Introducción a la ética. Edmund Husserl
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Sin embargo, por más correcto que se muestre este pensamiento y por más necesario que sea poner en evidencia las leyes formales de la consecuencia práctica, de ello no resultaría una ética en sentido propio y menos una ética formal. En todo caso, el pensamiento determinante para la caracterización tradicional de la disciplina técnica ética era otro, a saber: toda disciplina técnica particular toma de la praxis general de la vida humana algún género de fines humanos como predados. Toda disciplina técnica particular trata cada fin director supremo, tal como la estrategia trata la guerra o la ciencia médica la salud, como si fuera simplemente un fin último y valioso por antonomasia. En todo caso, no se pregunta ni se considera si y en qué medida es en verdad un fin digno de aspiración. Pero así como todos los juicios, todos los enunciados teóricos que llegan a posición afirmativa en la actividad del pensamiento, están sujetos a preguntas sobre la legitimidad de la verdad y la falsedad, así también todos los fines que llegan a la posición voluntaria en el querer están sujetos a preguntas sobre la legitimidad. Si la voluntad pone el fin y el medio, entonces también estos tendrían que calificarse como proposiciones de la voluntad, en paralelo con las proposiciones que realiza el juzgar teórico y que se destacan lingüísticamente como proposiciones enunciativas. Y por ambas partes, en las proposiciones judicativas y en las volitivas, hablamos, de modo paralelo pero manifiestamente no en sentido idéntico, de corrección [Richtigkeit] [6] e incorrección [Unrichtigkeit], también de valor y desvalor; generalizando, hablamos de verdadero y falso. Es completamente usual hablar de fines y de medios verdaderos y falsos. Se llama normativas a tales preguntas, apreciaciones o decisiones dirigidas a la corrección e incorrección, al valor y desvalor.
Debe haber, pues, este es el pensamiento conductor, una ciencia normativa que abarque con la mirada los fines humanos de una manera universal y que los juzgue desde un punto de vista normativo universal; en otras palabras, que investigue si los fines son como deben ser. Esta ciencia no se dirige a meras cuestiones de hechos, a cuyos fines y, ante todo, fines últimos aspiran fácticamente los seres humanos y a los que considera, en universalidad, como géneros de fines últimos superiores, sino que está dirigida a preguntas sobre la legitimidad, preguntas sobre el valor: ¿ se debe aspirar a tal clase de fines, merecen que se aspire a ellos?
Como se puede ver desde un principio, aquí aparece la pregunta acerca de si y en qué medida, frente a la multiplicidad de fines que un agente se propone o se puede proponer y entre los cuales elige o puede, respectivamente, elegir, hay un fin que no sea solo de hecho, sino que sea legítimamente un fin último y superior. También aparece la pregunta acerca de si, según ello, el ser humano no está sujeto a la exigencia de un deber4 absoluto, de una obligación absoluta, en la medida en que debe existir para él, en toda situación, quizás para la unidad de toda su vida activa, un fin último pura y simplemente exigido, es decir, no solo superior en el sentido del fin último relativamente mejor, sino en el sentido del fin únicamente correcto para él. De acuerdo con esto, todos los otros fines admisibles serían meramente derivados de este; se convertirían, entonces, en particularizaciones o en medios. Y con ello, la entera vida de la voluntad del ser humano estaría absoluta y unitariamente regulada por normas de la razón práctica.
La pregunta determinante para la posibilidad de una disciplina técnica ética es, entonces, la siguiente: ¿hay principios universales, leyes normativamente supremas, según los cuales todas las metas de la voluntad y, en especial, todos los fines últimos posibles se dividen ante la razón en correctos e incorrectos y que todos los fines humanos particulares tengan que satisfacer a priori para que, en general, puedan ser considerados como legítimos? ¿Hay normas del proponer fines y del actuar que el ser humano, el cual elige ya entre fines juzgados como positivos en sí y para sí, deba satisfacer, por consiguiente, [7] normas de la preferencia correcta, normas cuya infracción signifique para el agente el reproche práctico de que eligió lo que no debía elegir, que hizo lo que no tenía permitido hacer? ¿Hay, por razones legales de principio, un unum necessarium para cada agente? ¿Está sujeta toda vida volitiva de una persona, tomada en su unidad universal en conformidad con estas razones, a una legislación regulativa que, en tanto idea, traza de antemano la vida éticamente buena y se traduce en una cadena de acciones en la que cada acción estaría caracterizada como absolutamente debida?
La conducta universal de los seres humanos parece hablar a favor de ello. Estos se hacen constantemente la misma pregunta de conciencia, como si permanentemente tuvieran esta convicción solo que sin formularla: «¿Qué debo hacer, qué exige de mí mi situación vital como lo debido aquí y ahora?». Y con ello, también formulan enunciados universales que captan todas las peculiaridades de las situaciones, como «¡No te dejes arrastrar por las pasiones!», «¡Haz todo lo que puedas según tu leal ciencia y conciencia!». Si esto es correcto y lo asumimos como tal, sin dejarnos confundir por el escepticismo ético, entonces debe haber una disciplina suprema práctica y normativa que nos procure, en la universalidad científica sobre los principios y las normas que han de derivarse de ellos, la apreciación5 de lo sencillamente debido en cada caso y que, a partir de ahí, siguiendo la típica de las situaciones prácticas posibles, nos provea de prescripciones prácticas sobre cómo regir nuestra vida según ellas y que nos acerque lo más posible a la idea de una vida ética buena y a cómo podemos realizarla según su posibilidad.
Quizá se haga manifiesto que este razonamiento no es suficientemente radical. Quizá esta determinación de la ética como disciplina técnica del actuar correcto no es la última palabra que hay que decir sobre esto, así como la determinación de la lógica como disciplina técnica del conocimiento tampoco es lo último y lo mejor que hay que decir sobre el conocimiento. De todos modos, aunque no es lo último que decir, es algo que tiene su valor; esto significa que, de todas maneras, es claro desde el principio que tales disciplinas técnicas tienen su buen sentido y derecho; por eso, podemos muy bien tomar como punto de partida para la ética (con la precisión realizada) este modo de delimitación y definición de tareas preferido desde antiguo.
[8] §2. Aclaraciones complementarias a la determinación conceptual de la ética en tanto disciplina técnica
a) Sobre la delimitación del ámbito de objetos de las apreciaciones éticas. La persona y su carácter en la apreciación ética
Ahora sería aún necesaria como complemento la consideración de la pregunta acerca de cómo podemos satisfacer ciertas representaciones que, para nosotros, se vinculan usualmente con la palabra «ética». Llamamos «éticas» no solo a las voliciones y acciones, incluidas sus metas, sino también a las disposiciones morales de fondo6 que permanecen en la personalidad en tanto direcciones habituales de la voluntad. Llamamos, además, «éticos», de modo más diferenciado, éticamente loable o rechazable, éticamente positivos o negativos, también a los simples apetitos, deseos, o a sus fines en cuanto tales, y además a otros sentimientos y afectos. Así, llamamos a varias clases de alegría o tristeza «bellas», nobles, malas, viles, vulgares y vemos en ellas predicados éticos; y lo mismo sucede con las disposiciones de fondo correspondientes, con las direcciones habituales del sentimiento como el amor y el odio. De este modo, apreciamos todas las propiedades emocionales habituales y, en resumen, el «carácter» total de una persona como ético o éticamente reprobable, tanto el carácter innato como el adquirido, y, así, finalmente y de modo del todo particular, a la persona misma.
Una ética, en cuanto disciplina técnico-práctica según la definición dada, puede satisfacer fácilmente todo esto. La unidad de la asignación de la meta, que atraviesa la unidad de una vida humana en la forma ética de la exigencia absoluta del deber,