El paraíso de la impunidad. Rainer Huhle

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El paraíso de la impunidad - Rainer Huhle

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mexicanas de control; en documentos oficiales que refieren al número de denuncias recibidas por esas instituciones independientes y por varias procuradurías; y en información y documentos que refieren a la respuesta del poder judicial y de las procuradurías ante estas denuncias. Además, mis conclusiones se basan en la amplia información e informes recibidos por parte de la sociedad civil, y en numerosas entrevistas mantenidas en el curso de mi visita con víctimas de tortura o sus familiares, representantes o testigos, quienes no solamente provenían de las regiones visitadas, sino que de diversos puntos del país, ya que muchas de estas personas viajaron para encontrarme (Méndez, 2015).

      El argumento principal contiene la palabra dura, generalizada, y es el tercer argumento que destaca el exrelator Juan Ernesto Méndez en los siguientes términos:

      En tercer lugar, mi evaluación sobre la naturaleza generalizada de la tortura en México se basa en el hecho de que todas esas fuentes aducen circunstancias similares… Más importante aún, las historias eran muy similares independientemente de quienes llevaban a cabo la detención, se tratara de la policía municipal, estatal o federal; las procuradurías estatales o federales; o el Ejército o la Marina (Méndez, 2015).

      Quizá el argumento de mayor contundencia no esté tanto en la práctica generalizada de la tortura, sino en su impunidad, que es parte de lo que queremos destacar en este libro. Así es como argumenta el exrelator:

      En cuarto lugar, mi evaluación se basa en la muy escasa evidencia existente de que las miles de denuncias reciban una respuesta adecuada por parte de las autoridades, en la forma de investigaciones, enjuiciamiento y castigo adecuado de los responsables, un imperativo absoluto bajo la Convención contra la Tortura. De esas miles de denuncias, he podido determinar un total de solamente 5 sentencias condenatorias en la jurisdicción federal en el periodo comprendido entre 2005 y 2013. Asimismo, pude constatar que existe un nivel similar de impunidad en la mayoría de las jurisdicciones estatales (Méndez, 2015).

      Coloquialmente podemos afirmar que a Juan Ernesto Méndez no le falta el sentido del humor y una cierta ironía, pues cuestiona que el gobierno mexicano quiera elevar el nivel de estándar de evidencia que utilizan los Procedimientos Especiales de la ONU. No es el caso plantearlo aquí, pero sí vemos su importancia solo para destacar lo desmesurado de la acusación que hace el gobierno mexicano que, si entramos en los detalles, es una argumentación desesperada e irracional, comprensible solo porque es la reacción de quien fue señalado a escala internacional y, por tanto, su prestigio o capital simbólico se vio seriamente mermado con este informe.

      Otra argumentación que utiliza el exrelator contra la tortura es señalar de sospechosa la reacción de sorpresa ante sus conclusiones. Así, la palabra causa del escándalo y sorpresa, “generalizada”, tiene sus matices en documentos oficiales que el propio Juan Ernesto Méndez cita en su carta. Por ejemplo, del Programa Nacional de Derechos Humanos 2014–2018 usa el término “tema recurrente”; de la CNDH, cita que recibió una denuncia por tortura en 2005, pasó a recibir 2,126 en 2012; el CAT, habla de la tortura en términos de “habitual” y “sistemática”. Al referirse al Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas destaca que “dijo que en México la impunidad por el crimen de desaparición forzada era generalizada. Recientemente, en febrero de 2015, el Comité sobre Desapariciones Forzadas concluyó que había un contexto generalizado de desapariciones en varias partes del país, muchas de las cuales podían ser caracterizadas como desapariciones forzadas” (Méndez, 2015).

      No está por demás señalar que, al final de su carta, el exrelator contra la tortura expresa su disposición al diálogo constructivo y reitera su petición de realizar una visita para dar seguimiento a su informe. Esa invitación jamás llegó. Peor aún, en el caso del GIEI, para el caso Ayotzinapa, se dio una expulsión poco diplomática.

      Recientemente la periodista Carmen Aristegui entrevistó a Juan Ernesto Méndez, en CNN en español, en la que reiteró, una vez más, los términos de su informe:

      … esa práctica se reproducía exactamente de la misma manera, ya sea que actuaran las policías locales, la policía estatal, la policía federal, los cuerpos del Ministerio Público estatal o el federal, se reproducía también cuando actuaban las fuerzas armadas, en ese sentido es que yo considero generalizada, no era que estuviera limitada a ciertos agentes del estado fuera de control o a ciertas corporaciones, particularmente más descontroladas que otras, lamentablemente, es en ese sentido que quiero decir que es generalizada. El gobierno mexicano quería que dijera que la tortura era un problema recurrente, pero a mí me parecía que eso no capturaba realmente lo que yo vi [...] es una práctica generalizada […] Obviamente lo que dije también ahora en el Informe de Seguimiento, es que me hubiera gustado decir o que me equivoqué en aquel entonces o que las cosas habían cambiado y ya no era generalizada la tortura, pero lamentablemente eso va a tener que esperar y entonces podré decir, y espero poder decir, que la tortura ya no es generalizada en México, pero por el momento, lamentablemente, esa es mi observación (Aristegui, 2017).

      Hasta aquí un debate emblemático que solamente ha servido para mostrar un gobierno mexicano particularmente sensible a los señalamientos de los organismos internacionales. Si alguna duda quedara del ritual social que implicó este debate, con toda su carga simbólica, ahí está el relevo de Juan Ernesto Méndez, Nils Melzer, cuyas primeras declaraciones fueron ratificar lo dicho por su antecesor. Además, para celebrar el 26 de junio, Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura, el nuevo relator afirmó que “la prohibición absoluta de la tortura y de cualesquiera tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes bien podría ser el logro más fundamental en la historia de la humanidad”, además, “cualquier tolerancia o permisividad hacia tales prácticas, por excepcional o bien argumentada que parezca, conducirá inevitablemente por la pendiente que lleva a la total arbitrariedad y el uso de la fuerza bruta, para desgracia de toda la humanidad” (Melzer, 2017).

      Un corolario: Recientemente, en el 34º Periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de la Asamblea General de la ONU, realizadas del 27 de febrero al 24 de marzo de 2017, el todavía relator especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes presentó un “informe de seguimiento” sobre su visita a México, la cual tuvo lugar del 21 de abril al 2 de mayo de 2014, en el que su primera conclusión y recomendación es la siguiente:

      104. El Relator lamenta concluir una vez más que la tortura y los malos tratos siguen siendo generalizados en México. La tortura, la cual incluye en alarmantes ocasiones el uso de la violencia sexual, se utiliza para castigar o extraer información o confesiones. A esto se le suma un contexto de impunidad grave, donde la falta de investigación de estos hechos es la regla. Entendemos que la eliminación de la tortura es un desafío fundamental para México y es por ello que reiteramos nuestra recomendación sobre la importancia de promulgar la Ley General sobre la Tortura, con disposiciones apegadas a los más altos estándares internacionales. El Relator seguirá dando seguimiento al proceso de sanción de la Ley y, sobre todo, al proceso de su implementación (OHCHR, 2017).

      REFERENCIAS

      Amnistía Internacional (2015). “Promesas en el papel, impunidad diaria. La epidemia de tortura en México continúa”, Londres. Recuperado el 16 de mayo de 2017, de http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=INT%

      2fCAT%2fLOP%2fMEX%2f12954&Lang=en

      Aristegui, Carmen (2017, 17 marzo). “Juan Méndez: La tortura en México es aún una práctica generalizada”, en CNN Español. Entrevista. Recuperado el 25 de mayo de 2017, de http://cnnespanol.cnn.com/video/cnnee-pkg-aristegui-intvw-juan-mendez-tortura

      -mexico/#0

      Asamblea General de las Naciones Unidas (1948). “Declaración Universal de los Derechos Humanos”. Recuperado el 5 de mayo de 2017, de http://www.ohchr.org/EN/UDHR/Documents/UDHR_Translations/spn.pdf

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