Introducción a la ética. Edmund Husserl

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Introducción a la ética - Edmund Husserl Torre del Aire

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style="font-size:15px;">      84.Infra, p. 238.

      85.Cf. infra, p. 75.

      86.Infra, p. 239.

      87.Infra, p. 248.

      88.Infra, p. 250.

      89.Infra, p. 254.

      90.Ibid., p. 255. En el tercer ensayo de Renovación, leemos la siguiente formula-ción: «Sé hombre verdadero. Conduce tu vida de modo que siempre puedas justificarla en la evidencia. Vive en la razón práctica». No hay que descuidar, sin embargo, la aclaración que sigue respecto del carácter individual del devenir teleológico implicado en dicho imperativo: «Pero a la exigencia axiológica de ‘ser de este modo’ pertenece por esencia la exigencia práctica de ‘llegar a ser de este modo’, y de, en camino hacia el polo directriz que guía desde la inalcanzable lejanía (en camino hacia la idea de perfección absoluta en la razón absoluta), hacer en cada momento del tiempo lo que en él sea lo mejor posible y, así, hacerse siempre mejor según las posibilidades que el tiempo ofrece» (Renovación, p. 38). Cf. Mariano Crespo, «Husserl on Personal Aspects of Moral Normativity», cit.

      91.Cf. infra, p. 243.

      92.Infra, p. 332.

      93.Cf. infra, p. 160, nota 7.

      94.Ese carácter autónomo se expresa no solo en el tema del excurso, sino también por el hecho de que Husserl extrae el texto de la carpeta en la que se hallaban las lecciones y lo archiva independientemente en la segunda parte de la década de los años veinte. Como señala el editor alemán, Ludwig Landgrebe utiliza algunos pasajes de los tres primeros parágrafos para sus estudios sobre lógica que terminan en la publicación de Experiencia y Juicio, cuyo § 64 corresponde al § 2 del excurso (Hua XXXVII, p. XXXVI).

      95.Infra, p. 270.

      96.Cf. infra, pp. 304-305, nota.

      97.Cf. infra, p. 310.

INTRODUCCIÓN A LA ÉTICA

      Capítulo 1

      DETERMINACIÓN Y DELIMITACIÓN SISTEMÁTICO-INTRODUCTORIAS DEL CONCEPTO DE ÉTICA

      Según la definición transmitida desde antiguo, con la ética sucede de modo semejante, solo que su normación y reglamentación técnica tiene una extensión más universal, incomparable a la lógica y a todas las otras posibles disciplinas técnicas, pues [4] se refiere al querer y actuar en general. Juzgar científicamente es solo una forma particular del actuar humano; las metas teóricas de la voluntad <son> solo una clase particular de las metas de la voluntad en general. Cada género particular de fines que procuran ser universalmente determinantes para el actuar humano funda una técnica peculiar y, adaptada a él, una disciplina técnica posible: así, la estrategia apunta a la guerra; la técnica curativa, a la salud; la arquitectura, a los edificios; la técnica del gobierno, al Estado y, así, toda clase de disciplinas técnicas posibles reales e ideales. Pero debe haber, o al menos se debe postular, una disciplina técnica que esté por encima de todas las disciplinas técnicas humanas y que tenga una reglamentación que las abarque en su conjunto. Esta es la ética.

      Se suele decir que querer un fin significa también querer todo lo que se desprende de él. Pero eso no significa un deber según la ley natural, pues según esta, de modo más preciso, en la facticidad psicológica, puede ser y sucede a menudo que somos inconsecuentes prácticamente, que estamos en contradicción práctica con nosotros mismos o con nuestro fin. Si el fin de la guerra es lo que guía al jefe del ejército, entonces «racionalmente» «debe», y aquí eso significa en la consecuencia práctica hacerse cargo de todo lo que es pertinente a la guerra en tanto consecuencia inevitable, como, por ejemplo, la muerte y la destrucción; debe permitir y, por otra parte, querer positivamente, todo aquello sin lo cual, en tanto medio, no sería realizable el correspondiente fin último. Estas son exigencias de la razón, de la razón en la forma de la consecuencia práctica y de su contrario, la forma de la contradicción práctica.

      Con ello, se indica una afinidad formal de todas las actuaciones o, respectivamente, regulaciones conformes a la técnica: en todo actuar según la técnica, en todos los contextos de actividades posibles referidas a la unidad de un fin conductor, debe [5] imperar la razón práctica en la forma de la consecuencia racional. ¿No hay, se podría preguntar, normas formales y universales que legislen la razón práctica, es decir, la razón en la elección y adecuación de los medios? ¿Y estas no apuntan ya a una disciplina técnica universal más allá de todas las disciplinas técnicas particulares?

      En tanto tal, esta disciplina técnica se extendería desde la consecuencia práctica,

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