Curso de Derecho Constitucional. Carlos Hakansson

Чтение книги онлайн.

Читать онлайн книгу Curso de Derecho Constitucional - Carlos Hakansson страница 5

Автор:
Жанр:
Серия:
Издательство:
Curso de Derecho Constitucional - Carlos Hakansson Colección Jurídica

Скачать книгу

      No es tarea fácil abordar la elaboración de un Curso de Derecho Constitucional. Importa, de hecho, un reto pedagógico que pone a prueba la idoneidad del autor para realizar una visión pantónoma de la disciplina, y dentro de ella, subrayar sus temas más relevantes. Desbrozar lo esencial de lo no esencial, y comprimir lo primero haciéndolo con formato accesible e interesante (se trata, desde luego, de una obra destinada especialmente a alumnos de Derecho), exige un olfato especial para realizar una empresa abarcadora, sintética y equilibrada a la vez.

      El problema tiende a complicarse hoy día, además, por varias razones. Una de ellas es la irradiación del Derecho Constitucional, mediante lo que se ha dado en llamar una “Constitución invasiva”, que está en todas partes. El Derecho Constitucional ha penetrado hondamente en ramas jurídicas otrora casi meramente “legales” —Derecho Civil, Laboral, Penal, Tributario, Mercantil, etc.— de tal modo que es factible (y necesario) hablar actualmente de una visualización constitucionalista de cada una de éstas, cosa que provoca, claro está, más trabajo para el Derecho Constitucional.

      Simultáneamente, el Derecho Internacional Público, en particular el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, se torna cada vez más exigente y apremiante con el Derecho Constitucional, al que —resulta imposible negarlo— procura domesticar paulatinamente. La admisión de un bien común internacional superior al bien común nacional es el preludio axiológico que autoriza esa penetración. Como consecuencia, la estructura de poder local no puede permanecer inmune: las cortes “supremas”, y los tribunales constitucionales “máximos y definitivos” intérpretes de la Constitución, deben modular su comportamiento con las directrices que fijan los órganos de la jurisdicción supranacional. Al mismo tiempo, los derechos personales, de fuente constitucional, ya no pueden entenderse sino compaginados inescindiblemente con los mismos derechos, pero de fuente internacional.

      Por si fuera poco, el control de “constitucionalidad” (uno de los segmentos clave del Derecho Constitucional, emparentado directamente con el principio de supremacía constitucional), debe a su turno empalmarse con el control de “convencionalidad”, como lo plantea, por ejemplo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en “Almonacidad Arellano”. En otras palabras, la revisión judicial de correspondencia de las normas subconstitucionales con las constitucionales demandas en los presentes momentos un trabajo suplementario: la evaluación de esas normas domésticas también con las reglas superiores del Derecho Internacional y del Derecho Comunitario. Por ello, en resumen, una norma local puede ser inválida tanto porque vulnere a la Constitución estatal, como porque, aunque coincida con esta última, no se lleve bien con las cláusulas de, v. gr., el Pacto de San José de Costa Rica. Más todavía: la misma Constitución nacional puede alguna vez no pasar el mencionado y severo test de convencionalidad.

      * * *

      Es en ese escenario nuevo, móvil y polémico, donde Carlos Hakansson Nieto plantea su Curso de Derecho Constitucional. Valgan, al respecto, algunas palabras vivenciales acerca del autor.

      Conocí a Carlos más de dos décadas atrás, cuando él era un adolescente estudiante de la Universidad de Lima, y fui invitado a participar en uno de los calificados encuentros internacionales que organizó dicha casa de estudios. Se acercó gentilmente a saludarme, y simpatizamos desde el comienzo, afecto que se refrendó después cuando lo volví a hallar, ya egresado y doctorando, en España. Más tarde, lo reencontré con su tesis ya aprobada y ejerciendo la docencia en la Universidad de Piura, al par que en diversos acontecimientos académicos habidos en Perú. Compartimos, paralelamente, muchas sesiones de la maestría en Derecho que dicta tal universidad.

      Su producción intelectual, refrendada por la publicación de su libro La forma de gobierno en la Constitución peruana y por numerosos artículos y monografías, justifica la gestión que emprende con este libro. Bueno es añadir que el desempeño en la cátedra Jean Monnet y en la Academia de la Magistratura de su país son antecedentes que se suman a una hoja de vida propia de alguien que es joven, pero que ha trabajado intensa y provechosamente la disciplina, y que también ha podido incorporar experiencias estadounidenses en sus estudios en la Universidad de California, sede San Diego.

      * * *

      Yendo ahora al libro: este Curso de Derecho Constitucional destila, por cierto, peruanidad, aunque cada tema ha sido precedido por una breve, pero sustanciosa visión comparatista, con los datos esenciales de cada tema en el Derecho anglosajón y en el europeo continental. La técnica expositiva es de provecho, porque permite al lector interiorizarse del panorama existente en los regímenes más cotizados, para después aterrizar en la realidad local del país donde vive y enseña Hakansson Nieto.

      Los capítulos iniciales se dedican a un paneo histórico sobre el contenido de las constituciones sancionadas en el Perú, el sentido y concepto de una Constitución, y los principales rasgos de la Constitución en vigor (de 1993), un texto en verdad discutido por la sociedad, disconforme con su poca legitimidad de origen, y al mismo tiempo desconcertada acerca de las posibilidades de su sustitución (o vuelta a la Constitución de 1979). El espectador advertirá, igualmente, que con la reestructuración del Tribunal Constitucional a partir del gobierno de Valentín Paniagua, este órgano del Estado ha podido en varios casos recrear y actualizar buena parte del contenido del polémico documento, que por lo demás, conservó del anterior, y en otros tramos incluso añadió, dispositivos recomendables, como la apertura a la protección internacional de los Derechos Humanos, varios mecanismos concretos de la magistratura y de los procesos constitucionales, la Defensoría del Pueblo, etc., asuntos que el autor se ha preocupado en remarcar.

      Hakansson dedica un capítulo propio al tema del bloque de constitucionalidad, idea enriquecedora y ampliativa de la Constitución. Al adicionar, en efecto, espacios normativos provenientes de las leyes orgánicas, los tratados internacionales sobre Derechos Humanos (asunto que analiza, por su gravitación, con merecido detalle), los reglamentos parlamentarios o preceptos regionales de carácter general, e involucrarlos dentro del parámetro de control de constitucionalidad, surgen nuevas perspectivas y posibilidades. Y otro tema que se suma a ello es el análisis, igualmente en otro capítulo singular, de los principios de la Constitución peruana (en sus variables de fundamentales, técnico-jurídicos, informadores del Derecho e inspiradores del comportamiento de los poderes públicos), así como su protagonismo en el funcionamiento de la norma constitucional.

      La estructura del poder se despliega así: primero, por una suerte de obertura acerca de la razón de ser y de las secuelas de la doctrina de la separación de los poderes; y más tarde, en sucesivos trozos, por la descripción analítica de los actores esenciales en tal paisaje, vale decir, del Parlamento, del Presidente de la República y del Primer Ministro —o su figura diluida, el Jefe de Gabinete—, el Tribunal Constitucional y los jueces en el sistema dual de control de constitucionalidad. La temática de lo que algunos (entre los que me incluyo) denominan poder electoral, es desenvuelto aquí en el capítulo doce, relativo al sistema electoral en la Constitución vigente.

      En general, la obra permite auscultar la dimensión normativa constitucional del esquema constitucional de los poderes, y también las mutaciones que al lado o sobre la Constitución formal ha ido delineando una realidad cambiante y a veces caprichosa, con etapas autoritarias y otras republicanas, en las que la eventual contraposición entre democracia electoralista y Estado de Derecho no deja de estar ausente.

      Más tarde, los derechos constitucionales son presentados primero con una focalización local, aunque aclarando que ésta es de tipo abierto, según la explicación que brinda el Tribunal Constitucional. La descripción incluye los riesgos de una visión desordenada de tales derechos, como, por ejemplo, una admisiva del aborto discrecional o libre, u otra inflacionista y fragmentaria de ellos, el debate sobre su contenido esencial y la evolución que registra su catálogo. Gira después hacia un capítulo específico sobre la jurisdicción supranacional de los Derechos Humanos, tanto a nivel universal como

Скачать книгу