La transición española. Eduardo Valencia Hernán
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Desde el exterior, los mensajes dirigidos al gobierno por distintos organismos europeos sobre la exigencia de aperturismo, democracia social y sindical rompían la estrategia de este en su empeño de acercamiento a Europa y a sus instituciones. Efectivamente, el 23 de abril de 1969, el informe de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) sobre el sindicalismo español era demoledor, exigiendo que todos los cargos sindicales debieran de ser electivos, que la autonomía hubiera de ser completa y que debiera existir la igualdad efectiva de las asociaciones de trabajadores y empresarios.
Por otro lado, los funcionarios sindicales debían estar sujetos a la autoridad de los dirigentes elegidos y estos garantizarían la libertad de expresión y reunión que otorgaría la libertad a todas las corrientes sindicales dentro de una unidad libremente aceptada. Finalmente, la Organización Sindical no debía estar sujeta a dirección o control de ningún movimiento político189. Por tanto, la evolución ideológica seguía bajo formas que no se alejaban del autoritarismo de antaño, con pocos cambios en un régimen que se empeñaba por mantener en sus manos el aparato del poder y cuya estrategia iba encaminada por un lado al mantenimiento a raya de las aspiraciones populares y su forma organizada, y por el otro a la superación propia de la lucha interna de camarillas que dividían y acrecentaban la corrupción entre las clases dirigentes que no permitía una respuesta clara a problemas tan importantes como el caso Matesa.
Un ejemplo de control, censura, y falta de libertad de expresión se demuestra en las candidaturas presentadas en 1971 a la elección de Procuradores en Cortes de Joan Barenys Oriol, abogado de cuarenta años, y de Xavier Casassas Miralles, empleado de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Barcelona. Ambos candidatos presentaron una declaración el 22 de septiembre de 1971 rechazando la censura ejercida sobre el medio millar de palabras que solo podían presentar al público.
Se censuraron párrafos como: «El marco legal es muy restrictivo», «La población catalana, la autóctona y la inmigrada es mayor de edad y tiene derecho a discutir libremente», «Clara afirmación de la personalidad catalana- nuestra voluntad de luchar para ayudar a la clase trabajadora a tener su propia organización», «Que nuestra incorporación a Europa solo puede realizarse democratizando las instituciones y respetando rigurosamente la Convención Europea de los derechos del hombre».
Por otro lado, a Casassas, la censura le suprimió frases como: «Una de mis primeras experiencias es la Barcelona paralizada por la huelga de tranvías de 1951», «Debate político sobre Cataluña, la Democracia y el papel de la clase trabajadora en la sociedad», «Actualmente los impuestos los pagan primordialmente los asalariados, los pequeños industriales y los comerciantes»190.
Cabe decir que, a pesar de los esfuerzos inmovilistas del régimen, la desmoralización y la presión ejercida por los sectores marginados del poder fueron creando deserciones en la línea autoritaria hacia la zona de soluciones democráticas, especialmente en la iglesia jerárquica, en el funcionariado, aunque en escasa proporción y en pequeños sectores del Ejército y de las fuerzas de seguridad. También dentro de la propia Policía Armada había discrepancias sobre el futuro del régimen, especialmente cuando se criticaba la auto represión dentro del cuerpo; tómese como ejemplo el caso ocurrido en abril de 1971, cuando la Comisión de Policías Armados de Barcelona distribuyó unos folletos en los que se exigía la solidaridad con sus propios compañeros represaliados, argumentando que enfrentarse al pueblo era una indignidad ya que también ellos eran hijos del pueblo. Uno de sus párrafos era contundente: «¡Basta de hacerles el juego a esa pandilla de ladrones y asesinos! Hasta nuestros oficiales se negaron a entrar en SEAT porque decían que allí no se alteraba el orden público. ¡Tuvieron que llegar el canalla de Creix y el gobernador Pelayo Ros para obligarnos! ¡No podemos tener el pueblo como enemigo, no podemos enfrentarnos con él!»191.
185. MHC, ASSEMBLEA, op. cit., p. 143. Análisis político (julio de 1971), elaborado en enero de 1973.
186. MHC, ASSEMBLEA, op. cit., p. 114. También ver PARRAS, Francisco, en entrevista realizada en el 5/2006.
187. REVENTÓS, Joan, «Els socialistes en els origens de la Assemblea», L’Avenç, n.º 43, Barcelona,1981, p. 38
188. Tele/eXpres, 2-04-1969. Para ampliar la información ver MARTÍN SANTA OLALLA, Pablo, La Iglesia que se enfrentó a Franco, Madrid, Dilex, 2005. En MONTERO GARCÍA, Feliciano, La Acción Católica y el franquismo. Auge y crisis de la Acción Católica especializada. Los años sesenta, Madrid, UNED, colección Aula abierta 36156, 2000.
189. Tele/eXpres, 23-04-1969.
190. FRC, AJR, «Barenys. J; Cassasas X», Carpeta 68, 1-1-1971.
191. FRC, AJR, «Comisión de policías armados de Barcelona», Carpeta 92, 23-10-1971.
Hacia la Asamblea de Cataluña. Composición y diferentes puntos de vista de sus protagonistas.
Febrero - Noviembre de 1971
En enero de 1971 la llamada «guerra de las lechugas»192, conflicto con los agricultores franceses que en algunos casos llegaron a quemar camiones repletos de productos hortofrutícolas procedentes de España, compartía protagonismo con la protesta multitudinaria generada por los diferentes consejos de guerra efectuados en Burgos algunas semanas antes.
A pesar del intento de lavado de imagen iniciado por el gobierno a través del indulto de las penas de muerte concedido por Franco el 30 de diciembre anterior, sorprendentemente se efectuaron nuevas detenciones dirigidas esta vez contra los participantes en el encierro de Montserrat. Como consecuencia de ello, fueron detenidos el 18 de enero Xavier Folch (director literario de la Editorial Ariel) y Jordi Carbonell (director de la Gran Enciclopedia Catalana) aunque no por mucho tiempo, ya que quedaron libres el primer día del mes siguiente.
El 6 de febrero de 1971 finalizó parcialmente el estado de excepción en Guipúzcoa, pues todavía seguía vigente la derogación del artículo 18 del Fuero de los Españoles por el que todo detenido debía ser puesto en manos de la autoridad judicial en un plazo de 72 horas. Mientras tanto, desde la oposición franquista, tanto el PCE como el PSUC intentaban presentar la situación real en que se encontraba el régimen, ofreciendo a la ciudadanía una alternativa democrática, aunque fuera imposible en aquel momento dentro del marco de las leyes institucionales propuestas por el gobierno. A este respecto, para la oposición el llamado asociacionismo al igual que la Ley Sindical aprobada no era más que un intento de prolongar la dictadura franquista y la única salida democrática pasaba por el establecimiento de un gobierno provisional de amplia coalición que decretara una amnistía total para presos políticos y exiliados, por el establecimiento de amplias libertades sin discriminación, y la convocatoria de elecciones libres a una asamblea constituyente. Esta alternativa tendría que concretarse en Cataluña con la constitución de un consejo provisional de la Generalitat y el restablecimiento del Estatuto autonómico del 1932 como marco legal inicial para que Cataluña pudiera ejercer libremente su derecho de autogobierno y de autodeterminación. En esa línea, la Comisión Coordinadora trabajaba en la búsqueda de un acuerdo general, el llamado Pacto por la Libertad, constituyendo