El adn de la paz con enfoque territorial en tres municipios del Magdalena Medio. Julio César Moreno Correa

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El adn de la paz con enfoque territorial en tres municipios del Magdalena Medio - Julio César Moreno Correa

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la calificación de las tierras y proveer una mayor cantidad de recursos al Incora para el desarrollo de los programas de su competencia.Ley 70 del 27 de agosto de 1993.Reconoció los derechos de las comunidades negras sobre las zonas rurales ribereñas de la Cuenca del Pacífico de acuerdo con el artículo transitorio 55 de la Constitución Nacional, atendiendo a un vacío en la legislación agraria.Ley 160 del 3 de agosto de 1994.El principal cambio consistió en dinamizar la redistribución, introduciendo el concepto de propiedad a través del mercado de tierras, mediante un subsidio para la compra directa por parte de los campesinos.El énfasis institucional se centró en facilitar la negociación directa entre propietarios y campesinos.Creó reservas campesinas en zonas con agrosistemas frágiles que fueron como una especie de muro ante la colonización desordenada.Créditos complementarios a los campesinos a través de la presentación de proyectos productivos, que resultaron contraproducentes por la carencia de experiencia de los campesinos como empresarios y con ingresos de subsistencia.Se creó el novedoso concepto de zonas de reserva campesina.Creó zonas de desarrollo empresarial.Creó el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino.Introdujo como causal de extinción el destino de la tierra para cultivos ilícitos.Ley 387 del 18 de julio de 1997.Por la cual se adoptaron medidas para la prevención del desplazamiento forzado; la atención, la protección, la consolidación y la estabilización socioeconómica de los desplazados internos por la violencia en la República de Colombia.En 1995, el Estado reconoció el desplazamiento forzoso e inició atención del fenómeno. Se destacan los documentos Conpes 2804/95 y el 2924/97 para atender de forma integral a la población desplazada por la violencia.Se expidieron decretos reglamentarios para atender lo correspondiente a la propiedad y la tenencia de la tierra de quienes se vieron obligados a abandonarla para proteger la vida.Ley 1152 del 25 de julio del 2007.Estatuto de Desarrollo Rural.Se reformó el Instituto Colombiano para el Desarrollo Rural (Incoder).Se instauró el subsidio a la compra de tierra, el papel desempeñado por el mercado en el acceso a la propiedad, así como el requisito de tener un proyecto productivo.La Corte Constitucional declaró inexequible la totalidad de la ley.Ley 1133 del 9 de abril del 2007.Conocida como la Ley de Agro Ingreso Seguro (ais) que buscaba subsidiar y favorecer a quienes se perjudicaban por la suscripción del tlc con Estados Unidos, siendo beneficiarios los poseedores de extensiones en el sector rural, quedando sin presupuesto los pequeños campesinos como productores de alimentos y de algunas materias primas.Ley 1148 del 10 de junio del 2011.El fenómeno del desplazamiento y el despojo de tierras ha estado presente desde la Conquista española a América y en la Colonia, como también en el inicio de la Violencia (1948). Lo anterior es reconocido por el gobierno de Santos, por lo tanto, con el reconocimiento de un conflicto armado interno se promulga la Ley 1448/11 y se dictan una serie de disposiciones para tal fin.Esta ley presenta medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno, la cual pasa a ser más conocida como la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.

      Fuente: elaboración propia.

      Según Machado (2004), el conflicto interno en el país se mantenía porque el problema de la propiedad y la tenencia de la tierra seguía vigente; la situación trascendió de lo rural a lo urbano. Los citadinos vieron que el conflicto estaba más allá de la lucha de reivindicación de los campesinos ante los incumplimientos de los gobiernos cuatrienales.

      El siglo xxi heredó los actores de siempre: guerrilla, narcotraficantes y paramilitarismo; como también el minifundio y microfundio, que alimentan la pobreza de los campesinos. Otros con mayor fuerza, como los cultivos ilícitos que se empleaban para generar ingresos, tanto por parte de la guerrilla como del paramilitarismo y controlar los territorios, así como para la compra de armas que se usaron para el terrorismo contra el Estado y a la misma sociedad, propiciando el desplazamiento forzoso de los campesinos y la vulneración de derechos humanos.

      El siglo xx legó el inicio de la globalización que vino a agregar nuevos hechos al país en el siglo xxi: la modernización en la agricultura, liderada por gremios empresariales; en el ámbito internacional, la presión de empresas transnacionales agroindustriales, los tratados de libre comercio, el subsidio a los agricultores en países desarrollados que cerraban importaciones a los productos del trópico y proponían nuevas reglas para abrir mercados; consumidores dispuestos a disfrutar de bajos precios; finalmente, un Estado con un Ministerio de Agricultura débil, con políticas internas que no se ajustaban a las exigencias internacionales e incluso la academia que había identificado muchos de los factores internos de la compleja telaraña de lo rural se había quedado alejada. López (2003, citado en Machado, 2004), lo expresa de la siguiente manera “de las corrientes de pensamiento de los principales centros de investigación internacionales que estaban girando los análisis sectoriales hacia las teorías del desarrollo y combinando los análisis microeconómicos con los más generales y el comportamiento de los agentes socioeconómicos” (p. 132), así como el estudio de los problemas rurales con el posacuerdo. La identificación que hizo la academia del problema agrario no escaló al ámbito gubernamental ni se definieron políticas para atender y resolver el problema agrario, el cual iba más allá de la tierra ya que también agroindustrial, financiero y comercial, con un vínculo directo con el conflicto político y las políticas macroeconómicas.

      Marco Romero, director de Consultoría para los Derechos Humanos (en adelante Codhes), en una entrevista con Semana (2010), dice que la tierra ha sido el problema central del conflicto armado e indica cuatro problemas del sector agrícola: a) concentración de la propiedad; b) el uso de la tierra, destinada a ganadería extensiva, la cual, si se compara con el nivel global de la economía, es improductiva, solo ventajosa para los propietarios, es un uso irracional y asfixia la agricultura; c) la crisis social, bajo acceso a salud, vivienda, educación y servicios básicos en las zonas rurales y d) mayor concentración de la tierra, debido al despojo por parte de mafias, narcotraficantes, grupos paramilitares y bandas criminales. De igual manera, el Centro Nacional de Memoria Histórica (en adelante cnmh), en el 2013, apuntaba que “la apropiación, el uso y la tenencia de la tierra han sido motores del origen y la perduración del conflicto armado” (p. 21). Asimismo, se documentan los procesos de despojos y apropiación de la tierra y a ellos se les suman la explotación minera y energética, los modelos agroindustriales, las alianzas criminales entre narcotraficantes, políticos, paramilitares, servidores públicos, élites locales, tanto económicas como empresariales.

      En el informe del pnud (2011):

      El conflicto agrario y el armado terminan relacionándose a través de sus efectos: el desplazamiento de la población y el despojo de tierras. Porque la tierra se convierte en un instrumento de la guerra y por ello, es objeto de expoliación y despojo por vías de hecho, o mediante la utilización ilegal de instrumentos jurídicos. Y la población es el objetivo del control y, por ello, susceptible de ser desplazada o confinada. (p. 57)

      O como sintetiza Berry (2014):

      […] aunque el desplazamiento y el despojo han sido a veces una consecuencia del conflicto, son principalmente una estrategia sistemática de acaparamiento y de control territorial. Es decir, el desplazamiento no se genera a causa de la guerra, sino que hay guerra para que haya desplazados. (p. 12)

      En Colombia, la vulneración de los derechos de propiedad ha sido una constante y se ha dado con las personas que no tienen recursos, no tienen quién los represente jurídicamente, sin la educación suficiente para comprender el avasallamiento del que han sido objeto; el conflicto potenció esa vulneración y con ella la violación de los derechos humanos que ha propiciado el mismo Estado de derecho, que debía ser el garante en la protección del campesino y de su trabajo de cultivar la tierra y alimentar la nación.

      En expresiones de los sobrevivientes en calidad de participantes de la investigación de las poblaciones de seleccionadas, sobre el origen del conflicto en Colombia, que está atado a la posesión sobre la tierra, se manifiesta:

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