Protocolo para la organización de actos oficiales y empresariales.. Juan de Dios Orozco López

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Protocolo para la organización de actos oficiales y empresariales. - Juan de Dios Orozco López

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General de Precedencias en el Estado de España.

      1 Rey o Reina.

      2 Reina consorte o Consorte de la Reina.

      3 Príncipe o Princesa de Asturias.

      4 Infantes de España.

      5 Presidente del Gobierno.

      6 Presidente del Congreso de los Diputados.

      7 Presidente del Senado.

      8 Presidente del Tribunal Constitucional.

      9 Presidente del Consejo General del Poder Judicial.

      10 Vicepresidentes del Gobierno, según su orden.

      11 Ministros del Gobierno, según su orden.

      12 Decano del Cuerpo Diplomático y Embajadores extranjeros acreditados en España.

      13 Ex Presidentes del Gobierno.

      14 Presidentes de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, según su orden.

      15 Jefe de la Oposición.

      Quien más se acerca al n.º 1, que en este caso es el Rey o la Reina, tiene más responsabilidad, jerárquicamente tiene más subordinados y, desde luego, tendrá más honores que los que le siguen.

      Así que me atrevo a afirmar que las precedencias, en el ámbito oficial, confieren honor, determinan jerarquías y están íntima y directamente relacionadas con las responsabilidades que una autoridad desempeña.

      Lo que queda meridianamente claro en el establecimiento de precedencias oficiales es que cada país legisla conforme a sus necesidades y sus propias preferencias. En la ordenación de las personas que ocupan los cargos públicos se puede observar la condición democrática o dictatorial de un país, la división y separación de poderes y lo avanzado de su organización política.

      En protocolo oficial, alterar el orden de precedencias es muy difícil y, en este sentido, se podría hablar de un tipo de protocolo rígido, como ya hemos dicho. La tradición, la costumbre y la norma legal establecen por periodos prolongados de tiempo qué se debe hacer, cuándo y cómo. El porqué solo afecta al inicio de la redacción de los reglamentos en los que se suele dar razón para el establecimiento de los mismos mediante una exposición de motivos que provocan la aprobación de la norma.

      Legislar de nuevo o modificar una norma legal requiere a veces de complejos mecanismos y consenso político. Una legislación en la que se determine quién va delante de quién, por encima de ideologías y con idea de establecer una norma perdurable, requiere el consenso y la cesión de parcelas de poder que los políticos no siempre están dispuestos a transferir. Por citar un caso, desde 1983 hasta la fecha –finales de julio del año 2015– no se ha modificado o ampliado sustancialmente la normativa legal de precedencias en España, aun cuando está completamente obsoleta y su aplicación en determinados casos es arriesgada.

      La ausencia de norma, por otro lado, permite al poder ejecutivo hacer y deshacer según su conveniencia dado que, al no estar determinada la preferencia en el lugar a ocupar, siempre se puede colocar al que más convenga según las “necesidades” del momento. En este caso, la vanidad, la preferencia personal o la ideología política de quien está en el poder podrían llegar a soslayar los más elementales principios democráticos.

      5.4. Criterios para el establecimiento de la precedencia

      Cuando existe norma establecida que determina la preferencia en el lugar, no debiera existir mayor problema para la ordenación, siempre que no asistan al mismo acto personas con igual rango. Los problemas, sin embargo, aparecen cuando varios responsables de la misma importancia aparecen en un acto. Estos problemas se incrementan progresivamente en razón del nivel de “ego” de los asistentes.

      Claro está que la validez de un criterio de ordenación o distribución tendrá una relación directa con el tipo de acto –sea oficial, empresarial o social– que se lleve a cabo. En cualquier caso, dentro de las posibilidades del jefe de protocolo y de los límites de la normativa establecida, hay que atender a las preferencias del anfitrión, que es quien usualmente preside y hace frente a los gastos derivados de la organización de un acto, particularmente los que se celebran en el ámbito empresarial y en el social.

      En el ámbito oficial y empresarial, a igualdad de rango, los criterios que suelen seguirse para la ordenación de cargos, salvo norma o tradición en contra, son:

      1 El de mayor antigüedad en el empleo precede al de menor antigüedad. Ejemplo: un jefe de área que ocupó su puesto en el año 2010 precede a un jefe de área que lo ocupó en el año 2012.

      2 El de mayor edad precede al más joven. Ejemplo: si dos jefes de área tomaron posesión de puesto de trabajo el mismo día, el que más edad tiene precede al más joven.

      3 El que más arriba se encuentra en el orden alfabético de la inicial del primer apellido, precede al que tiene una inicial situada en lugar más baja. Ejemplo: si dos jefes de área tomaron posesión de su puesto de trabajo el mismo día y tienen la misma edad –ya es difícil esta situación–, el que tiene por primer apellido Álvarez precederá al que tenga por primer apellido Zurita.

      Es muy importante destacar aquí que, tanto en el ámbito oficial como en el político, a la hora de establecer precedencias, no existe el género masculino o femenino, sino el nivel de responsabilidad directamente relacionado con el cargo que se ocupa. Sin embargo, la buena educación debe estar presente en cualquier acto, siempre que ello no provoque conflicto o malentendidos. Me refiero a que es de buena educación que un joven ceda el paso a una persona mayor, aunque aquel tenga más rango que este, o que un hombre ceda el paso a una mujer.

      En lo que se refiere a la precedencia en el ámbito social, está claro que, aun cuando las normas sociales no serían de obligado cumplimiento en el ámbito oficial y empresarial, la precedencia se establece así:

      1 Las damas preceden a los caballeros.

      2 Los mayores preceden a los jóvenes.

      3 Los casados a los solteros.

      Pero las precedencias se establecen no solo entre personas, sino también para los símbolos como las banderas, colegios de personas o incluso entre naciones o entidades menores, como pueden ser regiones autónomas dentro de un país.

      5.5. Los criterios de precedencias en organizaciones internacionales

      Nos detenemos ahora a analizar la ordenación de representantes de países en las organizaciones internacionales como la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), la Unión Europea (UE), la Unión Africana (UA) o la Comunidad Caribeña (CARICOM).

      La precedencia entre organizaciones internacionales la encabeza la ONU. Las razones para ello habría que buscarlas en su importante cometido y en el número de países que la integran.

      Desde mi punto de vista, el criterio más importante para la ordenación entre organizaciones internacionales es precisamente el número de países que integran las mismas y no la importancia relativa de la propia organización, que sería imposible de medir y valorar con criterios objetivos salvo en el caso de la ONU.

      Pongamos

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