Traumatología deportiva en el fútbol. Juan José López Martínez
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Buettner CM (1998). The team physician’s bag. Clin Sports Med, 17:365-373.
Frontera WR (2008). Perspectiva general de la medicina deportiva. En: Frontera WR, Herring SA, Micheli LJ, Silver JK (eds.). Medicina deportiva clínica. Tratamiento médico y rehabilitación. Elsevier, Madrid; pp. 3-6.
Hill DW, Hill CM, Fields KL, et al. (1993). Effects of jet lag on factors related to sports performance. Can J Appl Physiol, 18:91-103.
Krabak BJ, Wait B (2008). Viajes con equipos deportivos. En: Frontera WR, Herring SA, Micheli LJ, Silver JK (eds.). Medicina deportiva clínica. Tratamiento médico y rehabilitación. Elsevier, Madrid; pp. 51-59.
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RECONOCIMIENTO MÉDICO DEL FUTBOLISTA PROFESIONAL
Dra. M.I. Álvarez Recio
Dr. J.J. López Martínez
INTRODUCCIÓN
Medicina y actividad física han estado ligadas a lo largo de los tiempos hasta llegar a nuestros días. La primera ley del deporte que aparece en España data de 1961 y es la denominada «ley Elola», por haber visto la luz pública durante el mandato del entonces delegado nacional de Educación Física y Deportes, José Antonio Elola Olaso (véase FEMEDE en la bibliografía). Ese mismo año nacía la Mutualidad General Deportiva, entidad que desde entonces ampara al deportista lesionado en nuestro país, excepto en el fútbol, deporte que tiene su mutualidad especial. A partir de ese momento se comenzó a exigir en la obtención de la licencia federativa un reconocimiento médico que determinara la aptitud para el deporte concreto que se quería practicar, pero no fue hasta la década de los ochenta, y coincidiendo con la obligatoriedad en España de realizar controles antidopaje, cuando se legisló la presencia de médicos en las plantillas de los equipos de fútbol profesional.
Esta normativa se recoge en el Reglamento General de la Real Federación Española de Fútbol. En concreto, el artículo 94 g) del Libro XI establece: «Tratándose de clubes de Primera, Segunda y Segunda División B, deben contratar los servicios de un profesional de la Medicina que, adscrito a su plantilla, tendrá como funciones específicas, además de las que se le pudieran exigir por parte del club, estar presente y de servicio durante el transcurso de los partidos y entrenamientos, y asumir las responsabilidades concernientes al control antidopaje. El médico deberá estar en posesión de una licencia específica que le acredite como titular de las funciones a que se refiere el apartado precedente.» Así mismo, por exigencia del Reglamento General, el artículo 361 en su apartado 5.º del Libro XXI establece: «Los clubes deberán notificar a la Comisión Antidopaje, al comienzo de cada temporada, la identidad de su médico responsable y de su eventual sustituto, indicando su especialidad y número de colegiado.»
En 1989 se funda en España la Asociación Española de Médicos de Equipos de Fútbol (AEMEF), que fue creada para la cooperación entre todos los profesionales médicos que ejercen su labor en equipos de fútbol, con la finalidad de que conjuntamente puedan plantear el estudio de los problemas específicos del ejercicio de la medicina en el ámbito de la práctica deportiva del fútbol (véase AEMEF [1] en la bibliografía).
OBJETIVOS DEL RECONOCIMIENTO MÉDICO
El reconocimiento médico del futbolista profesional es un acto médico que debería regirse por un protocolo que determinara si las condiciones de salud y posibilidades de rendimiento físico del futbolista son las adecuadas para la práctica del fútbol de manera profesional; por lo tanto, debería ser el punto de partida de la actividad deportiva del deportista y debería realizarse antes de su incorporación al deporte.
Así, el objetivo principal del reconocimiento médico es obtener información de la salud del futbolista y de su respuesta a la práctica deportiva, así como evaluar aquellos factores de riesgo que puedan afectar su salud o ser determinantes para un óptimo rendimiento deportivo (véase AEMEF [2] en la bibliografía).
PLANIFICACIÓN DEL RECONOCIMIENTO MÉDICO
El reconocimiento médico en futbolistas profesionales debería incluir, al menos, las siguientes valoraciones:
•historia clínica,
•exploración física,
•pruebas complementarias,
•análisis nutricional.
HISTORIA CLÍNICA
La historia clínica es el primer contacto con el jugador, y tiene como finalidad primordial recoger datos del estado de salud del deportista con el objeto de facilitar la asistencia sanitaria. Según los criterios de la UEFA, sería de especial interés recoger un formulario con la siguiente información:
–datos personales,
–exploración,
–antecedentes personales (figura 2.1),
–antecedentes familiares,
–demarcación de juego,
–datos antropométricos,
–hábitos.
(Véase el modelo de cuestionario de salud en el Anexo 1.)
Exploración física
Después de recoger los datos principales en la historia clínica, es necesario realizar una exploración por aparatos y sistemas con el fin de detectar posibles alteraciones que pudieran afectar la práctica deportiva del jugador.
Es imprescindible tanto la valoración del sistema musculoesquelético como la del sistema cardiovascular.
Exploración del sistema musculoesquelético
El diagnóstico de las anomalías del aparato locomotor tiene como objetivo principal la prevención de lesiones.
Figura 2.1. Reconocimiento médico de un portero de fútbol. Se observa una escápula alada por axonotmesis parcial de nervio torácico largo tras un traumatismo. No es apto para la práctica deportiva.
En el futbolista profesional es indispensable la exploración de columna vertebral, pelvis y extremidades inferiores, y se ha de prestar especial atención al tobillo y la rodilla (figura 2.2). En el caso de los porteros, no se debe olvidar la extremidad superior.
Si fuera necesario, además de la exploración física, se deben utilizar pruebas complementarias de confirmación, tales como radiología simple, ecografía musculoesquelética, RMN y TAC (figura 2.3).
Figura 2.2.