Diálogos y casos iberoamericanos sobre derecho internacional penal, derecho internacional humanitario y justicia transicional. Ricardo Abello-Galvis

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de derecho internacional de los derechos humanos, (España: Universidad de Alcalá de Henares y Asociación Española de Derechos Humanos, 2014). Es difícil vislumbrar de qué manera los 1.200 millones de personas que sufren actualmente hambre crónica o no tienen acceso al agua pueden ejercitar de manera efectiva sus derechos de libertad de expresión, libertad de asociación o participación política; situación que nos tememos también se extiende a los varios miles de millones de personas que no disponen de una vivienda digna, no tienen la oportunidad de ser tratados en un centro de salud, no pueden ausentarse del puesto de trabajo por enfermedad o no pueden disfrutar del “lujo” de una pensión de jubilación que no sea inferior al salario mínimo interprofesional.

      34 Remiro Brotons, A. et al. Derecho internacional, (Valencia: Tirant lo Blanch, 2007); M. N. Shaw, International Law, (Cambridge: Cambridge University Press, 2014).

      35 L. V. García-Matamoros y W. Arévalo-Ramírez, “La actividad del Sistema de Solución de Diferencias de la Organización Mundial del Comercio: su eficacia, limitaciones y uso diferenciado por países en vías de desarrollo y países desarrollados”, en Alcance y limitaciones de la justicia internacional, editado por H. Olasolo, N. E. Buitrago Rey, J. Canosa Cantor y V. Bonilla Tovar, vol. 4, cap. 18, 665-706. Colección Perspectivas Iberoamericanas sobre la Justicia, (Valencia: Tirant lo Blanch, Instituto Iberoamericano de La Haya para la Paz, los Derechos Humanos y la Justicia Internacional e Instituto Joaquín Herrera Flores, 2018).

      36 C. Fernández Liesa, El derecho internacional de los derechos humanos en perspectiva histórica, (Madrid: Thomson/Civitas, 2013); C. Focarelli, “International Law in the 20th Century”, en Research Handbook on the Theory and History of International Law, editado por A. Orakhelashvili, (Cheltenham: Edward Elgar Publishing, 2011). Díaz-Chalela, Gómez-Rey y Prieto-Ríos analizan aquellos casos en los que, de manera excepcional, el Ciadi ha tratado de realizar una interpretación integradora entre el derecho internacional económico y el régimen jurídico internacional de los derechos DESE. M. Díaz-Chalela, A. Gómez-Rey y E. Prieto-Ríos, “La efectividad del Ciadi a través de su integración con otros sistemas de derecho internacional: el caso de los DESE”, en Alcance y limitaciones de la justicia internacional, editado por Olasolo, H., Buitrago, N. E., Canosa, J. y V. Bonilla, vol. 4, cap. 19, 707-732. Colección Perspectivas Iberoamericanas sobre la Justicia, (Valencia: Tirant lo Blanch, Instituto Iberoamericano de La Haya para la Paz, los Derechos Humanos y la Justicia Internacional e Instituto Joaquín Herrera Flores, 2018).

      37 C. Fernández Liesa. El derecho internacional de los derechos humanos en perspectiva histórica; Focarelli, C. “International Law in the 20th Century”.

      38 Oxfam-Intermon, Una economía al servicio del 1 %. Acabar con los privilegios y la concentración de poder para frenar la desigualdad extrema, 2016. Disponible en https://goo.gl/P5qr2K. En el informe que presenta Oxfam-Intermon, subraya que la única forma de erradicar la pobreza extrema en el mundo es terminar con el fenómeno de la concentración de riqueza que ha caracterizado los primeros quince años del siglo XXI. En particular, según los datos ofrecidos por esta organización, si en 2010 las 388 personas más ricas del planeta poseían la misma riqueza que la mitad de la población mundial, cinco años después esa cifra se ha reducido en cuatro quintas partes a apenas 62 individuos.

      39 En la actualidad, el dióxido de carbono constituye en torno al 0,04 % de la atmósfera, equivalente a 400 partes por millón, habiéndose superado el límite del 0,035 % que según los científicos evitaría que la temperatura de la Tierra se incremente por encima de los dos grados a finales del siglo XXI.

      40 Después de haber denunciado en junio de 2017 el acuerdo alcanzado en julio de 2015 entre Irán y los miembros permanentes del Consejo de Seguridad (más Alemania) en relación con el programa nuclear iraní, EE. UU. enuncia en agosto de 2018 el tratado de no proliferación de misiles balísticos de medio alcance (Tratado imf) que estaba en vigor con Rusia desde 1987 (la retirada de EE. UU. del Tratado imf se hizo efectiva el 8 de febrero de 2019). En el centro del recrudecimiento de las tensiones entre Washington y Moscú se encuentra el misil de crucero Novator 9M729 (ssc-8, según la clasificación de la otan), desarrollado por Rusia, y que, según el gobierno de ee. uu., infringe el Tratado al superar los 500 kilómetros de alcance. Mientras tanto, Corea del Norte continúa con sus esfuerzos por desarrollar tecnología para fabricar misiles balísticos con cabezas nucleares de largo alcance. Estos ejemplos no hacen sino reflejar que la amenaza nuclear está más viva que nunca a raíz del continuo desarrollo de armamento nuclear.

      41 Apenas dos meses antes del inicio el 30 de noviembre de 2015 de la Conferencia Internacional sobre el Cambio Climático de París, salió a la luz pública que Volkswagen había trucado sistemáticamente durante años los mecanismos de medición de los niveles de contaminación de los motores diésel en millones de vehículos. En los años siguientes, se ha podido conocer que esta práctica era habitual en la industria automotriz transnacional, como lo muestran los casos de Honda, Mazda, Mercedes-Benz, Mitsubishi, Renault-Citroen o bmw, por poner solo algunos ejemplos. Así mismo, en 2018 se hizo público que muchos de los vehículos afectados en países como Alemania por este escándalo están siendo vendidos sin haber rebajado sustancialmente su nivel de emisiones a países como Rumanía, donde la legislación es mucho más laxa a este respecto. Simultáneamente, comienzan a aparecer toda una serie de informes que indican que desde comienzos de la década de 1960 las transnacionales energéticas vienen realizando ajustes en el diseño de las plantas de extracción situadas en lugares particularmente sensibles el cambio climático para responder a un fenómeno del que ya tenían conocimiento desde entonces, y que han negado sistemáticamente hasta nuestros días. Sin embargo, el fiscal general del Estado ha bloqueado toda investigación contra compañías como ExxonMobil por ocultar dicha información, en consonancia con la estrategia de negación pública del cambio climático desplegada por el actual presidente de los Estados Unidos y por el director de su Agencia de Protección Medioambiental. Además, por si esto fuera poco, se acaba de reconocer ante la opinión pública norteamericana que en las elecciones presidenciales del 2016, el Comité Nacional del Partido Demócrata intervino de manera deliberada en las primarias del partido para evitar que el único candidato que recogía en su programa la adopción de medidas específicamente diseñadas para abordar de manera comprehensiva el fenómeno de la emisión de gases contaminantes pudiera tener alguna oportunidad para llegar a la presidencia. De esta manera, mientras la Tierra gime y el ser humano medio sufre, asistimos como espectadores a este espectáculo esperpéntico en relación con la emisión de gases contaminantes de efecto invernadero, aderezado por un alto grado de indiferencia de la transculturalidad neoliberal de la ciudadanía global, como lo muestra, una vez más, la actitud de los gobiernos de Canadá, China, Rusia, ee.uu y algunos de los países escandinavos, y sus respectivas transnacionales, al afrontar el imparable deshielo del Ártico mediante el análisis de la forma de extraer sus minerales de la manera más rentable posible.

      42 J. Canosa Cantor, V. Bonilla Tovar y N. E. Buitrago Rey, “La actividad cuasi-judicial del Comité contra la Discriminación Racial, Comité contra la Discriminación contra la Mujer y Comité por los Derechos de los Niños: alcance y limitaciones”, en Alcance y limitaciones de la justicia internacional, editado por H. Olasolo, N. E. Buitrago Rey, J. Canosa Cantor y V. Bonilla Tovar, vol. 4, cap. 5, 183-220. Colección Perspectivas Iberoamericanas sobre la Justicia, (Valencia: Tirant lo Blanch, Instituto Ibero-Americano de La Haya para la Paz, los Derechos Humanos y la Justicia Internacional & Instituto Joaquín Herrera Flores, 2018).

      43 R. Izquierdo y A. L. Ugalde, “La actividad cuasi-judicial del sistema de protección universidad del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Comité para la Protección de los Trabajadores Migrantes y Comité para la Protección de las Personas Discapacitadas: alcance y limitaciones”, en Alcance y limitaciones de la justicia internacional, editado por H. Olasolo, N. E. Buitrago Rey, J. Canosa Cantor y V. Bonilla Tovar, vol. 4, cap. 6, 221-252. Colección Perspectivas Iberoamericanas sobre

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