Los bárbaros jurídicos. Daniel Bonilla Maldonado
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74Véase: David y Jauffret-Spinosi, Los grandes sistemas jurídicos contemporáneos.
75Zweigert & Kötz, supra note 34. René David, Konrad Zweigert y Hein Kötz son ampliamente considerados como figuras centrales en la historia del derecho comparado por liderar, durante la década de 1960, el esfuerzo por agrupar en familias los sistemas legales del mundo. Pargendler, “The Rise and Decline of Legal Families”, 1055: “Los académicos contemporáneos suelen asociar las taxonomías de las familias jurídicas con sus más famosos proponentes: el comparatista francés René David y los juristas alemanes Konrad Zweigert y Hein Kötz [...] las clasificaciones clásicas propuestas por René David y Zweigert y Kötz en la década de 1960 [...] son ampliamente aceptadas como las más conocidas e influyentes en esta empresa”. Reimann, “The Progress and Failure of Comparative Law”, 676: “[H]oy en día, todos en el campo están familiarizados al menos con los clásicos modernos: el proyecto de René David y la definición ampliamente aceptada de Zweigert y Kötz de familias definidas según su ‘estilo’, ambas publicadas por primera vez en la década de 1960”. [...] Zweigert y Kötz, An Introduction to Comparative Law. René David, Konrad Zweigert y Hein Kötz son ampliamente considerados figuras centrales en la historia del derecho comparado por liderar, durante la década de 1960, el esfuerzo por agrupar en familias los sistemas legales del mundo. Pargendler, “The Rise and Decline of Legal Families”, 1055: “Los académicos contemporáneos suelen asociar las taxonomías de las familias jurídicas con sus más famosos proponentes: el comparatista francés René David y los juristas alemanes Konrad Zweigert y Hein Kötz [...] las clasificaciones clásicas propuestas por René David y Zweigert y Kötz en la década de 1960 [...] son ampliamente aceptadas como las más conocidas e influyentes en esta empresa”. Reimann, “The Progress and Failure of Comparative Law”, 676: “[H]oy en día, todos en el campo están familiarizados al menos con los clásicos modernos: el proyecto de René David y la definición ampliamente aceptada de Zweigert y Kötz de familias definidas según su ‘estilo’, ambas publicadas por primera vez en la década de 1960”. Uwe Kischel, Comparative Law (Oxford: Oxford University Press, 2019), 201: “Existen muchos sistemas de clasificación de las familias legales. Los más conocidos internacionalmente hoy en día son probablemente los desarrollados por Zweigert y Kötz, y por David”. Jaakko Husa, The Future of Legal Families (Oxford: Oxford Handbooks Online, 2016), 7: “En cualquier caso, las clasificaciones de David y Zweigert y Kötz son, por mucho, las más extendidas y aceptadas, al menos implícitamente, por una gran cantidad [de académicos del derecho]. A pesar de las fallas, las familias legales y las clasificaciones de las familias jurídicas continúan existiendo y, lo que es más importante, son utilizadas continuamente por muchos académicos del derecho”. Jaakko Husa, “Classification of Legal Families Today. Is it Time for a Memorial Hymn?”. Revue internationale de droit comparé56 n.° 1 (2004): 13: “En el libro de texto clásico de René David, Les grands systèmes de droit contemporains [.] Konrad Zweigert y Hein Kötz presentan en su libro de texto clásico Einführung in die Rechtsvergleichung auf dem Gebiete des Privatrechts [...]”. Jorge L. Esquirol, “René David: At the Head of the Legal Family”, en Rethinking the Masters of Comparative Law, Annelise Riles (Nueva York: Hart Publishing, 2001), 212: “René David es uno de los pocos juristas conocidos en todo el mundo. En el campo del derecho comparado, su nombre ocupa un lugar destacado entre los maestros”. Igualmente, para Esquirol, los fundamentos sociológicos e históricos del concepto de familias jurídicas de David, así como su amplia difusión, contribuyeron a que el derecho comparado dominante en el siglo XX respondiera las críticas antiformalistas que lo cuestionaban. A su vez, Zweigert y Kötz promovieron el concepto de familias jurídicas mediante el uso de criterios metodológicamente consistentes para identificarlas y diferenciarlas, como el “estilo” (orígenes históricos, instituciones legales características y marco ideológico). Konrad Zweigert & Hein Kötz, An Introduction to Comparative Law, 67-73. Kischel, Comparative Law, 202: “Los criterios utilizados por Zweigert y Kötz para distinguir entre familias jurídicas son el estilo legal y los factores que lo influyen. Estos factores incluyen solo las características más importantes que, en la formulación ahora clásica, desencadenan lecturas particularmente altas en la ‘columna de mercurio’ de las sorpresas. Los factores que contribuyen a la configuración de un estilo legal pueden incluir, en particular, los orígenes históricos, la mentalidad jurídica, las instituciones jurídicas características, el tipo de fuentes legales y su interpretación, así como los factores ideológicos”. Zweigert y Kötz también son los defensores más conocidos del funcionalismo en el derecho comparado. Ugo Mattei, “The Comparative Jurisprudence of Schlesinger and Sacco”, en Rethinking the Masters of Comparative Law, editado por Annelise Riles (Nueva York: Hart Publishing, 2001), 252: “El derecho comparado funcionalista tiene como sus defensores más distinguidos a Konrad Zweigert y Hein Kötz”. Véanse también: Ralf Michaels, “The Functional Method of Comparative Law”, en The Oxford Handbook of Comparative Law, editado por Mathias Reimann y Reinhard Zimmermann (Oxford: Oxford University Press, 2019), 346. Ibídem, 340, 341: “A pesar de haber sido objeto de fuertes críticas durante la segunda mitad del siglo XX, el método funcionalista, como lo propusieron originalmente Zweigert y Kötz, sigue siendo el punto de partida para las discusiones sobre la metodología del derecho comparado. El debate sobre el método funcionalista es, de hecho, mucho más que una disputa metodológica. Es el punto focal de casi todas las discusiones sobre el derecho comparado en su conjunto: los centros contra las periferias de los proyectos e intereses académicos, la corriente dominante contra la vanguardia, convergencia contra pluralismo, instrumentalismo contra hermenéutica, tecnocracia contra cultura, etc. [...] El texto de referencia estándar para partidarios y opositores es un breve capítulo en un libro de texto introductorio, un texto que en su versión original tiene casi medio siglo de edad y cuyo autor, Zweigert, expresó tanto desdén por el debate metodológico como una preferencia por la inspiración sobre el rigor metodológico como guía por excelencia del comparatista”. Las contribuciones conceptuales y metodológicas de Zweigert y Kötz han sido fundamentales para el desarrollo y la difusión mundial del derecho comparado contemporáneo. Ingeborg Schwenzer, “Development of Comparative Law in Germany, Switzerland, and Austria”, en The Oxford Handbook of Comparative Law, editado por Mathias Reimann y Reinhard Zimmermann (Oxford: Oxford University Press, 2019), 391: “La famosa conferencia inaugural de Konrad Zweigert en 1949, sobre el derecho comparado como método universal de interpretación, estableció los principios que regirían el derecho comparado en los años venideros. [...] La contribución más destacada al derecho comparado, que no tiene comparación en otros lugares del mundo, es la Introducción al derecho comparado de Konrad Zweigert y Hein Kötz, publicada por primera vez en 1969”. Derek Roebuck, supra nota 2, 51: “El libro de texto que ha sido adoptado y que ha tenido la mayor influencia en la enseñanza del derecho comparado es el de Zweigert y Kötz, y su versión en inglés, traducida con estilo por el profesor Weir”.
76René David, Traité élémentaire de droit civil comparé (París: Librairie Générale de Droit et de Jurisprudence, 1950), 225; Monateri, “‘Everybody’s Talking’”, 828-829; y David y Brierley, Major Legal Systems.
77Pierre Arminjon, Baron Boris Nolde y Martin Wolf, Traité de droit comparé (París: Librairie Générale de Droit et de Jurisprudence, 1950), 49; y Pargendler, “The Rise and Decline of Legal Families”, 1069.
78Pargendler, “The