Los visigodos. Hijos de un dios furioso. José Soto Chica

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De laude Spaniae de san Isidoro fue el primer panegírico dedicado a Hispania como entidad independiente. De hecho, desde la segunda mitad del siglo VI y a lo largo del siglo VII, fue cada vez más común usar el término Spania como sinónimo del territorio del estado erigido por los godos de Occidente. Así, por ejemplo, Juan de Bíclaro, obispo de Gerunda (Gerona), reservaba ese nombre, Spania, al territorio que los godos controlaban en la península ibérica, mientras que designaba como Reino de Gallaecia a las tierras controladas por los suevos. Cuando en el 585 estos últimos perdieron su independencia frente a los godos, sus antiguos dominios se integraron en lo que Juan de Bíclaro llamaba Provincia Hispaniae. Y es que aunque los reyes visigodos seguían llamándose Rex Gothorum también se denominaban a sí mismos y eran llamados Regis Spaniae atque Galliae.3 Fuera del Reino tampoco se tenía duda alguna de lo que en realidad eran y así, Gregorio de Tours, un cronista franco de finales del siglo VI, llamaba a Leovigildo (569-586) Rey de los Hispanos y a su hijo, Recaredo (586-601), Rey de Hispania.4 Y lo cierto es que al subir al trono un nuevo monarca, a quien se exigía el juramento de fidelidad era a «Todos los pueblos de Spania».5 Era esta una fórmula muy significativa que identificaba Spania con el ámbito de la soberanía ejercida por el rey godo. Identificación que, por otra parte, y de forma aún más señalada si cabe, también se reflejaba en la Lex Visigothorum o Liber Iudiciorum, código constituido en un principio por Recesvinto en el 654. Así, por ejemplo, en una ley promulgada por Wamba (672-680) podemos leer como encabezado de la ley que debía regir la movilización general en caso de ataques enemigos: «qué hay que hacer si se originasen hostilidades en los confines de Hispania». Como se habrá advertido, no se nombra ni a Gallaecia, ni a Galia, pese a que las disposiciones nombradas regían para todo el reino, sino que se abarcaba por completo a este último en la palabra Hispania y para que no quedara duda de ello, algo más abajo el legislador aclaraba: «y si alguien dentro de las fronteras de Hispania, de la Galia, de Galicia, esto es, en todas las provincias que están sujetas a la jurisdicción de nuestro gobierno […]». Y lo que acabamos de evidenciar al citar esta ley, es decir, la equivalencia y concreción de todo el reino en el término Hispania de las partes que lo constituían, se sigue manifestando en leyes como la que trataba de los siervos huidos: «así mismo cualquier persona que resida o se halle en los límites de Hispania […]». Y es que la realización de la unidad política, legislativa y religiosa del reino godo se estaba concretando y se iba expresando en una creciente sinonimia entre Regnum gothorum (reino de los godos) y Spania. Una patria, un regnum que era asimismo condensado por los «intelectuales» como Juan de Bíclaro, Braulio de Zaragoza, Isidoro de Sevilla, Eugenio de Toledo o Julián de Toledo en la voz Spania,6 que no era sino la nueva identidad labrada desde la segunda mitad del siglo VI por reyes como Leovigildo, Recaredo, Sisebuto o Suintila. Pues es que, aunque Isidoro era hispanorromano y Suintila era godo, esas diferencias, antaño tan importantes, se estaban difuminando y se estaba consolidando una nueva realidad.

      Esa identidad, esa realidad, se asentó por completo y puede comprobarse en los textos que se escribieron en los cien años que siguieron a la destrucción del reino visigodo de Toledo. Así, en el 715/716, pasados apenas cuatro años de la gran batalla que vio sucumbir ante los musulmanes al ejército godo encabezado por Rodrigo, un cronista contemporáneo de los hechos, el de la Crónica mozárabe del 754, nos dice:

      En segundo lugar, el texto de la Crónica mozárabe del 754 deja claro que Abd al-Aziz, que por cierto era hijo de Musa ibn Nusair, el conquistador y primer valí (gobernador) de España, pretendía, por consejo de su esposa, la reina goda Egilona, la enviudada esposa del rey Rodrigo, a la que nótese que se sigue llamando reginam Spanie (reina de España), hacerse con el trono de Spania e independizarse del poder del califato. Para ello, Abd al-Aziz contaba con el soporte y legitimidad que parecía darle su matrimonio con esta reina, una mujer a todas luces influyente y poderosa.

      Así de sencillo y claro. Más de cuarenta años después de la mal llamada batalla de Guadalete, Spania, esto es, lo que hoy suman desde un punto de vista peninsular Portugal y España, pervivía como idea política, como entidad que podía estar dominada por los musulmanes, sí, pero que no tenía por qué seguir estándolo, o al menos no en su totalidad, y cuya unidad intrínseca, en tanto que sujeto político, se reconocía y se aspiraba a mantener o a recomponer, según el caso y en función de si pertenecía a los dominadores islámicos, a los dominados mozárabes o a los rebeldes norteños.

      Y

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