Medios, redes sociales, cine, control social y penal. Carlos Ariel Bautista González

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Medios, redes sociales, cine, control social y penal - Carlos Ariel Bautista González

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Fabián Hernández, a través de una herramienta de captura y procesamiento de datos (una matriz de caracterización), plantea su análisis sobre 18 noticias publicadas en el periódico El Tiempo relacionadas con la calle de El Bronx, en la ciudad de Bogotá. El autor hace una crítica sobre la forma en la que los medios masivos de comunicación realizan la construcción de dimensiones simbólicas de la ciudad para consolidar imaginarios que en gran medida terminan legitimando la violencia, la inseguridad y el miedo por parte de la ciudadanía. En este sentido, el miedo producto de dicho imaginario colectivo se convierte en una experiencia individualmente experimentada, socialmente construida y culturalmente aprobada. El pánico colectivo conduce a un aislamiento del otro en el espacio público, generando patrones de conducta excluyentes y segregacionistas.

      Por su parte, en el capítulo “El linchamiento colectivo: una mirada desde la psicología social y los medios masivos de comunicación”, el autor Oscar Javier Trujillo realiza un análisis del linchamiento colectivo como fenómeno social de dos maneras: la primera, examinando el sentimiento de venganza que produce la consumación del delito, y que a su vez ha sido expuesto a la opinión pública mediante un discurso punitivo; y en segundo lugar, mediante una explicación del comportamiento del individuo sumergido en una masa psicológica a partir de la psicología social; tal individuo se encuentra inmerso en un sentimiento que florece a partir de cargas sociales influenciadas por el sentimiento colectivo que pide justicia por mano propia, generadora de un fenómeno de venganza ciudadana que se pretende tomar el papel sancionador del Estado.

      Así, llegamos a un punto de vista diverso en el capítulo “La cooptación mediática de los poderes públicos: criminología mediática en los tiempos del neoliberalismo penal”, en el cual el autor Sebastián González desarrolla su investigación alrededor de la siguiente pregunta: ¿la reconstrucción que los medios de comunicación hacen sobre el delito influye sobre los poderes públicos del Estado? Con eso en mente, el autor pretende dar cuenta de la forma en que cada uno de los tres poderes públicos –ejecutivo, legislativo y judicial– reaccionan a la práctica mediática de construcción social de la realidad a través del delito, detallando algunas prácticas clásicas de la criminología mediática que coadyuvan a la consolidación de la sensación de inseguridad en la ciudadanía.

      Dentro del anterior marco ha de considerarse pertinente el capítulo “La noticia periodística como artífice de procesos penales mediatizados: el dilema existente entre la realidad judicial y la realidad periodística en Colombia”. En este capítulo, la autora María Fernanda Maldonado realiza una reconstrucción teórica de la política criminal mediática y su aplicación en el derecho comparado, específicamente en países como Italia, España, Argentina y Colombia. En el caso específico de Colombia, estudia los alcances del ejercicio de la libertad de expresión, la libertad de prensa y del acceso a la información, interpretadas desde la perspectiva de la constitución material y el bloque de constitucionalidad. Para ello considera algunos de los precedentes establecidos por la Corte Constitucional en cuanto a las posibles herramientas jurídicas que limitarían la producción de casos mediáticos, los cuales generan presión mediática, política y social para que sean impuestas, por parte de los operadores judiciales, las penas más altas dentro del ordenamiento jurídico. Adicionalmente, la autora realiza un estudio de casos a nivel internacional –caso Knox en Italia, caso Sandra Palo en España y caso Candela Sol en Argentina–, con la respectiva explicación de por qué se consideran como procesos penales mediatizados. Por otra parte, se abordan temas relacionados con las limitaciones a la libertad de prensa, las funciones del principio de veracidad en la construcción de la noticia judicial y la garantía constitucional de la presunción de inocencia de la persona investigada. Por último, se realiza un acercamiento a las prácticas periodísticas que se considerarían respetuosas de los derechos humanos.

      El análisis de dichas prácticas nos conduce al capítulo titulado “Responsabilidad de los medios de comunicación por violación de derechos humanos en Colombia”. Los autores Santiago Rojas y José David Lugo realizan un análisis de los derechos a la libertad de expresión, a la información, a la libertad de prensa, entre otros. Posteriormente, hacen alusión a la responsabilidad de los particulares y de los medios de comunicación como personas jurídicas. En el capítulo se considerarán normas y precedentes jurisprudenciales de la Corte Constitucional que se han pronunciado respecto al ejercicio mediático, para luego sustentar la tesis defendida por los autores a lo largo del texto, estableciendo que el Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos y Empresa podría aplicarse eventualmente, y en circunstancias específicas, a los medios de comunicación. Esto, teniendo en cuenta que la violación de derechos humanos por parte de particulares no se da siempre de la misma manera o sobre los mismos derechos, ya que depende de múltiples circunstancias como, por ejemplo, el tipo de empresa y de las actividades comerciales que llevan a cabo para explotar su objeto económico. Con esto en mente, es claro que no es diferente en los medios de comunicación, pues como empresas mediáticas también pueden llegar a cometer violaciones de derechos humanos.

      Teniendo en cuenta el texto anterior se da continuidad al análisis desde una perspectiva distinta, sustentada en el capítulo “Límites a la libertad de prensa: acción de tutela, presunción de inocencia y censura”. El autor Juan Pablo Parra busca plantear los conceptos de libertad de prensa, sus alcances y especificidades a la hora de tratar asuntos penales, mediante la realización de una reconstrucción dogmática sobre la libertad de prensa, el derecho a la honra, la intimidad y el buen nombre, con la finalidad de establecer conceptos comunes. Adicionalmente, se estudian los límites a la libertad de prensa y la censura, estableciendo sus diferencias conceptuales. De igual forma, se exponen los problemas derivados del uso excesivo de la acción de tutela mediante un seguimiento de casos en los que es utilizada la acción constitucional, y en los que la Corte reformula los alcances de la libertad de información respecto de los procesos penales.

      De lo anterior se desprende el tema de “Mass media, derecho y deontología como referentes para entender el ejercicio del periodismo”. En este capítulo, el autor Felipe Puerta Skinner plantea los aspectos problemáticos del ejercicio de la actividad periodística como punto modal relevante en la reproducción de significados en una colectividad, mediante la socialización de símbolos, imaginarios y diálogos discursivos. De aquí que el autor aborde dicha actividad desde los circuitos de producción, circulación y consumo de significados en los esquemas analíticos de la criminología mediática, que se presentan como ejes problemáticos frente a las noticias relacionadas con el delito y la violencia. De igual forma, se hace referencia a los estudios del campo de los mass media research a partir de la influencia que tienen los medios en la sociedad, puesto que ayuda a comprender aspectos críticos del ejercicio periodístico en la producción noticiosa. Por último, se profundiza en el enfoque de los derechos humanos, que están ligados a la producción noticiosa, con la finalidad de visibilizar cómo estos sirven de referente para regular la relación entre medios y sociedad, en el marco de la deontología de la profesión del periodista.

      En la misma línea, se considera oportuno realizar un análisis de medios de comunicación desde el populismo punitivo, para lo cual se plantea el capítulo “La influencia del discurso mediático en el populismo punitivo: críticas a la política criminal colombiana”. Allí, la autora Kena Rodríguez realiza un seguimiento al discurso mediático relacionándolo con teorías del género y llama la atención sobre algunos de los nuevos tipos penales, como el feminicidio, el aumento de las penas en ataques con ácido, entre otros. La autora los considera como ejemplos del endurecimiento de penas y respuesta por parte del Estado a la necesidad de reclamar un castigo drástico, resultado de una acción punitiva más severa. Basándose en las teorías de género, análisis crítico del discurso y en los distintos objetos de estudio de los paradigmas criminológicos, la autora también hace alusión a los casos específicos en el contexto colombiano donde se ha reflejado una influencia del discurso mediático, que ha sido aprovechado por los políticos de turno para utilizarlo en sus campañas en aras de aumentar el control social y, con ello, los índices de punitividad, tipificando nuevas conductas como delitos.

      El anterior planteamiento nos conduce al capítulo titulado

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