Ejecución de fábricas a cara vista. EOCB0108. Francisco Javier Manzano García

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Ejecución de fábricas a cara vista. EOCB0108 - Francisco Javier Manzano García

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con el CTE es más completa, puesto que regula aspectos que anteriormente no lo estaban, como, entre otros, la protección frente a la humedad de fachadas, muros y suelos en contacto con el terreno, aspecto de gran importancia puesto que repercutirá en los criterios de elección de los materiales cerámicos para el proyecto y construcción de dichos elementos constructivos.

      Además, en este nuevo marco más abierto, las posibilidades de cumplimiento no se limitan a las establecidas literalmente en el CTE, porque, en primer lugar, el CTE establece la opción de cumplir con sus exigencias mediante el uso de lo que denomina soluciones alternativas y, en segundo lugar, habilita la posibilidad del cumplimiento mediante el uso de los documentos reconocidos.

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      1 Las soluciones alternativas son soluciones que se apartan parcial o totalmente de las descritas en los Documentos Básicos del Código Técnico de la Edificación y que el proyectista puede utilizar siempre y cuando cuente con el consentimiento del promotor y justifique adecuadamente el cumplimiento de las exigencias.

      2 Los documentos reconocidos son documentos de carácter técnico, sin carácter reglamentario, que contarán con el reconocimiento del Minis-terio de Vivienda y que podrán ser especificaciones y guías técnicas o códigos de buena práctica, o cualquier documento que facilite la aplicación del CTE, excluidos los que se refieran a un producto particular o bajo patente. Son, en definitiva, documentos de apoyo que permitirán avanzar de una forma flexible y eficiente en el objetivo de mejorar la calidad de los edificios.

      El Código Técnico de la Edificación se plantea, desde su inspiración prestacional, como un conjunto de exigencias básicas que las diferentes partes de la edificación deben cumplir de forma simultánea para, de esta forma, poder garantizar a su vez los requisitos de seguridad y habitabilidad establecidos en la Ley de Ordenación de la Edificación (Ley 38 / 1999) y que se desarrollan y definen en sus documentos básicos. Este planteamiento es totalmente vertical, es decir, el CTE se estructura según requisitos o prestaciones: protección frente a la humedad, demanda energética, protección frente al ruido, protección en caso de incendio, etc., no según elementos constructivos, que sería un enfoque más horizontal. Sin embargo, cuando se proyecta un edificio, la forma real de hacerlo es por elementos constructivos, teniendo en cuenta en cada caso las distintas prestaciones que cada elemento proporciona y debe cumplir.

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       Recuerde

      El CTE desarrolla los requisitos básicos de la Ley de Ordenación de la Edificación en forma de exigencias basadas en prestaciones, y proporciona asimismo métodos y soluciones para cumplir estas.

      Por todo esto, existen en el mercado numerosos catálogos con soluciones constructivas para el cumplimiento del CTE, proporcionando de una forma horizontal toda la información que el proyectista necesita conocer para cada uno de los distintos elementos constructivos constituyentes de la edificación. Dichos catálogos se configuran como documentos reconocidos, como herramienta fundamental en la fase de proyecto para el predimensionado de los distintos elementos, permitiendo el cumplimiento de las vigentes exigencias básicas del CTE.

      Para el cumplimiento de los requisitos de salubridad y acústica del Código Técnico de la Edificación, es esencial adoptar ciertas disposiciones constructivas junto a condiciones generales de diseño y dimensionado para cada elemento constructivo. Estas disposiciones permiten un buen diseño de los puntos singulares de los diferentes elementos constructivos constituyentes de la edificación.

      Como elementos constructivos de la edificación, se definen los enumerados a continuación:

      1 Fachadas.

      2 Particiones interiores verticales.

      3 Particiones interiores horizontales.

      4 Cubiertas.

      5 Muros en contacto con el terreno.

      6 Suelos en contacto con el terreno.

      Las condiciones relativas a fachadas, cubiertas, muros y suelos en contacto con el terreno tienen como objetivo fundamental prevenir la entrada del agua y la humedad en los edificios. En el caso de las particiones interiores, tanto verticales como horizontales, las condiciones expuestas tienen como objetivo evitar la transmisión de ruido y vibraciones entre recintos colindantes.

      Por puntos singulares se entienden todas aquellas partes de los diferentes elementos constructivos que suponen una discontinuidad en los mismos, como son:

      1 Los encuentros con otras partes del edificio:Pilares.Forjados.Huecos.Anclajes.Antepechos.Rebosaderos.Canalones.

      2 Los formados en el perímetro o límite:Coronación de la fachada.Arranque de la fachada.

      3 Los constituidos por cambios de dirección:Cumbreras.Limatesas.Limahoyas.

      4 Otros con presencia de elementos singulares:Voladizos.

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       Definición

       Antepecho

      Es la parte maciza inferior del hueco que define una ventana, el cual se levanta desde el piso y exteriormente muestra la parte frontal inferior de una ventana.

      Por tanto, para la justificación del cumplimiento del Código Técnico de la Edificación, normativa de obligado cumplimiento en los trabajos de albañilería de una edificación, no es suficiente con la cumplimentación de los documentos justificativos propios del CTE correspondiente en la memoria de proyecto (fichas justificativas del DB – HE, memoria de cálculo de estructura, etc.), sino que además se han de diseñar soluciones constructivas para los elementos constructivos empleados y resolver también los puntos singulares de las mismas.

      Se ha definido en el presente capítulo el proyecto de edificación, que es el documento de partida en la ejecución de una edificación. Ha de diferenciarse entre proyecto básico y proyecto de ejecución.

      Dentro del proyecto de ejecución, como en todos los tipos de proyectos existentes, han de incluirse cuatro documentos indispensablemente: memoria, planos, mediciones y pliego.

      Con el Código Técnico de la Edificación (R. D. 314/2006) se ha iniciado una nueva etapa en la construcción en la que la reglamentación es mucho más completa y en la que las posibilidades de cumplimiento de la misma no se limitan a lo establecido literalmente en ella.

      El CTE establece la opción de cumplir con sus exigencias mediante el uso de lo que denomina soluciones alternativas y, en segundo lugar, habilita la posibilidad del cumplimiento mediante el uso de los documentos reconocidos.

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       1. Indique cuál de los siguientes documentos no forma parte de un proyecto de construcción:

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