Ancestrales hechizos de amor. Armín Gómez Barrios

Чтение книги онлайн.

Читать онлайн книгу Ancestrales hechizos de amor - Armín Gómez Barrios страница 4

Ancestrales hechizos de amor - Armín Gómez Barrios Minimalia clásica

Скачать книгу

ante el S(eñor) Comiss(ario) desta Villa el B(achiller) Ju(an) de V(illarreal) en una causa q(ue) se le sig(ue) contra Fran(cis)ca de la Zerda mestiza vez(ina) de dicha villa, y refir(io) en substancia lo que tiene declarado en su dicho, y pidio se le leyesse su dicho, y le fue luego leydo de verbo ad verb(um) y contenido en la plana antescedente y siendole leyda y haviendo el dicho Matheo de Yrigoyen oydolo dixo que aquello era su dicho, y el lo avia dicho según se le avia leydo y estava bien scripto y assentado, y q(ue) era la verdad, y en ello se affirmaba y affirmo ratificaba y ratifico, y si necess(ario) era lo decia de nuevo por descargo de su consciencia encargosele El Secreto en forma y (pro)metiolo Y lo firmo con el dicho S(eñor) Comiss(ario) y lo frimo

      (Foja 2)

      El dicho P(adr)e Predicador Fray Antonio de Vlibarri

      (firmas)

      B(achiller) JHOAN DE VILLA(RREAL)

      MATHEO DE IRIGOYEN

      Fray ANTONIO DE VLIBARRI

      Passo ante mi

      CLEM(EN)TE M(ARTÍNEZ) RICO

      (Cuarto documento. Foja 1)

      En la villa de Santiago del Saltillo en v(ein)te y cinco dias del mes de Mayo de mil y seiscientos y sesenta y ocho a(ños) en la mañana ante el s(eñor) B(achiller) Ju(an) de V(illarreal) Cura Beneff(icia)do por su Mag(estad), Commis(ario) de los tribunales del santo Off(ici)o y Cruzada (com)parescio siendo llamado Andres Farias dijo: Juan de Farias vez(ino) y Labrador de esta dicha villa de Edad de setenta años poco mas, o menos Y Juro en forma (que) dira v(erdad)

      Preguntado si sabe o, pressume la causa porq(ue) ha sido llamado

      Dixo q(ue) no lo sabe, ni la presume

      Y preguntado si sabe o, a oydo decir q(ue) alg(una) pers(on)a alguna aya dicho, o, hecho cosa alg(un)a q(ue) sea, o, parezca contra n(uest)ra s(ant)a fee Catholica ley evangelica q(ue) predica y enseña la S(an)ta Yglesia Catholica Romana, o, contra el recto, o libre exercicio del S(an)to Off(ici)o

      Dixo q(ue) no lo sabe

      Preguntado si sabe, o a oydo decir a alg(una) p(erson)a q(ue) aya hechado la sangre del menstruo dentro de alg(un)a vevida o Raspandose las uñas de los pies hechando las raspaduras en comida o vevida

      Dixo que no lo sabe

      Preguntado si conosce a Fran(cis)ca de la Zerda mestiça soltera Y si la tiene por mug(er) de b(uen)a vida y costumbres forma y oppinion.

      Dixo q(ue) si conosce y sabe que es hija de Ysabel de la Zerda mestiza vez(in)a desta dicha v(ill)a y de Phelipe de San Miguel ya diffuncto y que (h)a diez y ocho, o veinte a(ños) poco más, o menos q(ue) Conosce a la dicha y oyo decir q(ue) estuvo muchos a(ños) en mala amistad con un hombre casado y q(ue) de lo demas q(ue) se le a preguntado de la susodicha no sabe ni a oydo decir cosa alguna y esta es la verdad en el juram(en)to q(ue) tiene dicho Y siendole leydo dixo q(ue) estava bien escripto Y que no lo dice por odio y (pro)metio el secreto Y lo firmo con el dicho s(eñor) Commisario entre r(everendo)s de la Yglesia

      JHOAN DE VILLAREAL

      JUAN DE FARÍAS

      Passo ante mi

      CLEM(EN)TE M(ARTÍNEZ) RICO

      (Foja 2)

      En la V(illa) de Santiago de Saltillo en v(ein)te y nueve d(ias) del mes de Mayo de mil y seiscientos y sesenta y ocho a(ños), ante el B(achille)r Ju(an) de V(illarreal) Commi(sario) del sancto Off(icio) desta dicha V(ill)a (com)parecio siendo llamado Juan de Farias vez(ino) de dicha v(ill)a de edad de setenta años poco mas o menos, del qual estando pres(en)te la honesta y religiosa p(ersona) como la de R(everen)do P(adre) Pred(icad)or Fr(ay) Antonio de Vlibarri Ministro de doctr(in)a de la N(uev)a Tlascala territ(ori)o de esta dicha Villa del orden de San Fran(cis)co q(ue) tiene jurado el secreto, fue recibido juram(en)to en forma y prometio decir verdad

      Preguntado si se acuerda haver deppuesto ante algun juez contra p(ersona) alguna sobre sosas tocantes a la fee

      Dixo q(ue) Se acuerda haver dicho su dicho ante el S(eñor) Commi(sario) de esta V(ill)a el B(achille)r Juan de V(illarreal) en una causa q(ue) se sigue contra Fran(cis)ca de la Zerda y San Miguel mestiza vez(in)a de dicha V(ill)a y refirio en substancia lo que tiene declarado en su dicho, y pidio se le leyesse su dicho, y le fue luego leydo de verbo ad verbum cont(eni)do en la plana antescedente, y siendole leydo y haviendo el dicho Juan de Farrias oydolo Dixo q(ue)aquello era su dicho, y el lo havia dicho segun se le avia leydo Y estava bien scripto, y assent(a)do y que era la v(erda)d y en ello se affirmaba y affirmo ratificaba y ratifico y si neces(ario) era lo decia de nuevo por descargo de su consciencia encargosele el Secreto en forma prometiolo y lo firmo con el dicho S(eñor) Commisario y lo firmo el dicho P(adre) Predic(ad)or Fr(ay) Antonio de Vlibarri

      JHOAN DE VILLAREAL Fray ANTONIO DE VLIBARRI

      JUAN DE FARÍAS

      Passo ante mi

      CLEM(EN)TE M(ARTÍNEZ) RICO

      (Quinto documento. Foja 1)

      En la Villa de Santiago de Saltillo en v(ein)te y cinco d(ias) del mes de Mayo de mill y seiscientos y sesenta y ocho a(ños) por la mañana ante el S(eñor) B(achille)r Ju(an) de V(illarreal) Cura Beneff(icia)do por su Mag(esta)d, Commi(sario) de los tribunales del S(an)to Off(icio) y Cruzada (com)Parescio siendo llamado Pedro Florez mestizo vez(ino) de dicha Villa de edad de cuarenta y ocho a(ños) poco mas o menos y juro en forma q(ue) dira verdad

      Y preguntado si sabe, o presume la causa porq(ue) a sido llamado

      Dixo q(ue) no la sabe, ni la presume

      Y preguntado si sabe, o, a oydo decir q(ue) alguna p(erson)a aya dicho, o hecho cosa alg(un)a q(ue) sea o parezca contraria a (la) S(ant)a fee Catholica Ley evangelica q(ue) predica y enseña la s(an)ta Yglessia Católica Romana, o contra el recto, o libre excercicio de s(an)to Off(ici)o

      Dixo q(ue) no lo sabe ni a oydo cosa alguna de las q(ue) se le preguntan

      Preguntado si sabe, o a oydo decir q(ue) alguna pers(on)a aya tenido en su poder algunos huesos de diffuntos, moliendolos para ussar de ellos para algun mal effecto

      Dixo q(ue) lo que sabe para descargo de su consciencia q(ue) debe de haver seis meses poco mas o menos q(ue) le conto Andres Martin español residente en esta Villa vez(ino) de la puebla de los Angeles cassado en dicha ciudad q(ue) tiene offi(ci)o de harriero q(ue) usso para mal fin de algunos huessos de difuncto poniendolos en la cabecera de una mug(er)cassada por haverle assegurado una persona q(ue) la alcansaria Cayendo en peccado con ella y q(ue) haviendolo hecho reconoscio el engaño y q(ue) no se avia (con)seguido el effecto q(ue) por este mal medio avia pretendido y q(ue) assi le avia engañado la pers(on)a que se lo avia aconsejado y no la nombro. Y affirmo sabe este dicho declarante q(ue) el dicho Andres Martin hizo lo que tiene referido Por haverselo oydo contar a Antonia negra esclava de la dicha V(illa) llamada

      (Foja 2)

      Antonia de edad de veinte a(ños) poco mas

Скачать книгу