El análisis económico del Derecho. Pierluigi Chiassoni

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investigación4. Esta primera acepción de “law and economics”, relativamente extendida en los años ’50 y ’60 actualmente es poco común.

      2. CARACTERÍSTICAS DEL ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHO

      El anterior estudio lexical permite comprender algunos aspectos de la corriente de pensamiento americano, conocida como “análisis económico del derecho”.

      En primer lugar, el surgimiento del análisis económico del derecho puede datarse, aproximadamente, entre mediados de los años ’50 y mediados de los años ’70. En este período, en efecto, se verifican los cambios en el léxico jurídico americano que acabo de señalar.

      En segundo lugar, el análisis económico del derecho, en cuanto corriente de pensamiento surgida entre mediados de los años ’50 y mediados de los años ’70, no parece un fenómeno enteramente nuevo en la cultura jurídica americana. De hecho, el “verdadero” análisis económico del derecho tendría un precedente en corrientes doctrinales sumariamente denominadas “viejo análisis económico del derecho”, desarrolladas entre el final del siglo XIX y los años ’30, que nunca desaparecieron del panorama cultural americano debido a la persistencia y expansión de la legislación económica estatal y federal, aunque nunca fueron encumbradas al rol de experiencias intelectuales con gran impacto.

      En tercer lugar, el análisis económico del derecho es una corriente de pensamiento para nada unitaria, cuyos exponentes son economistas de las más diversas orientaciones, carentes de formación jurídica formal (por ejemplo: Armen Alchian, James Buchanan, Ronald Coase, Harold Demsetz, Aaron Director, Susan Rose-Ackerman, Warren Samuels, Steven Shavell, George Stigler, Oliver Williamson), juristas carentes de formación económica formal (por ejemplo: Bruce Ackerman, Robert Bork, Charles Goetz, Richard Posner, Robert Scott) y, finalmente, estudiosos dotados tanto de formación jurídica formal como de formación económica formal (por ejemplo: Guido Calabresi, Henry Manne, A. Mitchell Polinsky).

      En quinto lugar, por último, con el auxilio de instrumentos de investigación económica, los exponentes del análisis económico del derecho —o, por abreviar, los iuseconomistas— persiguen al menos dos objetivos.

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