El modelo de listas de votación cerradas y bloqueadas en el sistema electoral mexicano y su carácter representativo. Hilda Villanueva Lomelí

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El modelo de listas de votación cerradas y bloqueadas en el sistema electoral mexicano y su carácter representativo - Hilda Villanueva Lomelí

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o indirectamente— para un periodo determinado en el cargo.

      b)El jefe de Estado comparte el poder Ejecutivo con un primer ministro, con lo que se establece una estructura de autoridad dual.

      c)El presidente es independiente del parlamento, pero no se le permite gobernar solo o directamente, y en consecuencia su voluntad debe ser canalizada y procesada por medio de su gobierno.

      d)Por otra parte, el primer ministro y su gabinete son independientes del presidente porque dependen del parlamento; están sujetos al voto de confianza o al voto de censura, y en ambos casos requieren el apoyo de una mayoría parlamentaria.

      e)La estructura de autoridad dual del semipresidencialismo permite diferentes balances de poder, así como predominios de poder variables dentro del Ejecutivo, bajo la rigurosa condición de que el potencial de autonomía de cada unidad componente del ejecutivo subsista (ibid., pp. 148-149).

      La forma del Estado mexicano

      El Estado mexicano es, por su estructura, un estado federal, y por las modalidades de ejercicio del poder, democrático, republicano y representativo, con un sistema de gobierno presidencial. Cabe destacar que el llamado supremo poder de la federación se caracteriza por la suma de las competencias asignadas a los órganos federales para el ejercicio de las funciones inherentes del Estado, que en México se encuentra divido por los poderes legislativo, ejecutivo y judicial (Mendoza, op. cit., p. 127).

      México cuenta con un sistema electoral, entendido como el conjunto de reglas a través de las cuales los electores pueden expresar sus preferencias políticas mediante el voto, mismas que se transforman en escaños y cargos en el gobierno (González, op. cit., p. 49).

      El artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece:

      Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.2

      El artículo 41 de la CPEUM distribuye el ejercicio del poder político entre el gobierno federal y de los estados y concreta que la renovación de los poderes legislativo y ejecutivo se realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas, conforme a las bases que menciona.

      En relación con los partidos políticos el artículo anterior señala:

      •Son entidades de interés público que tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática.

      •Garantiza que los partidos políticos nacionales cuenten con elementos para llevar a cabo sus actividades y señala las reglas a que se sujetará su financiamiento.

      •Fija el derecho que tienen al uso de los medios de comunicación social.

      •Concreta que la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el poder legislativo de la unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley.

      Cabe destacar que, históricamente, el presidencialismo de México se inspiró en el sistema norteamericano, en virtud de que se enfocó en garantizar las formas constitucionales y la estabilidad de los poderes, sin embargo se transformó en un hiperpresidencialismo, enfocado en la concentración del poder (Carpizo, en González, 2004, p. 96).

      El Instituto Nacional Electoral (INE)

      El 10 de febrero del 2014 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, la reforma constitucional en materia político-electoral, transformando al Instituto Federal Electoral en Instituto Nacional Electoral, con el principal objetivo de homologar los estándares electorales federales y locales.3

      El artículo 41 constitucional define al INE como un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el poder legislativo de la unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley; además, será la autoridad en la materia, independientemente de sus decisiones y funcionamiento y profesional desempeño.4

      Los principios rectores de dicho instituto son los siguientes:

      •Certeza.

      •Legalidad.

      •Independencia.

      •Imparcialidad.

      •Máxima publicidad.

      •Objetividad (ibid.).

      Las principales funciones del INE, de acuerdo con la reforma constitucional antes aludida, se constriñe a lo siguiente:

      a)Organizar la elección de los dirigentes de los partidos políticos a petición de estas organizaciones.

      b)Garantizar que los candidatos independientes tengan acceso a tiempos del Estado en radio y televisión, para que puedan difundir sus campañas.

      c)Verificar que se cumpla el requisito mínimo (2% de la lista nominal) para solicitar el ejercicio de las consultas populares y realizar las actividades necesarias para su organización, incluido el cómputo y la declaración de resultados.

      d)Fiscalizar los recursos de los partidos políticos a nivel federal y local en forma expedita, es decir, en el transcurso de las campañas y no una vez que terminen.5

      Adicional a lo anterior, el artículo 41 de la CPEUM establece que el INE tendrá que administrar el tiempo que corresponde al Estado en radio y televisión para fines electorales, así como las siguientes funciones:

      a)Impartición de capacitación electoral.

      b)Determinación de la geografía electoral, diseño y administración de los distritos electorales y división del territorio.

      c)Elaboración del padrón y las listas electorales.

      d)Ubicación de las casillas y la designación de los funcionarios de sus mesas directivas.

      e)Determinación de las reglas, lineamientos, criterios y formatos en materia de resultados preliminares, encuestas o sondeos de opinión; observación electoral; conteos rápidos; impresión de documentos y producción de materiales electorales.

      f)Fiscalización de los ingresos y egresos de los partidos políticos y candidatos.

      g)Preparación de la jornada electoral.

      h)Declaración de validez y el otorgamiento de las constancias en las elecciones de diputados y senadores.

      i)Realización del cómputo de la elección de presidente de los Estados Unidos Mexicanos en cada uno de los distritos electorales uninominales.6

      Órganos del gobierno federal mexicano

      Los

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