REFORMA POLÍTICA SISTEMA PARLAMENTARIO PRIMER MINISTRO. Walter Huggias

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REFORMA POLÍTICA  SISTEMA PARLAMENTARIO  PRIMER MINISTRO - Walter Huggias

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como si fueran letras sagradas; claramente no lo son, lo que si es y debe ser sagrado, es la voluntad popular, que se ve afectada, al no poder ejecutar sus políticas, perseguir sus objetivos actuales, disponer de controles adicionales inmediatos, dotar a nuestros representantes el ejercicio del poder pleno, dinámico y eficiente. Vemos esta reforma planteada, como una base sustancial para acometer el futuro, cuando la reforma política se consagre, ya que el “Primer Ministro”, lo imagino, dotado de las mejores herramientas constitucionales para su ejercicio y además, lo imagino en un marco político ideológico consolidado. Dejando muy bien aclarado que los expertos en temas constitucionales, han aportado todo este tiempo, otras cuestiones a debatir y reformar, elegí una que como ya dije, pretende marcar el perfil de este trabajo, que era necesario lo tuviera, no el perfil de una plataforma política, podría serlo, pero no lo imagino, seria un sueño, un partido político, planteando en su plataforma electoral, una reforma constitucional.

      En el plano del derecho político comparado (al menos para este trabajo, así considero el resultado de las estructuras jurídicas que dan soporte al poder y al ejercicio del poder), me encuentro con muchos ejemplos, muy interesantes de cambios y búsqueda de la perfección, de la funcionalidad y la eficiencia instrumental. Tengo tres muy significativos; sin ánimo de simplificar y menos aún de largos relatos que luego abordaré, ya anticipo, que Alemania; Italia y Francia (la vigente es la quinta república), en su momento modificaron sus cartas organizativas nacionales.

      La República Argentina y muchas otras estructuras políticas y constitucionales del cono sur, vienen con una marcada desvalorización de sus instituciones (en todas las encuestas de opinión en 2020/21 vemos que estructuras y organizaciones administrativas estatales y/o para estales – son las criticadas, con peor imagen pública – aun cuando los integrantes y/o algunos integrantes, para ser mas precisos, puedan tener buena imagen temporalmente - los ámbitos de trabajo y ejecución de las políticas públicas, están superados totalmente por la vida moderna, y fundamentalmente, no han podido dar respuesta a solucionar en forma efectiva y urgente, las demandas propias de la población autóctona y mucho menos en Argentina especialmente, frente a la demanda de inmigración internacional multidireccional.

      Así las cosas, los organismos de poder por lo general tiene influencia de las corporaciones generales o parciales (sigo con la idea de los factores y grupos de poder, siguiendo el modelo de la escuela de Francfurt – J. Habermas y otros -1-), sobre los que hay que dar respuesta no tienen los operadores de la administración, elementos y normas de respuesta con raigambre constitucional, incluso debemos recordar que distintos fallos de la CSJN. a partir del histórico ya “La Virginia”, irreprochable jurídicamente, limitan regulaciones administrativas descentralizadas.

      La organización estatal a partir de las prerrogativas que estructura la Constitución Nacional (TO-94) vigente, contiene muchas limitaciones, comenzando con los principios rectores en materia de ingresos, tránsito y circulación de ciudadanos. Entonces llegamos a otra área especial; novedosa; determinante, la información pública sometida al tratamiento y/o a través, de los medios de comunicación y redes sociales, surgido como propuesta desde profesionales con capacidad de comunicación y ética republicana. Las redes sociales, ya anticipo mi total convicción de libertad absoluta de prensa, resultan imprescindibles como contralor en tiempo real del poder, en mucha oportunidades, nos permite un conocimiento muy afinado y útil a la población.

      No es posible prescindir del análisis políticos y la determinación de funciones ejecutivas, sin el factor de poder e influencia de los medios de comunicación. Entonces vemos que el sistema los requiere súper evolucionados.

      Otra cuestión, es la relación como las del poder judicial moderno, donde la diferencia de tiempos en el ejercicio de las funciones de control indirecto que se realiza desde la justicia, no tiene vínculo directo alguno, con las exigencia de ejecutar y administrar la vida diaria del poder ejecutivo, los procesos judiciales como todos conocemos, y no es una posición crítica (ya que entiendo perfectamente la necesaria buena gestión jurisdiccional, el respeto por los plazos y comunicaciones entre partes, la bilateralidad; la defensa en juicio; la presunción de inocencia y el debido proceso, entre otras prerrogativas, como pilares indisolubles del estado de derecho o sea todas las garantías constitucionales y la de los Tratados Internacionales, siempre), muy por el contrario es un análisis comparativo en busca de ventajas institucionales y estructurales.

      Los procesos de denuncias contra funcionarios de los distintos poderes ejecutivos, están sujetos a las demoras lógicas y previsibles del proceso, entonces también coadyuva en favor del sistema propuesto de primer ministro, que desde el ámbito judicial, no hay respuesta inmediatas, como esta claro es muy difícil que podría producirse, salvo casos de pruebas muy contundente.

      Tampoco puede considerarse un “cuasi-proceso” en los medios, aún cuando es una modalidad en avance, que ante la lógica demora de los procesos judiciales se establezca una sanción o disculpa, mediática, incluso quizás sin ánimo de los denunciantes particulares, que este sea el resultado final, tampoco de los periodistas y operadores mediáticos. Pero la lógica demanda de resultados objetivos, también esta vinculado a esta etapa de la sociedad, no hay plazos eternos, ni siquiera de meses, todo funciona en días, aquella denuncia que nos escandalizó, encaminada en sus aspectos fundamentales y sin conocerse sus derivaciones; mucho menos disponer de asignación de culpas y/o se haya deslindado responsabilidades, el tema lentamente se va desplazando del centro de atención, hasta quedar diluido, no así las cuestiones instaladas. Fue de interés público, sin duda alguna que sí, alcanza para hacer justicia, en su máxima expresión, de ninguna manera, veo una discordancia manifiesta entre la aspiración social de justicia inmediata y el proceso, en la cuestión que nos ocupa, se traduciría nada menos que en la posibilidad de disponer de una agilidad y dependencia interpoderes, que redundaría en mejor control judicial sobre el poder ejecutivo, además estaría involucrado en el respaldo político, el poder legislativo.

      Es una teoría política ya conocida, la preeminencia del poder ejecutivo sobre los demás poderes, siempre en la división clásica, no es una novedad y mucho menos lo es, que esta variable ha ido en pleno crecimiento. Para equilibrar la información antes de avanzar, ratifico que mi mirada, confirma esta percepción y lo veo real, he incluso inevitable. En una breve descripción, el poder ejecutivo, obligado a actuar permanentemente, con la velocidad que los tiempos, siempre requirieron, que se acentúa en la actualidad, donde la información circula a alta velocidad en las redes sociales de internet y en los medios de comunicación, solo valorar, que una nota en los medios gráficos, con todo el rigor técnico que este tipo de trabajo suele tener, a solo horas del hecho sujeto a “sub estudio” por el cronista y/o periodista, ya tiene un complemento de antecedentes e información comparada importante, más allá de coincidir o no con la calidad y orientación de la propuesta, seguro, a aquellos que les interesa el tema, los dejará en condiciones de seguir el debate y coincidiendo o no, establecer por donde esta la cuestión.

      Este ejemplo real, oponible, nos muestra que así funciona la totalidad del mundo, que rodea en sus intercambios, administrativos; económicos; financieros y de toda índole al poder ejecutivo, a todo el estado nacional, pero los otros dos poderes funcionan en otra sintonía con sus plazos y requerimiento procedimentales.

      Se comprueba, en las situaciones de demandas, incluso en la administración pública, en sus procedimientos, se ve que aplica la variable de debido proceso administrativo.

      Los tiempos de información, actividad en el ejercicio del poder y toma de decisión del poder ejecutivo, en casi todo el mundo, son inmediatos y de un vértigo complejo, pero es como se dan las cosas, entonces, surge que el poder ejecutivo actúa con máxima responsabilidad y calidad de sus actos, pero también en tiempo oportuno, bajo pena de rechazo por la demora.

      Estamos

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