Nuevas perspectivas de la responsabilidad civil de las entidades financieras. Carlos Federico Marcolin

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Nuevas perspectivas de la responsabilidad civil de las entidades financieras - Carlos Federico Marcolin

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«Vaisblat de Schenkelman, María c/ Banco Sudameris Argentina»

       Antecedentes del caso

       El recurso de apelación del demandado

       La sentencia de segunda instancia

       «García, Nora Edith c/ Banco de Galicia y Buenos Aires»

       Los hechos

       La sentencia de primera instancia

       Los recursos interpuestos

       La sentencia de segunda instancia

       «Banco Rio de La Plata S. A. en Segarra José Hugo c/ Banco Rio de la Plata S. A. s/ Daños y Perjuicios s/ Incidente»

       Los hechos

       La sentencia de primera instancia

       La sentencia de segunda instancia

       La sentencia de la Suprema Corte de Mendoza

       «Milman Ana c/ Banco de la Nación Argentina s/ Incumplimiento de contrato»

       Hechos y sentencia

       La sentencia de segunda instancia

       «E., N. J. c/ Banco de la Provincia de Buenos Aires s/ Ordinario»

       Los hechos

       La sentencia de primera instancia

       Agravios del banco

       La sentencia de segunda instancia

       «Kundt, Melita S. c/ Banco Boston N. A.»

       Los hechos y la sentencia de grado

       El recurso de apelación del actor y sentencia de Alzada

       Capítulo VIII

       La acreditación del daño derivado del incumplimiento contractual del servicio de cajas de seguridad

       Título I Problemática

       Título II Encuadre jurídico

       Título III Cláusulas eximentes y limitativas de responsabilidad

       Título IV La prueba del daño

       Conclusiones finales

       Índice bibliográfico

       Jurisprudencia nacional

       Jurisprudencia extranjera

       Abreviaturas

       Sitios web recomendados

      A mi esposa Patricia Guadalupe Bock, por su amor y nobleza

      A mis hijos Federico Gabriel, Laureano Emanuel y Emiliano Daniel

      In memoria del Dr. Luis Orlando Andorno

      Aquél a quien confíes tu secreto, deviene dueño de tu libertad.

      (François de La Rochefoucauld, Máximas, 1678).

      Prólogo

      Con gran placer acometo la tarea de presentar esta destacada obra del doctor Carlos Federico Marcolin titulada Nuevas perspectivas de la responsabilidad civil de las entidades financieras en el servicio de cajas de seguridad en el siglo xxi.

      El trabajo está estructurado en ocho capítulos, con sus títulos y secciones, y contiene, además, un compendio final de proposiciones que, concebidas en su conjunto, integran un pensamiento unitario y coherente, expuesto y sostenido con solvencia e ilustración.

      El detenido análisis de esta publicación revela, además del esfuerzo empeñoso y disciplinado del autor, un óptimo resultado que descubre y prueba su dominio sobre conceptos jurídicos y su acusado razonamiento crítico, propios de un jurista ya logrado y en plena madurez.

      El autor no se contrae a exponer una mera relación descriptiva de antecedentes legislativos y doctrinarios agrupados cronológicamente a modo de portada o preámbulo de la posterior tarea de exégesis de los textos legales que regulan el contrato investigado. Por el contrario, Carlos Federico Marcolin, con estilo ágil, preciso, poseído de espíritu crítico y de una gran aptitud de asimilación y síntesis, aborda en meduloso análisis los relevantes problemas jurídicos referidos al contrato de caja de seguridad que desde antaño vienen debatiendo doctrina y jurisprudencia.

      En ese marco, compenetrado con la magnitud y proyección del tema estudiado, con su vinculación con las obligaciones civiles y comerciales y con la teoría general de los contratos, se preocupa de dilucidar las cuestiones centrales de la problemática abordada, en especial la de responsabilidad civil de las entidades financieras relacionada con la configuración de la obligación resarcitoria en caso de pérdida, robo o extravío de los bienes alojados en el cofre, su naturaleza jurídica, los factores de atribución, eximentes, etcétera.

      A modo de colofón, ensaya una propuesta novedosa —en vistas a una eventual modificación en la legislación de fondo— que sostiene con sólidos argumentos y que daría acertada solución al frecuente conflicto de intereses que habitualmente se desencadena entre la entidad guardadora y los clientes expuestos a las contingencias disvaliosas precitadas.

      La justificación de la solución brindada, convincente e ilustrada —y en gran medida persuasiva— ha destrabado el nudo gordiano de la problemática central de la responsabilidad civil de las entidades bancarias relacionada con este singular negocio ahora incorporado al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En ese sentido, la solución propuesta colmaría la evidente laguna legislativa que el nuevo ordenamiento fondal evidencia en la materia y se erigiría en el principal aporte de la obra reseñada.

      He de poner de resalto el riquísimo repertorio de datos legislativos, jurisprudenciales y doctrinales —tanto nacionales como extranjeros— valorados siempre con espíritu crítico tanto en el contexto del ensayo como en las digresiones contenidas en las notas puestas al pie de página.

      Este libro que prologo con tanta satisfacción, debo remarcarlo solo movido por un estricto criterio de justicia, hace honor a los antecedentes formativos y profesionales del autor y también a su función de magistrado, desempeños en los que ya ha dado sobradas muestras de una destacada aptitud de análisis y

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