La democracia a prueba. Ciro Murayama

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La democracia a prueba - Ciro Murayama

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(el 60% del total) y que «En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida» (artículo 54, párrafo V).

      Así que, de entrada, que el porcentaje del voto popular no se traduzca con nitidez en las curules asignadas a cada partido político en la Cámara de Diputados se explica por la regla constitucional que valida una sobrerrepresentación de hasta 8%. Pero además de este margen autorizado para la sobrerrepresentación, lo cierto es que dicho límite puede ser vulnerado a través de los convenios de coalición electoral que permite la legislación.

      Para la elección de la Cámara de Diputados la ley contempla tres tipos de coalición: total (en los 300 distritos electorales de mayoría relativa se presentan candidatos de la coalición), parcial (en al menos el 50% de los distritos) o flexible (en al menos 25% de los distritos). La Ley General de Partidos Políticos (artículo 91, inciso e) establece que cuando se firma un convenio de coalición éste debe contener el señalamiento «del partido político al que pertenece originalmente cada uno de los candidatos registrados por la coalición y el señalamiento del grupo parlamentario o partido político en el que quedarán comprendidos en el caso de resultar electos».

      Cada partido aparece por sí mismo en la boleta electoral y así es posible saber a ciencia cierta cuántos votos se depositaron para cada opción política en lo individual, aunque dos o más partidos estén coaligados.27 Hasta aquí, todo es claro.

      El problema surge cuando candidatos de una coalición que pertenecen al partido A se registran formalmente como candidatos por el partido B o C de la misma. Si esos candidatos resultan ganadores, se tomarán como de B o C y no contarán para verificar que no se exceda el límite de la sobrerrepresentación de A. Este problema se detectó por vez primera en 2015,28 pero se exacerbó en la siguiente integración de la Cámara de Diputados.

      En 2018 los partidos de la coalición Juntos Haremos Historia presentaron las mismas candidaturas a diputados de mayoría relativa en 292 de los 300 distritos –de los cuales 142 fueron registrados como candidatos adscritos a Morena, 75 al PT y 75 más al PES– y en los ocho distritos electorales restantes cada partido registró a sus respectivos candidatos. La coalición obtuvo el triunfo en 212 distritos, de los que 98 fueron registrados por Morena, 58 por el PT y 56 por el PES. Además, Morena ganó los ocho distritos donde se presentó en solitario, así que alcanzó en total 106 diputados de mayoría relativa.

      Lo interesante es analizar cómo se dieron en las urnas los triunfos reconocidos a candidatos del PT y del PES: en todos los casos, el partido que hizo posible la victoria fue Morena. Es más, de los 220 diputados de mayoría relativa obtenidos por Morena o su coalición –ocho en el primer caso, 212 en el segundo–, sólo siete se explican por la contribución de los votos del PT y el PES,29 pues Morena fue el partido individualmente más votado en 213 distritos. Así que la coalición resultó indispensable sólo en siete casos. A la vez, ni el PT ni el PES lograron por sí mismos un solo triunfo ni fueron el partido más votado en distrito alguno. De nueve partidos contendientes para la Cámara de Diputados, el PT fue el séptimo en preferencias electorales, con el 3.9% de la votación válida nacional, mientras el PES fue el partido menos votado, con 2.4% de los sufragios. De esta manera, los 58 diputados que obtuvo el PT se debieron a que la ciudadanía cruzó en la boleta electoral el logo de Morena, y lo mismo ocurrió con los 56 triunfos adjudicados al PES.

      Al hacer la asignación de legisladores, los 114 triunfos de mayoría relativa reconocidos al PT (58) y al PES (56), obviamente no se le consideraron a Morena. Gracias a ello, para la distribución de plurinominales se tomó como base del cálculo a 106 diputados de mayoría relativa por Morena y no los 220 que le correspondían (sus 106 triunfos directos y los 114 que hizo posibles a la coalición), por lo que pudo recibir 85 diputados más de representación proporcional sin vulnerar el límite de 8% de sobrerrepresentación que fija el artículo 54 constitucional. En total, Morena alcanzó 191 diputados, lo que representa el 38.2% de la Cámara.

      Al PT se le asignaron tres diputados plurinominales. Como ya se le habían reconocido 58 de mayoría relativa y su votación válida emitida fue 4.36%, el límite de diputados que le permite el artículo 54 constitucional resultó de 12.36%, es decir, un máximo de 61 legisladores.30 No deja de ser paradójico que la cláusula de límite de sobrerrepresentación se terminara aplicando no a uno de los partidos más votados sino al que, a través del convenio de coalición, recibió un alto número de triunfos uninominales. Por su parte, el PES, al no obtener el 3% de la votación válida, no accedió a diputados de representación proporcional.

      Ahora bien, en un escenario donde se adjudicaran los triunfos de cada partido coaligado en función de los votos que recibió en las urnas y no con base en lo suscrito ex ante entre los partidos en sus convenios de coalición, la composición legislativa resultaría significativamente distinta, como se muestra en el cuadro 7.

      De esta forma, si se hubieran reconocido a Morena todos los triunfos uninominales de candidatos que ganaron por los votos recibidos por ese partido –es decir, 220–, habría alcanzado a través de mayoría relativa el 44% de la Cámara. Y como su votación nacional emitida fue 41.34%, podría haber recibido hasta un 8% de diputados adicionales, con lo que el límite sería de 49.34%, que corresponde a una bancada de 246 diputados. Esa es la cifra máxima de diputados que el artículo 54 constitucional fija a Morena para la LXIV legislatura de acuerdo con su votación nacional emitida de 2018.

      Mientras tanto, el PT habría llegado a 13 diputados de representación proporcional, que sería su total puesto que no ganó algún distrito por sí mismo. A su vez el PES, al no llegar al 3% de la votación exigida por la Constitución para acceder al reparto de diputados de representación proporcional, no tendría legisladores por ninguno de los dos principios. En total, siguiendo el criterio de los votos depositados en las urnas y no el de los convenios, los partidos de la coalición Juntos Haremos Historia habrían sumado 259 diputados, el 51.8% de la Cámara –aun con la disposición de sobrerrepresentación del 8% del artículo 54 constitucional– y no 308, el 61.6% de que dispusieron al iniciar al LXIV legislatura.

      Hasta aquí lo que corresponde a criterios de asignación de diputados a raíz de las elecciones.

      Otro tema que afecta la relación entre votos y curules se refiere a los acuerdos postelectorales de reconfiguración de las bancadas legislativas. A los pocos días de instalarse la actual legislatura, y tras sumar primero diputados que habían sido postulados por el PT y el PES, y luego a otros del Partido Verde, Morena anunció que había logrado integrar una bancada de 252 legisladores,31 el 50.4% del total. Para abril 2019, en el portal de la Cámara de Diputados se consignaban votaciones en las que los legisladores de Morena sumaban 258 votos,32 que representan el 51.6%.33 Ello implica que haya una diferencia de 10.06% entre la votación válida emitida (41.34%) para Morena y su proporción de diputados, superior al límite de ocho puntos fijado por la carta magna de forma expresa en su artículo 54, párrafo V.

      Tan sorprendente como la infracción de Morena a una disposición expresa constitucional para hacerse con una mayoría que no obtuvo a través de los votos, fue la inacción del resto de los grupos parlamentarios, en particular de los de oposición, que no interpusieron un solo recurso jurídico al respecto.

      La diversidad política también se ha concretado en la Cámara de Senadores. Como puede observarse en el cuadro 8, en lo que va del siglo ningún partido se ha hecho con al menos 65 senadores, que es

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