Abogados de ficción. Walter Arévalo-Ramírez

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Abogados de ficción - Walter Arévalo-Ramírez Derecho

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al movimiento por la paz y su lucha por prohibir la guerra, con hitos como la Conferencia de Paz de La Haya de 1899, en que ella fue definitiva y para la cual ya era famosa su obra ¡Abajo las armas! (Bring, 2005).

      Igualmente, a pesar de los intentos de prohibir la guerra en distintas épocas, es claro que sigue existiendo el conflicto armado y, por ello, se necesitan reglas que exijan un comportamiento humanitario a las partes del conflicto. Estas reglas, que hoy se conocen como el derecho internacional humanitario de los conflictos armados, tienen por objeto “humanizar” la guerra y evitar en la medida de lo posible los efectos adversos de esta, tanto en los prisioneros como en la población civil, tales como las atrocidades que narró en su novela y en sus situaciones ficticias de guerra.

      En ¡Abajo las armas!, las referencias a la prohibición de la guerra y al debate sobre un régimen de ius contra bellum son constantes. Por ejemplo, Bring (2005) resalta en su comentario de la obra cómo en uno de los pasajes el segundo marido de Martha, en una conversación con un clérigo alemán, discute el brote de la guerra de la siguiente manera:

      Solo las guerras de defensa son admitidas, y no hay derecho a recurrir a las armas a menos que el enemigo haya atacado primero tu país. Pero si el enemigo acepta el mismo razonamiento, ¿cómo podrían surgir guerras alguna vez? En la última guerra (entre Prusia y Austria de 1866), fue tu ejército el que primero cruzó la frontera. (Von Suttner, 1889)

      Bring (2005) analiza todo el pasaje y resalta cómo en respuesta el clérigo alemán se refirió al deber del líder nacional, aceptado en la época, de utilizar cualquier oportunidad conveniente para derrotar a un Estado enemigo. Fredric, el esposo de Martha, rechaza cómo este principio de oportunidad es contradictorio con cualquier norma posible de limitación de los conflictos armados.

      En su obra, ella deja claro que estaba a favor de una prohibición absoluta de todo uso de la fuerza. Bring (2005) y muchos analistas de su obra coinciden en que esta conversación, en la cual ella habla a través del personaje de Fredric, denota la crítica de esta pacifista a los vacíos de una interpretación amplia del derecho de los Estados a la legítima defensa como excepción a la prohibición del uso de la fuerza, concepto que por su amplitud justificaba en muchas ocasiones la agresión entre naciones europeas, cuya interpretación amplia ha sido utilizada en la actualidad para justificar acciones militares en conflictos como el de Afganistán e Irak (Arévalo, 2013).

      Más adelante en ¡Abajo las armas! los personajes experimentan la guerra franco-prusiana de 1870-1871. Bring (2005) señala que ambas partes en el conflicto, tanto el político Bismarck como Napoleón III, justifican la agresión por razones de legítima defensa. Para ella, esta distinción entre agresión y legítima defensa resulta contraproducente y no contribuye al desarrollo de un verdadero ius contra bellum. Una situación jurídica en la que existe una amplia interpretación de una causal que permita el conflicto, como la legítima defensa, puede generar lo ocurrido en aquel conflicto: una de las partes, Bismarck, puede incitar políticamente al otro a atacar a su Estado y, con ello, justificar su legítima defensa, por lo que el modelo deseable es el de la prohibición absoluta de la fuerza (Von Suttner, 1906).

      Ella refleja en su obra literaria y en su activismo internacional la salida más adecuada que la comunidad interna­cional necesitaba a la guerra, por lo que, junto con el movimiento por la paz, propone la solución de conflictos internacionales mediante arbitraje, de carácter pacífico, vinculante y definitivo, como mecanismo obligatorio de solución de controversias.

      Bring (2005), en su análisis de la novela desde el derecho internacional, rescata cómo ella manifiesta esta posición a favor del arbitraje internacional, a través de su personaje Fredric. En un segmento, hay una discusión con un diplomático retirado que sostenía que los gobiernos no podían ponerse de acuerdo sobre cómo resolver todas las disputas, frente a lo cual Fredric responde:

      “Pero eso no es necesario. Si surge una disputa, debe ser resuelta por un tribunal de arbitraje y no mediante el uso de la fuerza”. A lo cual el diplomático interviene: “¡Los Estados soberanos y las naciones nunca aceptarán tal decisión de la corte!”. Ante esto, Fredric finaliza diciendo: “¿Las naciones? Serán los diplomáticos quienes no lo quieran. ¡Pero pregúntale a la gente y obtendrás otra respuesta! Entre la gente el deseo de paz es genuino y sincero.

      Los hechos del libro en sí mismos son un testimonio de los desarrollos que el derecho internacional vivía durante la época de redacción de la obra, y a pesar de reproducir historias ficticias sobre las vivencias de guerras tanto reales como inventadas, es un gran testimonio histórico de conflictos concretos y reales, y sus soluciones en desarrollo mediante el derecho internacional. El derecho internacional para la época, paradójicamente mientras consolidaba la obligatoriedad de sus fuentes y la práctica de los Estados sobre tratados, luchaba por abordar de manera efectiva la regulación de los conflictos armados y la creación de instituciones sólidas sobre solución pacífica de controversias.

      Bring (2005) rescata cómo en la novela misma ella menciona el arbitraje de Alabama de 1872 (sobre reclamaciones entre los Estados Unidos y el Reino Unido por daños a su flota mercante y la violación del principio de neutralidad, un caso que se ha reconocido como fundamental para el principio del arbitraje obligatorio) y el arbitraje de las islas Carolinas de 1885 (reconocido ejemplo de un arbitraje plenamente implementado entre potencias coloniales del momento) como exitosos ejemplos de la aplicación primigenia del arbitraje en la época como un método eficaz de solución pacífica de controversias, en una época en la que el movimiento pacifista se dedicaba a la creación de asociaciones de paz nacionales y a promover iniciativas pacíficas para solucionar conflictos de larga data.

      Por otro lado, ella también desarrollo el ius in bello en ¡Abajo las armas! El origen del derecho internacional humanitario, o derecho internacional de los conflictos armados, comparte con su obra la noción de que el derecho puede ser desarrollado, impulsado y universalizado mediante esfuerzos literarios. El derecho internacional humanitario tiene entre sus reconocidos orígenes e inspiraciones Recuerdo de Solferino que Henry Dunant escribió entre 1859 y 1862 como testimonio de las atrocidades que presenció en la sangrienta batalla de Solferino. En el libro, Dunant pidió cooperación a la comunidad internacional para reducir el sufrimiento de las víctimas de las atrocidades de futuras guerras. Gracias a su activismo mediante folletos y escritos que denunciaban las atrocidades de los comportamientos entre combatientes, posteriormente logró apoyo suficiente para crear la Cruz Roja; mediante el trabajo internacional de esta, se adoptó el primer convenio de Ginebra de 1864 sobre la protección de las víctimas de la guerra (Von Suttner, 1906).

      Varios historiadores del derecho internacional como Bring (2005) resaltan el vínculo, real e imaginario, entre las dos obras. En la novela, ella cuenta la historia del libro de Dunant y su relación con la batalla de Solferino (Hamann, 1996). En ¡Abajo las armas!, el primer marido de Martha fue asesinado en la guerra franco-austriaca de 1859, en la batalla de Magenta, y para Martha una de las causas de esa pérdida; hecho que constantemente reprocha es que Austria no fuera parte original en la Convención de Ginebra. Estas alusiones relacionan la obra con el movimiento de la Cruz Roja y la necesidad de reducir las víctimas de la guerra (Landa, 1996). Más adelante en su libro alude a la guerra prusiano-austriaca de 1866 cuando Austria se adhiere a la Convención de Ginebra y al sistema de la Cruz Roja.

      De la novela, Bring (2005) rescata un fabuloso pasaje en el que ella a través de sus personajes debate el alcance limitado de la Cruz Roja ante la falta de una prohibición universal de la guerra. En ¡Abajo las armas!, el padre de Martha le pregunta: “Bueno, ¿estás satisfecha ahora? ¿Te das cuenta de esa guerra, que siempre has pensado como barbarismo, se volverá más humana a medida que avanza la civilización?” (Von Suttner, 1889), a lo que Martha responde que los esfuerzos de la Cruz Roja siempre serán insuficientes, pues no tiene la capacidad de eliminar todo el sufrimiento de las víctimas en el campo de batalla. Su padre, mostrando su conformidad, responde: “No eliminar, sino aliviar. Lo que no se puede evitar, hay que aliviarlo”; Martha lo acepta

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