El paraíso de la impunidad. Rainer Huhle

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El paraíso de la impunidad - Rainer Huhle

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      *- Una versión resumida se publicó en la revista Xipe totek, año 26, núm. 103, del 30 de septiembre de 2017, pp. 310–337.

      La tortura fue una de las primeras prácticas condenadas en el plano internacional y, sin embargo, sigue siendo utilizada como instrumento de dominación violenta en muchos países. México es uno de ellos.

      Un primer paso internacional contra la tortura se registró en las cuatro convenciones de Ginebra (1864, 1906, 1929 y 1949), en las que se determinan aquellas prácticas prohibidas en tiempos de guerra (Osmañczyk, 1976, p.316). Pero no es sino hasta 1948 cuando la tortura se prohíbe en el plano internacional, con la Declaración Universal de los Derechos Humanos. En ella se establece en el artículo 5 que “nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes” (Asamblea General de las Naciones Unidas, 1948). Dos años más tarde los países europeos también prohibirían la tortura en el artículo 3 de su Convenio Europeo de Derechos Humanos (Consejo de Europa, 1998, p.2). Posteriormente, debido a una serie de movilizaciones y campañas promovidas por diversas organizaciones no gubernamentales (ONG), la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprueba la “Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes” (Asamblea General de las Naciones Unidas, 1975). Es así como la lucha contra las prácticas de tortura comienza a ganar lugar en la agenda internacional. Con esta Declaración la tortura se reconoce como una problemática internacional que debe ser abordada.

      En 1981 la Asamblea General creó el “Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Tortura”, cuyo fin era ofrecer apoyo financiero a las organizaciones que asistían a víctimas de tortura y a sus familias (OHCHR, s.f.). Finalmente, en diciembre de 1984 se aprueba la resolución 39/46, en el seno de la Asamblea General, con la cual se crea el primer documento internacional vinculante sobre tortura: la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (en adelante la Convención). Esta Convención está exclusivamente dedicada a la lucha contra una de las

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