E-learning en la formación profesional para el empleo. Isabel María Márquez Pérez

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E-learning en la formación profesional para el empleo - Isabel María Márquez Pérez

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mediante tutorías y otros recursos.

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      Nota

      El concepto de multimedia se usa para hacer referencia a cualquier objeto o sistema que usa diferentes medios para presentar la información o comunicarla.

      Los medios usados podrán ser físicos o digitales, y podrán consistir en texto, imágenes, sonido, video, etc.

      2.1. Aulas virtuales y plataformas educativas

      Los conceptos de aulas virtuales y plataformas educativas, o telemáticas son términos diferentes que conducen a un significado común, pues en ambos casos se hace alusión a la misma herramienta para la formación y educación a distancia. Aunque los conceptos y modo de funcionamiento de las mismas se trabajarán con más detalle en capítulos sucesivos, será importante realizar una breve introducción, pues estos conceptos van a constituir las herramientas de trabajo dentro de un sistema de formación e-learning.

      Las aulas virtuales y plataformas telemáticas/educativas se podrán definir como una herramienta o dispositivo para la comunicación y distribución de los conocimientos, que ofrece un espacio virtual donde se puede atender, orientar y evaluar a los participantes de las acciones formativas.

      Se trata de un espacio virtual al que se accede a través de internet que se encuentra disponible y accesible a cualquier hora del día y que ofrece los servicios y funciones necesarias para desarrollar el proceso de enseñanza-aprendizaje, además de responder a las necesidades de alumnado y profesorado en materia de comunicación, ya sea de forma síncrona o asíncrona, permitiendo además la combinación de diferentes espacios para relacionar a alumnado entre sí, a alumnado y profesorado o a profesorado entre sí.

      En definitiva, se puede entender por plataforma telemática o aula virtual un entorno virtual de enseñanza-aprendizaje que se utiliza en la formación online.

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      Recuerde

      La formación online o en línea no tiene por qué ser exclusivamente e-learning, ya que, como se ha visto con anterioridad, puede ser un apoyo a las clases presenciales o combinarse ambas dando lugar al blended learning.

      Las plataformas o aulas virtuales deberán cumplir las siguientes funciones:

      1 Se debe facilitar la distribución de los materiales formativos y la información en formato digital: textos, imágenes, animaciones, vídeos, etc.

      2 Se debe facilitar la comunicación entre todos los participantes de las acciones formativas, alumnos, profesores, tutores, expertos, etc. mediante las herramientas de comunicación en línea, ya sean síncronas, como por ejemplo los chat, o asíncronas, como por ejemplo los foros.

      3 Se debe permitir a los administradores la gestión de los contenidos, herramientas y participantes, mediante sistemas de seguimiento y evaluación.

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      Actividades

      1. Realizar una búsqueda sobre diferentes plataformas educativas de acceso gratuito que se pueden encontrar en el mercado.

      2.2. La formación para el empleo

      El Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional se encuentra regulado a través de la Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio de las cualificaciones y la formación profesional. A través de esta ley se integraban en un mismo sistema las diferentes formas de certificación y acreditación de las competencias y cualificaciones para todo el estado español.

      A su vez, mediante esta ley se equipara la formación y acreditación de las competencias a nivel europeo, de cara a favorecer el libre movimiento de los trabajadores a través del mercado europeo.

      A través de esta misma ley se regula también el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y se complementa con el procedimiento para la acreditación de dichas cualificaciones. De esta forma se ordena, aporta unidad, coherencia y eficacia a la planificación, ordenación y administración de la formación profesional para el empleo.

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      Importante

      Las ofertas de formación profesional referidas al catálogo de cualificaciones profesionales están constituidas por los títulos de Formación Profesional y los Certificados de Profesionalidad; estos tienen carácter oficial, validez en todo el territorio nacional y solo podrán ser expedidos por las Administraciones competentes.

      El objetivo de la formación profesional para el empleo se basará en dar impulso y extender entre las empresas y los trabajadores ocupados y desempleados una formación que dé respuesta a sus necesidades y favorezca el desarrollo de una economía basada en el conocimiento.

      Las finalidades que se establecen como fundamentales para el Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales, en la ley 5/2002, de 19 de junio son las siguientes:

      1 Capacitar a los trabajadores para el ejercicio profesional, promoviendo una oferta formativa de calidad.

      2 Proporcionar información y orientación sobre la formación profesional y las cualificaciones para el empleo.

      3 Fomentar el desarrollo del espíritu emprendedor mediante la incorporación a la oferta formativa de acciones que capaciten para el desempeño de actividades empresariales y por cuenta propia.

      4 Evaluar y acreditar oficialmente las cualificaciones profesionales, sea cual sea su modalidad de adquisición.

      5 Favorecer la inversión pública y privada en la cualificación de trabajadores y aprovechar del mejor modo los recursos dedicados a formación profesional.

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      Nota

      En el desarrollo del Sistema Nacional de Cualificaciones se implica a la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y los Agentes Sociales, cuya representatividad en el mismo estará asegurada a través del Consejo General de la Formación Profesional (CGFP). A su servicio se crea también el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL).

      El desarrollo de las cualificaciones profesionales se llevará a cabo mediante las acciones formativas. Estas acciones formativas se regulan en el Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo, y se entienden como aquellas acciones dirigidas a la adquisición y mejora de las competencias y cualificaciones profesionales, pudiéndose estructurar en varios módulos formativos con objetivos, contenidos y duración propios.

      La formación para el empleo, dirigida a la obtención de los certificados de profesionalidad consiste en una formación modular, con la finalidad de poder favorecer la acreditación parcial acumulable.

      La impartición de la formación para el empleo podrá llevarse a cabo por cualquiera de los siguientes medios o modalidades:

      1 Presencial.

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