Laicidad y libertad religiosa del servidor público: expresión de restricciones reforzadas. Carol Inés Villamil Ardila
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B. Identificación del servidor con el Estado e imposición de sus deberes de laicidad
E. Necesidad de la diferenciación y escalonamiento de la especial limitación o restricción reforzada
ANEXOS
Anexo B. Disposiciones constitucionales y legislativas colombianas sobre libertad religiosa
Anexo C. Sentencias relacionadas con la libertad religiosa en Colombia
Anexo D. Sentencias sobre las relaciones Estado-religiones
Anexo E. Sentencias sobre las relaciones entre la libertad religiosa y otros derechos
Anexo F. Sentencias sobre los límites de la libertad religiosa
Anexo G. Leyes sobre no discriminación por razón de la religión
Anexo H. Leyes relacionadas con religión y expresiones culturales
Para comprender esos dos cuerpos del rey, del servidor público:
El regicidio es delito contra la seguridad del Estado, porque, además de amenazar, agredir y violar la integridad personal del rey o del jefe del Estado, como hombre, ofende también en él la suprema soberanía de la nación […].
Antonio d’Álba permanece, […], en el viejo concepto, […] que los hechos sociales o políticos dependen exclusivamente de la bondad de un hombre, jefe de Estado o del Gobierno. […] Es por esto por lo que Antonio d’Álba dijo ayer delante de vosotros: “Yo, como anarquista, no tengo patria. El rey es el padre de la patria; por consiguiente, ¡me formé el criterio de que debía asesinarlo!”
ENRICO FERRI, Defensas penales. Corte de Jurados de Roma, 9 de octubre de 1912
[§ 1] La tesis que se desarrolla en las páginas siguientes responde al problema de investigación acerca de si la calidad de servidor público genera mayores limitaciones al ejercicio de la libertad religiosa de los sujetos que ostentan esa responsabilidad, en comparación con los ciudadanos en general; y si esa limitación es superior, qué la justifica y hasta dónde llega, es decir, cuáles serían los límites de esos límites.
Se trata de un problema de investigación que exige un abordaje con perspectiva objetiva sobre los deberes del Estado laico y del ciudadano que se incorpora en él en calidad de servidor público, y también con enfoque subjetivo sobre la libertad religiosa como un derecho del que ese mismo servidor es titular.
[§ 2] Este problema de investigación justifica el desarrollo de una tesis doctoral, tanto por su relevancia teórica como por su importancia práctica. En cuanto a lo teórico, demanda la construcción de respuestas con un abordaje complejo, no desde una sola rama del derecho, en las que se conjuguen elementos de la teoría del derecho y concretamente de los derechos fundamentales, así como reflexiones históricas sobre la existencia de los derechos y el estudio desde áreas próximas, pero también nítidamente diferenciables como el derecho constitucional y el derecho administrativo. Igualmente, desde una perspectiva teórica, la tesis responde a una pregunta vinculada a una materia que por siglos ha estado presente y ha sido controversial: la religión y sus nexos con el derecho y el poder. Si bien el paradigma de la modernidad previó que el predominio del racionalismo conduciría a la desaparición de creencias y de la religión misma, las teorías contemporáneas no han cesado de dar cuenta de la religión entre los fenómenos que ameritan abordajes, entre otros, desde la filosofía, la sociología, la historia, la política y también el derecho, lo cual ratifica su vigencia conceptual y problemática en el ámbito del conocimiento académico. Finalmente, desde un enfoque teórico, este problema de investigación implica la colisión de principios, concretamente de la libertad religiosa y de la laicidad, y su abordaje con una perspectiva que admita tanto la reflexión en abstracto, a partir de categorías conceptuales, como la solución de casos concretos, lo que también explica su importancia.
Desde una perspectiva práctica, analizar la libertad religiosa del servidor público y la limitación de ese derecho responde a desafíos fácticos constantes, presentes en el contexto colombiano y también en sistemas de laicidad tan diversos como el francés, el español, el estadounidense o el canadiense, en los que aparecen recurrentemente las preguntas sobre la neutralidad que el Estado y sus servidores deben asegurar o no, en el ejercicio de sus funciones, en particular ante el reconocimiento universal de los derechos humanos, incluida la libertad religiosa que, por tal definición, no sería susceptible de despojársele a persona alguna, aunque ella sea un servidor público.
Esta tesis se justifica desde ese enfoque práctico en Estados laicos, porque reconoce que a pesar de estar ante el ejercicio de un derecho humano y fundamental, la libertad religiosa del servidor público no carece de expresiones conflictivas que exigen precisar categorías útiles para resolver jurídicamente casos como el de un alcalde que, por decreto, ordena el recogimiento espiritual y, en consecuencia, prohíbe la utilización de altavoces en establecimientos comerciales, por parte de toda una población, dada la celebración que durante varios días, coincidentes con época vacacional, realizará en su jurisdicción una religión mayoritaria. O situaciones relacionadas con jefes de entidades públicas a quienes se les cuestiona la adopción de decisiones que estarían determinadas por una convicción religiosa y no por las normas que regulan sus funciones. O eventos en los que jefes de Gobierno, en calidad de tales, se suman a ceremonias religiosas; o en los que manifiestan propósitos laicistas de su ejercicio estatal, que incluyen la persecución contra organizaciones o expresiones religiosas. O iniciativas de miembros del Legislativo