Políticas públicas y regulación en las tecnologías disruptivas. Группа авторов

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      2. LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y LA SOCIEDAD CIVIL COMO USUARIOS DE LAS TECNOLOGÍAS DISRUPTIVAS

      La segunda parte del tomo ilustra distintas facetas del Estado y la sociedad civil como –en los términos de Isaza y Zárate– usuarios de estas herramientas en la implementación de políticas y en la interacción con el gobierno. Cada uno de los artículos incluidos en esta parte analiza casos prácticos del uso actual o potencial de tecnologías básicas (p. ej. videos para la evaluación de desempeño docente o plataformas de peticiones por Internet) y avanzadas (p. ej. blockchain y tecnologías militares) por parte de la Administración pública y, en algunos casos, de los burócratas a nivel de calle (Lipsky, 2010), así como la sociedad civil en sus interacciones con la Administración pública.

      El primer trabajo incluido en esta parte del tomo es el de Sandra Patricia Arévalo Ramírez y Martha Liliana Jiménez Cardona, quienes presentan evidencia descriptiva, basada en una encuesta aplicada a docentes de instituciones educativas oficiales, sobre los cambios que ha generado la introducción de tecnologías audiovisuales en la evaluación de desempeño docente. Dentro de estos cambios se encuentran un cuestionamiento de la legitimidad del ejercicio evaluativo en tanto que se percibe muy vinculado a las posibilidades de ascenso en la carrera profesoral, y se estima que no refleja adecuadamente la realidad de la práctica docente. Otro de los aspectos señalados por las autoras tiene que ver con los problemas introducidos por la falta de acceso a las tecnologías, por cuanto la posibilidad de presentar esta evaluación y la calidad de los materiales producidos, dependen de la posibilidad de acceder a Internet y a otras herramientas, oportunidades que no están distribuidas equitativamente en el territorio nacional como lo muestra el trabajo de Herrera y González.

      El trabajo de Luis Antonio Orozco y sus coautores explica el potencial de uso de nuevas tecnologías en lo que denominan las seis funciones de conducción de la guerra, y plantean el desafío que para el sector defensa representa la amenaza a la seguridad derivado de la democratización de estas tecnologías, en particular de los sistemas ciber físicos dotados de autonomía que se basan en la Inteligencia Artificial. Este es un buen ejemplo del rol que deberá cumplir el Estado como un usuario avanzado de estas tecnologías, rol que demanda la inversión en investigación y formación en el uso de las mismas, tanto con fines ofensivos, como para contar con la posibilidad de repeler efectivamente ataques que usen esas herramientas.

      En un sentido parecido, el artículo de Ana Paola Gutiérrez Rico y Erick Camilo Castellanos Reyes propone el uso de blockchain para facilitar la comercialización de energía eléctrica por parte de consumidores que también generan energía, por ejemplo, a través de paneles solares. Consideran los autores que esta sería una alternativa para garantizar el acceso a la energía eléctrica en aquellas zonas que actualmente carecen de conexión, y sugieren que para explorar estas y otras alternativas, el Estado podría crear areneras regulatorias, como las existentes en el sector financiero, para permitir la experimentación con estas y otras opciones. Además de ser un ejemplo del potencial de uso de las tecnologías disruptivas para la provisión de servicios por parte del Estado y para lograr el cumplimiento de los ODS en cuanto al acceso a energía, este caso también ilustra los retos de reducir la brecha digital, por ejemplo, para permitir que el blockchain se democratice en lugares en los que ni siquiera ha sido posible llevar la energía eléctrica.

      Por su parte, el artículo de Martha Ardila introduce el concepto de diplomacia digital, entendida como una extensión de la diplomacia tradicional, “que se basa en las innovaciones y usos inducidos por las tecnologías de la información y la comunicación, como una ayuda para alcanzar los objetivos de la política exterior de un país, siendo una herramienta que permite conectar al Gobierno con diferentes actores” (Ardila, 2021 [En este tomo]). Con base en el estudio de la interacción a través de Twitter en relación con la situación en Venezuela y con los inmigrantes venezolanos, la autora plantea que el uso de redes sociales e Internet ofrece al Estado nuevas maneras de relacionarse con otros Estados al tiempo que abre oportunidades de relacionarse e interactuar de manera más cercana con otros autores (inmigrantes). Sobre esta posibilidad de mayor interacción surgen inquietudes respecto del acceso de los inmigrantes con mayores niveles de vulnerabilidad a estas redes y la posibilidad efectiva que tengan de beneficiarse de la diplomacia digital.

      Otro trabajo en el que se pone énfasis en la apertura de posibilidades de participación e interacción con el Estado es el de Claudia Gafner-Rojas y Luis Felipe Guzmán Jiménez. En este artículo los autores analizan la posibilidad de realizar peticiones en temas ambientales usando plataformas como change.org o avaaz. Estas plataformas facilitan la interacción de la ciudadanía y la sociedad civil con la Administración pública, y representan un desafío para las autoridades y para estas mismas plataformas. Algunos de los aspectos que discuten los autores se relacionan con los cambios que deberían adoptarse para que dichas solicitudes tengan valor jurídico frente a las autoridades administrativas, en particular las ambientales. También se presentan sugerencias de cambios en la regulación y en las mismas plataformas para ampliar y dar mayor legitimidad a la participación, aspecto que se relaciona con uno de los retos identificados por Isaza y Zárate en cuanto al rol de las tecnologías en la promoción de la democracia.

      El estudio de Martha Isabel Gómez-Lee y Juan Pablo Centeno también se ocupa de mostrar cómo los ejercicios de coproducción de políticas son relevantes para la toma de decisiones en torno a desarrollos tecnológicos en distintos ámbitos. En la coproducción, los futuros beneficiarios/afectados de las políticas participan activamente del proceso decisorio y en la implementación. La necesidad de coproducción se hace evidente en el caso de desarrollos tecnológicos en distintos ámbitos, incluido el biotecnológico, en los que el Estado necesita de la colaboración de múltiples actores para entender adecuadamente los problemas y proyectar los posibles efectos de sus decisiones. Aunque el objeto de estudio en este caso es el acceso a los recursos genéticos y distribución de beneficios y las tecnologías biológicas aplicadas al respecto, el marco de análisis propuesto bien podría aplicarse al desarrollo de políticas relacionadas con el blockchain o la Inteligencia Artificial. En estos casos, sería útil considerar en qué ámbitos es posible fomentar la coproducción de políticas y regulaciones. Casos como el del sector defensa elaborado por Orozco et al., incluido en este tomo, podrían no ser aptos para las estrategias de coproducción por estar involucrada la seguridad nacional e información reservada, mientras que casos como el uso del blockchain para promover el acceso a la electricidad, propuesto por Gutiérrez y Castellanos, o el de la evaluación de desempeño docente discutido por Arévalo y Jiménez, podrían ser casos en los que las estrategias de coproducción sean aplicables y se beneficien de las experiencias de consumidores/productores de energía o de los docentes, respectivamente.

      3. EL ESTADO REGULADOR Y LAS TECNOLOGÍAS DISRUPTIVAS

      El siguiente grupo de artículos de este tomo se enfocan en el impacto de las nuevas tecnologías, y de manera más específica el blockchain, en el rol del Estado como regulador. Estos artículos describen las innovaciones que introducen las tecnologías en distintos ámbitos, como el sector financiero, el transporte y el comercio exterior, entre otros, y presentan propuestas sobre ajustes regulatorios que podrían adaptar los Estados y en particular el Estado colombiano para facilitar e incluso promover el uso de estas tecnologías, así como para proteger a los usuarios. Un hilo conductor común en estos artículos es que todos ellos se refieren a situaciones completamente novedosas introducidas por las tecnologías disruptivas, como la posibilidad de realizar ofertas públicas de monedas o valores usando blockchain o la impresión 3D. En estas situaciones, los cambios regulatorios son esenciales para su reconocimiento y promoción, pero también para generar mecanismos de protección de los usuarios, y para evitar el surgimiento de prácticas discriminatorias.

      El primero de estos trabajos es el de Jorge Armando Corredor Higuera y Daniela Ríos Moreno, quienes estudian los retos que enfrenta el Estado colombiano en la regulación de las ofertas públicas de monedas y valores que hacen uso del blockchain, y proponen

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