Francisco de Vitoria sobre justicia, dominio y economía. José Luis Cendejas Bueno
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Por estar íntimamente relacionados, hacemos extensivo el tema de la propiedad al de la justicia en los intercambios voluntarios, lo que a día de hoy se denomina economía. Lo justo no se agota en el dominium, en el derecho a. Como también afirma Vitoria, siguiendo el concepto romano y romanista de lo justo, lo justo es lo igual. De la investigación sobre qué es lo igual en un intercambio donde las cosas intercambiadas son distintas, surge la teoría del precio justo, uno de los logros teóricos más relevantes del pensamiento escolástico. Aplicando el mismo principio de equidad natural a otros contextos, se aclaran numerosos malentendidos; por ejemplo, en torno al concepto de usura, y se entiende la insistencia, al tratar del hurto y la rapiña, en la necesidad de restituir lo apropiado injustamente, como se aprecia en los comentarios a la c. 66.
Sobre la traducción y edición de los manuscritos que comentan la c. 66, cabe decir lo siguiente.1 El magisterio de Vitoria en Salamanca comprendía dos tipos de producciones académicas: las lecturas (o lecciones) y las relecciones. Mientras que contamos con una ingente literatura científica referida a las relecciones, con ediciones críticas abundantes y de calidad, la edición de las lecturas es todavía hoy un tema pendiente que solo se ha presentado de manera fragmentaria. El número de manuscritos inéditos relacionados con las lecturas escolásticas de los que disponemos es amplísimo. Como obra de referencia, contamos con la edición de Beltrán de Heredia a los Comentarios de la II-II, apoyada en la edición de un solo manuscrito, perteneciente a Francisco Trigo. Esta es, por tanto, la razón de esta edición, que se plantea la publicación de una parte de las lecturas inéditas, contenidas en los manuscritos de los alumnos de Francisco de Vitoria, con el fin de esclarecer su influencia en la historia del renacimiento teológico español del siglo XVI. Abarcaremos una pequeña parte de este corpus a partir de la edición de la quaestio 66, del tomo III de sus Comentarios de la Secunda secundae.
La edición de estas lecturas exige un análisis de clasificación cronológica y de autenticidad. Beltrán de Heredia expone una cronología de las lecturas, de la que se extrae que, en lo que interesa a nuestro estudio, la quaestio 66 de la II-II fue explicada en los años 1526-1529 y 1534-1537. Nuestro trabajo únicamente recoge los manuscritos académicos; es decir, aquellos que fueron confeccionados por quienes asistieron a las lecciones, y no los extracadémicos, realizados con posterioridad a través de la colección y copia de escrituras teológicas en cartapacios. Nos decantamos, pues, por una lectura primitiva, y no por la explicación procedente de una fuente derivada.
Partiendo del texto base que utiliza Beltrán de Heredia (Cód. 43/SUV2a/Biblioteca Universitaria de Salamanca), se ha realizado un trabajo ecdótico con las variantes y añadidos que se encuentran en los demás manuscritos disponibles.2 A saber: a) 1526-1529: 0V2A, Códice Ottoboniano latino 1015, Biblioteca Vaticana Roma; b) 1534-1537: MM, Códice 64, Monasterio de Montserrat (Montserrat). Con la intención de hacer el texto asequible a los investigadores y lectores interesados en el pensamiento hispánico, se presenta, junto con la edición crítica del texto latino, una traducción castellana lo más cuidada posible.
Con todo, nuestros objetivos han sido los siguientes:
• Elaborar una edición crítica de la quaestio 66, perteneciente al t. III de los Comentarios a la Secunda secundae, de Francisco de Vitoria, integrando las variantes de los manuscritos inéditos en el texto base de Beltrán de Heredia.
• Realizar un estudio introductorio sobre las cuestiones relativas al hurto y la rapiña encuadrándolas en el pensamiento clásico español del siglo XVI sobre justicia, dominio y economía.
• Acompañar el texto latino con una traducción al español con el fin de favorecer su divulgación.
• Iluminar el contenido de las relecciones a partir del estudio de las lecturas para obtener una visión de conjunto a través de la cual sea posible ponderar la influencia de la escolástica española.
Francisco de Vitoria y su legado
La vida de Francisco de Vitoria (1483-1546) discurre en paralelo a los importantes procesos históricos que marcan el comienzo de la Edad Moderna. El descubrimiento de América y la posterior asunción de la responsabilidad imperial (1520) hicieron de España centro mundial de la acción política y militar, así como observatorio privilegiado de las nuevas realidades religiosas, históricas e intelectuales que se estaban abriendo paso. El mundo al que Vitoria pertenece, que es el universitario, conoce en España a lo largo del siglo XVI un notable auge, ya que crecen en número e influencia universidades3 y universitarios, lo que respondía a la necesidad de cubrir las necesidades crecientes tanto de la Corona como de la Iglesia, que debía evangelizar inmensos territorios. Por su parte, la Iglesia española se encontraba inmersa en un profundo proceso de reforma auspiciado por la Corona a través de la acción del cardenal Cisneros, pero que venía alimentado desde su base. Baste recordar, si bien se localizan en fechas posteriores, la reforma del Carmelo por santa Teresa de Jesús y san Juan de la Cruz, o la fundación de la Compañía de Jesús. Por otro lado, el auge del erasmismo4 ponía de manifiesto una renovada inquietud espiritual, no plenamente ajustada a la ortodoxia, en ambientes aristocráticos y de la nueva burguesía. A este ambiente se suma el reto doctrinal, pero también militar y político, que supone la reforma protestante. Miembros dominicos de la escuela de Salamanca, de la que Vitoria es considerado fundador, participaron en el Concilio de Trento (1545-1563): Domingo de Soto, Melchor Cano o Diego de Covarrubias; y en su seno tendrá lugar la polémica De auxiliis, en torno al auxilio de la gracia para la salvación, motivada por la postura protestante sobre la predestinación, que enfrentará a dominicos y jesuitas, representados respectivamente por las figuras de Domingo Báñez (Apologia fratrum praedicatorum, Madrid, 1595) y Luis de Molina (Concordia liberi arbitrii cum gratiae donis, Lisboa, 1588).
Francisco de Vitoria nació en Burgos5 en 1483, si bien, como era costumbre entre los religiosos, tomó el nombre de la ciudad de origen de su padre. Provenía de familia acomodada, era hijo del mercader Pedro Arcaya y de Catalina de Compludo, burgalesa y probablemente de ascendencia judía. Francisco ingresó en el convento de San Pablo, que la Orden de Santo Domingo tenía en Burgos, en 1505. Se trataba de un convento reformado de estricta observancia y Estudio General de la orden, en el cual Vitoria estudió humanidades y artes (filosofía) hasta 1508, cuando su prometedora valía fue decisiva para enviarlo como colegial al colegio dominicano de Saint-Jacques, en París, donde acudían los estudiantes más selectos de la orden. De 1509 es la licencia para ordenarse presbítero. En el curso 1508-09, finalizó Artes en el colegio Coqueret, agregado a la universidad, estudios que incluían las sumula y la lógica aristotélica, física, ética, metafísica y matemáticas. En él, tuvo como maestro al nominalista Juan de Celaya, discípulo del también nominalista John Mair.6 En Saint-Jacques, de 1509 a 1513, realizó los estudios de bachiller en Teología, con profesores como el tomista Pierre Crockaert Bruselensis, también discípulo de John Mair, y Juan Fenario, posteriormente general de los dominicos cuya elocuencia será modelo de método docente para Vitoria. Crockaert comenzó la implantación de la Suma de teología de Santo Tomás en París en sustitución de las Sentencias (Libri quattuor sententiarum, ca. 1150), de Pedro Lombardo. Vitoria prologó y participó junto con otros compañeros en la edición de Crockaert de la Secunda secundae de la Suma de 1512.7
Tras la obtención del bachiller en Teología, Vitoria, antes de acceder a la licenciatura y el doctorado, precisaba ejercer la docencia en Artes, lo que llevó a cabo de 1513 a 1516 en Saint-Jacques. A partir del curso 1516-17, explica las Sentencias, para lo cual recibió el nombramiento de bachiller sentenciario por parte del capítulo de la Orden en 1515. Conforme al plan de estudios, de 1516