivo, legislación en Latinoamérica, los componentes químicos de la planta y cómo interaccionan con el organismo para producir sus efectos. El Lic. Galarza explica la función del sistema endocannabinoide y cómo la red de receptores influye en las emociones, el apetito y la memoria. También trata sobre la posible dosificación y los métodos de administración. Obtendrás conocimientos sobre el cannabis con fines terapéuticos. Estas páginas contienen información sobre enfermedades y trastornos, y cómo el cannabis medicinal podría ayudar de forma terapéutica.
La nueva reglamentación en la República Argentina 883/2020 establece que los pacientes que tuvieren una indicación médica para el uso de la planta de cannabis y sus derivados podrán adquirir especialidades medicinales elaboradas en el país, importar especialidades medicinales debidamente registradas por la autoridad sanitaria (ANMAT) o adquirir formulaciones magistrales elaboradas por farmacias autorizadas u otras prestaciones que en el futuro se establezcan. Además, aquellas personas que no posean cobertura de salud y obra social, tienen derecho a acceder en forma gratuita, conforme la reglamentación vigente. Por otro lado, se reglamenta el artículo 8 de la Ley 27350, a través de la creación del Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN), con el fin de emitir la correspondiente autorización a los pacientes que accedan a través del cultivo controlado a la planta de cannabis y sus derivados, como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor. Dichos pacientes podrán inscribirse para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada por el Ministerio de Salud de la Nación Argentina.
La nueva reglamentación en la República Argentina 883/2020 establece que los pacientes que tuvieren una indicación médica para el uso de la planta de cannabis y sus derivados podrán adquirir especialidades medicinales elaboradas en el país, importar especialidades medicinales debidamente registradas por la autoridad sanitaria (ANMAT) o adquirir formulaciones magistrales elaboradas por farmacias autorizadas u otras prestaciones que en el futuro se establezcan. Además, aquellas personas que no posean cobertura de salud y obra social, tienen derecho a acceder en forma gratuita, conforme la reglamentación vigente. Por otro lado, se reglamenta el artículo 8 de la Ley 27350, a través de la creación del Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN), con el fin de emitir la correspondiente autorización a los pacientes que accedan a través del cultivo controlado a la planta de cannabis y sus derivados, como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor. Dichos pacientes podrán inscribirse para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada por el Ministerio de Salud de la Nación Argentina.