Imaginarios sociales. Andrea Paola Buitrago Rojas

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Imaginarios sociales - Andrea Paola Buitrago Rojas Ciencias Sociales

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      CASTORIADIS, Hecho y por hacer. Pensar la imaginación

      Este capítulo está dividido en dos partes. En la primera, se registra un estudio teórico de delimitación conceptual de la categoría de imaginarios sociales desde la expresión histórico-social, a partir de la propuesta de Castoriadis y Charles Taylor, revisando las principales características del término y su aplicación en la identificación de los imaginarios sociales en sociedades modernas y contemporáneas. Esto permite determinar la importancia de ubicar el orden moral como eje desde el cual se construye el discurso político y social de los derechos humanos, retomando una exposición epistemológica de la modernidad que no permite la legitimidad, ni la afirmación de derechos en sociedades cuya organización y comprensión del sistema-mundo no se identifican con el ideal moderno de orden moral. En este lugar, tiene sentido y vigencia el estudio de los derechos humanos desde la categoría de imaginarios sociales, en la medida en que permite la identificación y caracterización de otras formas de cimentación social de diversos grupos sociales. Esta perspectiva ha sido trabajada para comprender e identificar el estudio de los movimientos sociales como sujetos políticos e históricos desde los cuales es posible re-crear e imaginar el mundo, la historia, la política y sobre todo el sistema jurídico universal de derechos humanos. Tarea con la que se culmina y se propone a modo de reflexión.

      En la segunda parte, se hace una aplicación de la teoría de imaginarios sociales desde un enfoque de derechos étnicos, a partir de los resultados de dos investigaciones paralelas de comunidades étnicas colombianas, que son: las comunidades negras del Corregimiento N.° 8 de San Marcos, Buenaventura; y los pueblos indígenas, específicamente la Nación U’wa. En cada una de ellas, se registra un contexto histórico-social donde es posible registrar las variables del imaginario radical: imaginario social instituido e imaginario social instituyente (categorías que son expuestas en la primera parte de este trabajo, parte teórica). A su vez, se exponen dos casos paradigmáticos para comprender la importancia de transformar los derechos humanos a partir de una integración de imaginarios sociales, por fuera del orden moral moderno, desde los cuales sea posible garantizar la vida colectiva y cultural de ambos grupos. Por el contrario, se identifican en común prácticas de resistencia a partir del lenguaje y la narración, desde las cuales es posible identificar distintos imaginarios sociales, en los que el discurso y la resistencia inscriben la formación de la sociedad en la espiritualidad, eje que da sentido a la cosmovisión y a las prácticas culturales, a la vida comunitaria.

      La imaginación: una vía para el estudio de la sociedad y el Derecho

      Los imaginarios sociales hacen parte de una categoría de análisis de las ciencias sociales y humanas desde la cual se apuesta por pensar la conformación de las sociedades como resultado de la imaginación del ser humano en un contexto histórico y social. Esta categoría parte del significado de la imaginación como palabra, que de acuerdo con la Real Academia Española (RAE) denota: “Facultad del alma que representa las imágenes de las cosas reales o ideales” (2014), lo que implica una capacidad humana de pensar imágenes, palabras, sonidos, símbolos existentes o inexistentes que existieron (en este sentido, la imaginación se convierte en un ejercicio de memoria), que existen en un tiempo presente o que aún no existen, pero que se pueden imaginar y por lo tanto podrán existir en un tiempo futuro.

      La imaginación se convierte en una categoría que permite pensar la sociedad del pasado, el presente y el futuro a partir de las posibilidades que un grupo colectivo inventa, recrea y piensa sobre su identidad. Este postulado corresponde a la propuesta que los estudios sociales han formulado desde dicha categoría, específicamente Castoriadis. Sin embargo, esta noción conceptual ha sido retomada por otros autores como Taylor, con el fin de ubicar el eje central sobre el cual se ha imaginado y, por ende, se ha edificado la sociedad moderna, contemporánea, occidental y actual, tal y como se mostrará más adelante.

      Autores como Leonardo Cancino Pérez (2012), Juan Luis Pintos de Cea (1995), Martín Retamozo (2009), y Mauricio Archila y Mauricio Pardo (2001), entre otros, muestran la pertinencia del estudio de los imaginarios sociales para fundamentar los movimientos sociales desde Castoriadis, a propósito de la lectura de la historia como autocreación humana; esto permite otra lectura de las organizaciones sociales y su finalidad, aplicable a la comprensión de los movimientos sociales como colectivos que persiguen la autocreación social, respondiendo a escenarios de conflictos, injusticias, desigualdades, donde el cambio social da sentido a la autoorganización:

      Existe acuerdo entre autores y enfoques de los movimientos sociales en que estos promueven alteraciones o cambios sociales (Gusfield, 1994; Parra, 2005; Pastor, 2006; Retamozo, 2006); estas transformaciones se dan en procesos o zonas de conflictos específicas, donde se puede observar una dimensión negativa respecto a lo que no se quiere —percepción de injusticia— (Chihu, 1999; Ibarra, 2000b) y una dimensión positiva referida a lo que se quiere, a la construcción de otra realidad posible a la que se percibe como hostil (Ibarra, 2000); es en esta dimensión positiva de los cambios sociales promovidos por los movimientos sociales donde queremos poner énfasis, como afirma Touraine: “Para que se originen estos movimientos no basta con que se opongan a determinada forma de dominación, por el contrario, que reivindiquen también ciertos atributos positivos” (1999: 56). (Cancino, 2012, p. 10)

      Una lectura de los derechos humanos en clave de imaginarios sociales permite diferentes posibilidades de investigación. En los estudios realizados sobre la materia, se identifican tres tipos de trabajo: 1) imaginarios sociales sobre los derechos humanos como concepto y categoría; 2) el contenido de las cartas, declaraciones y convenciones sobre derechos humanos y la idea de imaginarios sociales propuesta por Castoriadis; y 3) estudios de casos sobre imaginarios sociales en víctimas que han sufrido algún tipo de delitos y violaciones a los derechos humanos.

      Esto permite inferir que a la fecha no se ha desarrollado ningún tipo de trabajo sobre imaginarios sociales y derechos humanos en el que se pueda ubicar la relación propuesta por Castoriadis bajo la categoría de “imaginario radical = imaginario social instituyente/imaginario social instituido”; es decir, en la lectura de una confrontación de los derechos humanos entre sociedades con modelos de organización que corresponden a imaginarios sociales instituidos frente a sociedades que poseen modelos de organización que corresponden a imaginarios sociales instituyentes. Esto permitiría una lectura en clave de una apuesta por la comprensión de los derechos humanos como resultado de las luchas de resistencia lideradas por movimientos sociales que buscan la autocreación y renovación del derecho, la justicia y la sociedad, con la finalidad de reconocer la identidad de grupos colectivos. Lo anterior ha sido propuesto desde una lectura por fuera de la teoría de los imaginarios sociales por autores como B. Rajagopal (2005), Boaventura de Sousa Santos (1991), Peter Fitzpatrick (2010) y Buitrago et al. (2018), pero el contenido mismo de la teoría se complementa con los trabajos de Castoriadis. Esta también es una de las labores que dejó Taylor al ubicar el orden moral como el imaginario social de las sociedades modernas, contemporáneas y occidentales, dejando pendiente la tarea de ubicar el imaginario en culturas no occidentales:

      ¿Estamos ante un fenómeno único, o debemos hablar más bien de ‘múltiples modernidades’, un plural que reflejaría el hecho de que culturas no occidentales han encontrado sus propias vías de modernización, y no se pueden comprender debidamente desde una teoría general pensada originalmente a partir del caso de Occidente? […] Según esta perspectiva, la modernidad occidental resulta inseparable de cierto tipo de imaginario social, y las diferencias que existen entre las múltiples modernidades actuales deben ser comprendidas en términos de los diferentes imaginarios sociales implicados. (Taylor, 2004, p. 13)

      Se propone, con este trabajo, construir un cuarto tipo de estudio sobre derechos humanos e imaginarios sociales, en el cual se ubiquen los derechos humanos como imaginario radical en sociedades que no sean modernas, que no sean occidentales, donde la defensa de los derechos humanos se expresa desde una cosmovisión diferente a la formulada por las cartas de derechos humanos de las sociedades

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