Problemática jurídica posdoctoral: Debates iusfilosóficos, iusteóricos y iusdogmáticos. Óscar Mejía Quintana
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El segundo será el modelo de libertad reflexiva. Aquí, el individuo se da leyes y obra de acuerdo con ellas, lo que lo hace libre y autónomo; su proyección social se dirige hacia la deliberación colectiva. El imperativo categórico kantiano determina la autorrealización de la persona y permite precisar la distinción entre autonomía como expresión de ello, y heteronomía como imposición sin autoconsentimiento racional.
El tercero es el modelo de libertad social. Aquí, la consideración es que es libre el individuo que vive en el marco de instituciones que propician la libertad de todos. Hegel desarrolla este modelo en su filosofía del derecho integrando los dos anteriores modelos y conciliando de esa manera lo individual y lo reflexivo. El reconocimiento mutuo es la clave para posibilitar la libertad de todos, y libre es el individuo que vive en el marco de las instituciones. Ese conjunto de condiciones objetivas, subjetivas e intersubjetivas es lo que Hegel denominará eticidad democrática.
La condición posjurídica
Honneth emprende posteriormente la búsqueda de la razón de ser de la libertad jurídica. Esta depende sustancialmente de la naturaleza dual de los derechos subjetivos: el derecho individual de propiedad, por una parte, y por otra, la posibilidad material de asegurar la particularidad de la voluntad, así como el derecho a la protección jurídica de esa esfera privada108. La garantía de los derechos subjetivos radica en la consagración de los derechos sociales, los derechos de libertad liberales y los derechos de participación ciudadana política.
Pero son obvios los límites de la libertad jurídica. La esfera de la libertad jurídica no son solo normas y no puede limitarse a ellas: está constituida por un sistema de acciones institucionales y está determinada por ese contexto ético-institucional que con Hegel se ha denominado eticidad democrática. En ese orden, la libertad jurídica debe cumplir tres condiciones: primera, garantizar una dimensión de sistemas institucionalizados; segunda, ofrecer garantías mundo-vitales de reconocimiento recíproco; y tercera, generar condiciones específicas de relación consigo mismo.
Ahora bien, la principal incapacidad de la libertad jurídica radica en la imposibilidad de asegurar la autonomía sin recurrir a la base del derecho, que termina obstaculizando el ejercicio de la libertad que él mismo pretende garantizar. En consecuencia, se producen las patologías de la libertad jurídica que Hegel ya observaba en su filosofía del derecho como tendencias a la desviación de la libertad jurídica, que después Weber diagnosticará como la pérdida de sentido y la pérdida de libertad del derecho racional moderno.
Honneth visualiza dos formas contemporáneas de desviación de la libertad jurídica, que se concretan en un individuo que se comprende exclusivamente como sujeto de derechos, por lo que se juridiza el mundo de la vida sin permitir, además, una acción comunicativa intersubjetiva efectiva109. La protección jurídica de la esfera privada solo es posible realmente en el trasfondo comunicativo no jurídico del mundo de la vida110.
Helmut Dubiel, cuando planteaba las tareas de la teoría crítica hoy, abogaba por la necesidad de democratizar la democracia. Varias de esas pretensiones eran políticas en el sentido convencional de lo que así entendemos: la transformación democrática del posfordismo; el desarrollo de movimientos sociales alternativos; el fortalecimiento de la esfera pública global; la crítica postotalitaria al concepto de conflicto; el ingreso mínimo ciudadano. Pero otras eran, digámoslo, micropolíticas, caso en un sentido posfoucaultiano: desarrollar nuevas formas de solidaridad social con jóvenes y ancianos y propender por una democracia emocional en el ámbito cotidiano111.
Hartmut Rosa: alienación y aceleración
Hartmut Rosa propone que la aceleración de la vida en general es un factor fundamental para la comprensión de la modernidad y del sujeto moderno que se encuentra inmerso en ella112. De este modo, empieza a describir cómo la aceleración de la vida, la optimización del tiempo y el desvanecimiento de este ocupan un lugar primordial dentro de la sociedad moderna tardía, para lo que propone una “teoría sistémica y un concepto sólido de aceleración social”113. En ese orden de ideas, considera pertinente aludir a tres categorías de análisis de la aceleración, a saber, la aceleración tecnológica, la aceleración del cambio social y la aceleración del ritmo de vida.
Para Rosa, una de las razones esenciales que justifican un análisis de la aceleración social radica en la alteración fundamental de lo que significa “estar en el mundo”, como consecuencia del imperativo de la optimización del tiempo, que se concreta en la aceleración tecnológica, de lo social (de los patrones y la simbolización que los compone) y de la aceleración del ritmo de la vida (sensación permanente de los individuos de escasez de tiempo). La aceleración funciona gracias a los motores de la aceleración, que la hacen un sistema autopropulsado.
En ese sentido, según el autor, en la modernidad tardía opera una “fuerza normativa silenciosa de reglas temporales, que se presenta bajo la forma de plazos, cronogramas y otros límites temporales”114 y que es el resultado de las formas de aceleración que ejercen presión en conjunto sobre el individuo moderno. El individuo transforma su experiencia de estar en el mundo en la medida en que la aceleración social altera sus relaciones con otros individuos, con el mundo objetivo y su subjetividad, es decir, en la medida del sentido que le otorga a su propia existencia. Al respecto, Hartmut Rosa plantea que la teoría social debe preocuparse por dicha transformación, por cuanto puede ser una de las causas del sufrimiento social y de las patologías que enfrenta la sociedad.
Se tiene, pues, que el individuo, bajo la falsa promesa de la autonomía, pierde cada vez más el control sobre su realidad práctica (controlada por normativas temporales), hasta llegar a un estado de alienación. La alienación, según el autor, es el ejecutar una serie de acciones que voluntariamente se quieren realizar, pero que en el fondo se encuentran justificadas por el individuo mismo, bajo la égida de un concepto de deber. El sentido del juicio y la autodeterminación se encuentran viciados. Hartmut Rosa, siguiendo a Marx, señala que existen cinco tipos de alienación, a saber, la de las acciones, la de los productos o cosas, la de la naturaleza, la de los otros seres humanos (mundo social) y la de sí mismo. Como todas tienen en común que están atravesadas por la aceleración, Rosa se permite plantear un tipo de alienación adicional: la del tiempo y el espacio.
La alienación respecto del espacio se produce cuando el individuo no reconoce los espacios que habita y las cosas que se encuentran en ellos debido a la inestabilidad y poco ánimo de permanencia en los lugares que transita, a medida que la aceleración social le impone un mandato de dinamismo y flexibilidad. La alienación respecto del tiempo es desarrollada por Rosa en lo que denomina “la paradoja subjetiva del tiempo”115, que parte precisamente del presupuesto según el cual la duración del tiempo es subjetiva, paradoja a la que pertenecen “el tiempo de la experiencia y el tiempo del recuerdo”116.