El abordaje judicial integral de la violencia familiar. María Eugenia Pereyra

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El abordaje judicial integral de la violencia familiar - María Eugenia Pereyra

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      • Garantía respecto a la seguridad de la víctima eliminando decisiones contradictorias;

      • Incremento en la credibilidad de los juzgados mediante la eliminación de decisiones contradictorias e ineficientes;

      • Coordinación con las agencias, las ONG y grupos comunitarios que colaboran en el proceso.

      Los componentes del modelo oficial son (19):

      a. Jurisdicción del juzgado: La competencia de un solo juez sobre las causas de distinta materia pertenecientes a una misma familia es uno de los componentes cruciales del modelo. La multiplicidad de causas pendientes de distinta materia correspondiente al mismo grupo familiar es lo que activa la competencia del juzgado. Lo mínimo serían dos causas, una en materia penal y otra en materia civil (familiar o matrimonial). Al menos uno de los acusados y una de las víctimas en la causa penal debe ser parte en la causa civil. La competencia del juzgado se determina caso por caso y en forma temprana luego de la iniciación de las causas.

      j. Planificación y asistencia: La planificación de un juzgado integral puede llevar entre seis a doce meses y se realiza con amplia participación para asegurar el éxito del proyecto. Generalmente se forma un grupo ad hoc conformado por futuros jueces y personal, fiscales, abogados de las víctimas, agencias estatales y no gubernamentales que trabajan en la temática. El proceso se inicia con una evaluación cuantitativa y cualitativa de la situación existente, a fin de identificar las fortalezas y debilidades del sistema. El objetivo final de la planificación es identificar el tipo de juzgado que se necesita, producir un documento que siente las bases de este y sirva como mapa de ruta para su funcionamiento.

      En la etapa de planificación se puede recibir asesoramiento técnico respecto a la organización de equipos de trabajo y tareas a desarrollar, diseño del juzgado, estructura, competencia, tecnología, capacitación, etc. Una vez creado el juzgado, se le brinda capacitación continuada para personal sobre programas de autoevaluación, actualización técnica, programas piloto, etc. El asesoramiento es proporcionado por una fundación llamada Centro de Innovación Judicial y el Sistema Unificado de Juzgados de Nueva York (20).

      k. Identificación de casos: Un juzgado integral cuenta con una sola mesa de entrada que maneja todas las causas del juzgado independientemente de su materia. Cuando las causas de una misma familia llegan a un juzgado integral, cada familia recibe un código único de identificación conservando el número de expediente individual dado en el juzgado de origen. Todos los expedientes de la misma familia son guardados en una misma carpeta, y se relaciona en el sistema informático del juzgado. Cada juzgado integral cuenta con su protocolo para la identificación de las causas de su competencia y su transferencia en su estado inicial.

      l. Calendario de audiencias: Una vez que las causas del mismo grupo familiar son recibidas en el juzgado integral, se fija la primera audiencia por separado en cada causa -la de familia y la penal- para el mismo día, en la medida de lo posible. Generalmente, primero se escucha la audiencia de la causa penal y a continuación la audiencia de la causa de familia. El procedimiento en materia penal, de familia y civil es esencialmente oral en el estado de Nueva York y las audiencias son públicas. Todas las decisiones se toman en las audiencias luego de haber escuchado a las partes y concluyen con la fecha para la próxima audiencia.

      m. Representación legal: El juzgado integral debe garantizar que todas las partes estén representadas y trabaja estrechamente con los abogados y fiscales. El juez determina caso por caso la aptitud para acceder a la representación legal gratuita prevista en la ley.

      n. Procedimientos: Las causas de familia y penales que son transferidas a un juzgado integral de violencia no se consolidan, sino al contrario, cada causa mantiene su independencia respetando las normas de procedimiento y de fondo que le corresponden de acuerdo con su juzgado de origen.

      o. Supervisión judicial de cumplimiento de las órdenes del juzgado: Una de las piedras fundamentales del sistema es garantizar el cumplimiento de las decisiones judiciales y sancionar el incumplimiento. Para ello es indispensable el monitoreo y seguimiento posterior al dictado de las órdenes y sentencias.

      p. Capacitación judicial y no-judicial: La capacitación que reciben los jueces y el personal del juzgado debe incluir tanto áreas del derecho como aquellas que hacen a la problemática de la violencia familiar. Es tan importante la capacitación inicial como la formación continuada durante el funcionamiento del juzgado.

      q. Tecnología: La tecnología informática es clave en el desempeño de las funciones del juzgado. Inicialmente se creó una aplicación solo para juzgados integrales de violencia familiar llamado Lotus Approach que luego fue actualizado por otro llamado Domestic Violence Court Technology Application and Resource Link. La aplicación tiene varios usos y los principales objetivos son la identificación de casos en forma eficiente, la transferencia de información de manera rápida entre los distintos juzgados y las agencias que trabajan con ellos, y la producción de estadísticas.

      r. Seguridad en el establecimiento del juzgado: Los juzgados integrales deben ofrecer un ambiente seguro para las partes, especialmente para las víctimas. Las instalaciones deben contar con salas de espera monitoreadas para las víctimas y sus hijos, como así también un espacio de espera separado para los agresores a fin de evitar encuentros no deseados. Asimismo, el personal de seguridad debe ser suficiente y estar capacitado en violencia familiar como en su área de actuación, para responder a distintas situaciones de riesgo que se puedan presentar.

      s. Confidencialidad: La confidencialidad de las causas de familia y matrimoniales no debe comprometerse como consecuencia de que un mismo juez entienda también en las causas penales de las partes.

      t. Servicios sociales, otros actores y recursos comunitarios: Los juzgados trabajan en estrecha relación con las agencias que los asisten en sus funciones y los proveedores que asisten a las partes del conflicto. Estos son considerados “socios” del juzgado. Se ha creado el cargo de coordinador de recursos, quien tiene la función de representar al juzgado en sus relaciones con los “socios” y ser el nexo entre las partes y los programas/servicios.

      El condado de Kings se encuentra en el barrio de Brooklyn y sus límites coinciden con los del barrio. Es un pequeño territorio de aproximadamente 180 km2, donde viven aproximadamente 2.629.150 habitantes según el censo del 2016. Es el condado con mayor población en el estado de Nueva York y el segundo más poblado de todo Estados Unidos. Geográficamente, limita con el condado de Manhattan y está rodeado de bahías, ríos y superficie acuática. El barrio cuenta con gran infraestructura y un sofisticado sistema de transporte. Conviven comunidades multiculturales de distintos orígenes, razas y leguas con alto, mediano y bajo poder adquisitivo. Según el censo del 2010 la población está compuesta por: el 42.8% de raza blanca, 34.3% de raza negra, 10%.5 de asiáticos, 0.5% de americanos nativos, 3.0% de americanos multirraciales y 8.8% de otras razas. El 19.8% está formado por latinos e hispanos. Algunos sectores del barrio tienen una etnicidad o una religión predominante. Por ejemplo, el suroeste está habitado por una mezcla de razas con minoría negra mientras el noreste es de mayoría negra e hispanos o latinos. El censo del 2012 indica que el 25.1% de la población vive por debajo de la línea de la pobreza (21).

      En 1996 se estableció el primer juzgado penal especializado en violencia familiar. Dos años más tarde ya existían otros dos juzgados de la misma materia, que actualmente continúan en funcionamiento. El Juzgado Integral de Violencia Familiar de Kings County se abrió en el año 2005 como una parte del Tribunal Supremo. Desde el año 2007 al 2016 el juzgado contó con dos partes y dos jueces, pero actualmente solo cuenta con una parte a cargo de un solo juez. En 2015 el Departamento de Justicia eligió al Juzgado Integral de Brooklyn como “Juzgado Mentor”, como parte de un programa en el cual sirve como juzgado modelo y asiste

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