Movimiento en la tierra. Luchas campesinas, resistencia patronal y política social agraria. Chile, 1927-1947. María Angélica Illanes Oliva

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Movimiento en la tierra. Luchas campesinas, resistencia patronal y política social agraria. Chile, 1927-1947 - María Angélica Illanes Oliva

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Pedro Aguirre Cerda. Ahora nos encontramos en la más horrible miseria a la intemperie, sin viviendas y sin trabajo, fuimos desalojados por la fuerza pública de nuestros hogares, por orden del Gobernador de Quillota e Intendente de Valparaíso, satisfaciendo los caprichos del latifundista Jorge Prieto Letelier211. Al lanzarnos de este pedazo de suelo en el que vivimos más de treinta años, hemos perdido animales, semillas y herramientas. Tanto animales como semillas hemos tenido que venderlas a mitad de precio para poder alimentar a nuestros hijos durante este período de miseria que llevamos transcurrido212.

      Despojos que ocurren en pleno gobierno del Frente Popular, al que, con esperanza, muchos campesinos pobres votaron en 1938, seguros de que su triunfo significaba el advenimiento de la protección y la justicia para ellos. Si bien el gobierno del FPCh buscará mejorar por distintas vías la condición de los desposeídos, no tocará sustancialmente el orden económico donde opera la lógica de los propietarios y sus redes de influencia en todos los aparatos políticos y judiciales del país.

      Fue sangriento el despojo de tierras en Llay Llay (actual provincia de San Felipe). Los terratenientes, levantando títulos de dudoso origen, consiguieron orden de desalojo para campesinos que allí vivían y trabajaban, profundamente imbricados en la tierra. Los carabineros arremetieron fieramente contra los campesinos y sus mujeres decidido/as a defender su vida, es decir, la tierra de su habitar: dos de ellos fueron muertos, seis herido/as. Se habló de la «matanza de Llay Llay»213.

      Por su parte, el desalojo masivo de comuneros de las comunidades agrícolas de «Chape Chacay» y «El Sauce» de la comuna de Samo Alto revistió caracteres dramáticos. Eran tierras precordilleranas de la provincia de Limarí, Ovalle (Región de Coquimbo), ocupadas por comuneros hacía decenas de años, dedicados al cultivo de sus huertos familiares, artesanías y crianza de ganado caprino, tierras que habían perdido a causa «de una mala defensa». Previo al corte de agua, quedando incapacitados para regar sus siembras, los comuneros fueron lanzados, según denunciaron, «sin orden competente» en pleno invierno de 1945, a raíz de la demanda del «dueño del fundo» (Sr. Chadwick), negándose éste a arrendarles parte de esas tierras, como lo solicitaron los despojados, presentándose ante la vista de todos «el pavoroso cuadro de las familias lanzadas, botadas en el campo unas y otras viviendo debajo de los árboles o en hornos carboneros cavados en el cerro, víctimas de las inclemencias del tiempo», con lluvia y nieve214.

      La situación crítica de los comuneros de Chape y Chacay la estaban viviendo también otras comunidades campesinas de la zona: «El Durazno» de San Julián, «Potrerillo Alto» y «El Altar» de Punitaqui, en el Departamento de Ovalle, y «Tunga Sur» y otras, del Departamento de Illapel, todo lo cual era expresión de la amenazante inestabilidad que vivían las comunidades ante el avance de la gran propiedad privada, premunida de todos los recursos legales. Ante esto, parlamentarios de izquierda y la Asociación de Agricultores de Coquimbo solicitaban al gobierno la expropiación de estos predios como acto de «reconocimiento de las comunidades agrícolas existentes», poniendo fin a injustos despojos215.

      En suma, en un tiempo en que la tierra era el medio de producción de la vida por excelencia de todos los moradores de este sur del mundo, y en un momento en que el Estado chileno, habiendo avanzado militarmente sobre la Araucanía, ha incorporado dicho territorio al Fisco y lo ha privatizado por distintas vías, podemos percibir la irresponsabilidad del mismo Estado chileno que, lejos de «pacificar la Araucanía», como dicen los textos escolares, la ha dejado librada a la voracidad del deseo de posesión y a la lucha en el descampado de la sociedad civil, prolongando la guerra militar.

      Tanto en el sur como en el norte, el Estado chileno, a pesar de contar con los instrumentos legales pertinentes, ha preferido –salvo algunos casos excepcionales– dejar la cuestión de la «constitución de la propiedad» de la tierra en manos de las fuerzas sociales desatadas, generando sufrimiento humano sin nombre. Es la lógica de la Conquista la que seguirá imperando en la tierra de Chile/América, cuatrocientos y tantos años después.

      134 «Carta de cacique mapuche a Marmaduke Grove», Consigna, Santiago, 3 de abril, 1937, p. 2.

      135 Este fue el caso del general Bulnes, a quien el gobierno chileno habría entregado vastas tierras en la Araucanía (Alto Biobío) como premio a sus servicios en las guerras de Independencia y lucha contra los Pincheira. Ver Salazar, Gabriel Conversaciones con Carlos Altamirano: memorias críticas, Santiago, Editorial Debate, 2013.

      136 Pedro Godoy, La conquista de Arauco, Santiago, Imprenta Nacional, 1862, p. 5, citado en M. Angélica Illanes, «Del mito patriótico al positivismo militar. El pensamiento del Coronel Pedro Godoy», en Mario Berríos et al., El pensamiento en Chile, Santiago, Nuestra América Ediciones, 1987, p. 41.

      137 Palabras de un cacique dichas al coronel Saavedra al momento de la ocupación de la zona costera de la Araucanía, citadas en Horacio Lara, Crónica de la Araucanía, Santiago, 1889, y citada en M. Angélica Illanes, «Del mito patriótico al positivismo militar. El pensamiento del Coronel Pedro Godoy», en Mario Berríos et al., El pensamiento en Chile, Santiago, Nuestra América Ediciones, 1987, p. 40.

      138 «Ley de Fundación de poblaciones en el territorio de los indígenas» promulgada en Santiago el 4 de diciembre de 1866 y firmada por el Presidente de la República, José Joaquín Pérez y su ministro de Guerra y Marina y de Justicia, Culto e Instrucción Pública, Federico Errázuriz Z. <https://www.leychile.cl>.

      139 Fabián, Almonacid, «El problema de la propiedad de la tierra en el sur de Chile. (1850-1930)», Historia, 2009, I (42). Respecto de esta ley, ver también Luis Berger, «La matanza de colonos nacionales de Loncoche: Lucha social por el dominio de la propiedad de la tierra al interior del sistema de colonización en el sur de Chile (1910)», Revista Austral de Ciencias Sociales, 2014, N°27, (84).

      140 «En 1907 los capuchinos realizaron un censo de la población indígena, llegando a contar 101.112, desde la provincia de Arauco hasta la de Llanquihue. En (…) Malleco 11.261, en Cautín 46.761 y en Valdivia 26.134». Almonacid, Fabián, «El problema de la propiedad de la tierra en el sur de Chile (1850-1930)», Historia, 2009, I (42).

      141 Leyes de Colonización promulgadas el 19 de enero de 1894 y el 14 de septiembre de 1896. Ver Berger, Luis «La matanza de colonos nacionales de Loncoche: Lucha social por el dominio de la propiedad de la tierra al interior del sistema de colonización en el sur de Chile (1910)», Revista Austral de Ciencias Sociales, 2014, N°27, p. 85.

      142 «Evitar que los indígenas no se vean expoliados no está en manos del infrascrito, ni creo que nadie pueda evitarlo, a pesar de la promulgación de nuevas leyes de protección, como quiera que se trata de una raza inferior…», Risopatrón, Luis funcionario de la Oficina de Mensura de Tierra al Ministro de Relaciones Exteriores, el 19 de junio de 1908, citado en Almonacid, Fabián, «El problema de la propiedad de la tierra en el sur de Chile (1850-1930)», Historia, 2009, I (42).

      143 Fabián, Almonacid, «El problema de la propiedad de la tierra en el sur de Chile (1850-1930)», Historia, 2009, I (42).

      144 Ley N°. 994 «Sobre colonización con nacionales» del 13 de enero de 1898 y su Reglamento fechado el 15 de octubre de 1902, citado en Luis Berger, «La matanza de colonos nacionales de Loncoche: Lucha social por el dominio de la propiedad de la tierra al interior del sistema de colonización en el sur de Chile (1910)», Revista Austral de Ciencias Sociales, 2014, N°. 27, p. 86. Citando a A. Torrealba, La propiedad fiscal y de indígenas. Su legislación y jurisprudencia, Santiago, 1917, el autor Berger anota que, hacia 1907 se habían otorgado «tierras fiscales a un total de 231 familias (1.778 personas con una superficie total de 14.174 hectáreas)»

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