Migraciones y seguridad: un reto para el siglo XXI. Alejo Vargas Velásquez

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Migraciones y seguridad: un reto para el siglo XXI - Alejo Vargas Velásquez

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de la seguridad nacional, policías y militares son autorizados tácitamente a participar en actividades contra la inmigración –particularmente la irregular–, lo que en ocasiones puede llevar a cometer actos discriminatorios, contrarios a los derechos humanos universalmente reconocidos. En la práctica, se convierten entonces en los principales agentes securitizadores, puesto que su objetivo principal es identificar y neutralizar las amenazas que vehiculan los inmigrantes y sus redes, en general, así como identificar cuáles de ellos se encuentran en situación de irregularidad y detectar las redes de traficantes de inmigrantes, en particular. Esta práctica es habitualmente asociada al uso frecuente de la psicología del terror con el propósito de interiorizar en los conciudadanos el miedo al extranjero, la idea de los indocumentados como generadores de violencia e inseguridad, asociándolos con el terrorismo, el crimen organizado y el narcotráfico; esto contribuye a ver al migrante irregular o en situación de irregularidad como un enemigo interno.

      Esta relación entre securitización y psicología del terror se expresa, en algunos casos, en la conformación de autodefensas civiles contra la potencial amenaza que deriva de la presencia del extranjero. Este fenómeno se evidencia en los grupos paramilitares en la frontera sur de Estados Unidos y los grupos de tendencia neonazi en Europa, que se sustentan sobre discursos antiinmigración, nacionalistas y xenófobos, basados sobre el rechazo a los elementos raciales y culturales extranjeros y diferentes a la identidad nacional histórica. Este tipo de posturas tienen auge sobre todo en tiempos de crisis; cuando se buscan chivos expiatorios o a quiénes culpar por la inseguridad política o las penurias económicas y sociales que padecen las poblaciones nativas, tal como sucedió después de los ataques terroristas del 11 de septiembre, con la crisis económica de 2008 y con la gran crisis de 1929. Como hemos evidenciado que esta situación de miedo y odio al extranjero puede ser asociada a los procesos de securitización de las migraciones, vale la pena explorar algunas dimensiones de la xenofobia, el racismo y la discriminación en las sociedades modernas.

      Racismo, xenofobia y discriminación

      Para realizar una definición de racismo y xenofobia, es necesario tomar en cuenta el enfoque metodológico desde el cual se pretenden identificar las prácticas de rechazo a personas por su origen étnico, nacional, cultural o religioso. Por lo tanto, a partir de la aproximación teórica que propone Wetherell, el racismo se entiende “como el proceso de marginalizar, excluir y discriminar a aquellos definidos como diferentes sobre la base de un color de piel o pertenencia grupal étnica” (citado por Cea D’Ancona, 2009, p. 16).

      También se reconoce la existencia de racismo de clase, cultural y simbólico. En el caso del racismo de clase, si “el racismo y la xenofobia son, en la mayoría de los casos, expresión de un clasismo muy arraigado”, encontraríamos un punto de conexión con la teoría marxista, ya que el racismo y la xenofobia pueden ser considerados como elementos de lucha entre opresores y oprimidos, que podrían ser superados al moderarse dicha confrontación de clases. En este orden de ideas,

      el racismo cultural acaece cuando la identidad cultural del inmigrante contraviene la identidad de la población autóctona y esta siente que sus rasgos identitarios están amenazados. El inmigrante pasa a percibirse como amenaza a la pérdida de la homogeneidad cultural. (Cea D’Ancona, 2009, p. 7)

      Por su parte, el racismo simbólico se relaciona con el rechazo a la inmigración basada en los efectos negativos para la identidad nacional de los países receptores (idioma, cultura, tradiciones), junto con el malestar por las medidas a favor del inmigrante sobre el autóctono (Cea D’Ancona, 2009, p. 19).

      A su vez, la xenofobia es definida como el miedo-rechazo a los extraños o extranjeros que residen territorios donde existe una cultura dominante. Asimismo, entran en acción mecanismos de defensa a través de prácticas discriminatorias con el fin de conservar los elementos de la cultura dominante frente a la amenaza (Soyombo, 2008, p. 88); lo que lleva a considerar la xenofobia como un término múltiple que puede enmarcar el ejercicio de prácticas y discursos discriminatorios.

      En este orden de ideas, recurrimos al Manual de legislación europea contra la discriminación (2010), elaborado por la Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, para distinguir la discriminación directa de la discriminación indirecta. En efecto, se considera que existe discriminación directa cuando una persona es tratada de manera menos favorable de lo que haya sido o vaya a ser tratada otra persona en situación comparable, debido a una característica concreta de esta persona relacionada con los motivos protegidos que, según el Manual, son los siguientes: el género, la orientación sexual, la discapacidad, la edad, la raza, el origen étnico y nacional, la religión y las creencias.

      Por otra parte, se habla de discriminación indirecta cuando se evidencia una disposición, un criterio o una práctica que afecta de modo sustancialmente más perjudicial a un grupo definido por uno de los motivos protegidos, en comparación con otras personas en situación similar. Asimismo, se demarcan escenarios donde el cuerpo del inmigrante es sometido a todo tipo de explotación, como los trabajos forzados y la explotación sexual.

      Trata de personas, tráfico de migrantes y explotación del cuerpo migrante

      Aquí, el cuerpo se convierte en un eje de reflexión teórica por su carácter de construcción cultural, social y política, y en el cual confluyen significaciones individuales y colectivas. Para ello, partimos del enfoque de análisis de la anatomopolítica que permite pensar las migraciones irregulares en asociación con los cuerpos de los inmigrantes, que son deseados en los países desarrollados para realizar trabajos sin protección legal. Además, este enfoque permite conocer los discursos sobre el cuerpo-máquina, el cuerpo-productividad y el cuerpo-objeto, que correlativamente abren el camino a la comprensión del cuerpo como transformación, como fuente de riqueza y como construcción de seres humanos colmados de temores, confianzas, fracasos, logros, goces y dolores (Torres y Munévar, 2004, pp. 9-10).

      En este orden de ideas, los cuerpos de mujeres víctimas de la trata de personas o vinculadas voluntariamente a redes de prostitución, son ejemplos de cuerpos deseados, no solo por quienes se lucran por su ingreso ilegal a través de las fronteras nacionales, sino por quienes se benefician de su trabajo barato –y en ocasiones obligado–. Estos cuerpos migrantes entran en la disciplina laboral siendo sometidos a largas jornadas de trabajo con muy malas remuneraciones –y en ocasiones ninguna–. Se les coacciona con la amenaza de violencia o exposición ante las autoridades, en un ambiente de clandestinidad e invisibilidad ocasionado por la irregularidad de su condición migratoria (UNODC, 2012, p. 45).

      En efecto, la migración irregular se relaciona especialmente con fenómenos ilegales como el tráfico y la trata de personas dentro del marco de economías ilegales que, pese a las crisis, mantienen una tendencia de crecimiento constante. Como lo demuestran los estudios realizados por Benítez (2011) e Isacson y Meyer (2012), en tanto mayores son las medidas de vigilancia en la frontera y las restricciones migratorias que se imponen en los países desarrollados, mayor es la propensión de los migrantes de acudir a traficantes que faciliten el ingreso al país de destino, y también es mayor el precio que estas redes ilegales cobran por su servicio. Una precisión conceptual obliga a mencionar en este punto que Acnur considera que los términos trata de seres humanos y tráfico de migrantes tienen acepciones diferentes.

      Por un lado, el tráfico de migrantes es definido como

      […] la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente

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