Jaque a la Reina. Soledad Deza
Чтение книги онлайн.
Читать онлайн книгу Jaque a la Reina - Soledad Deza страница 3
El segundo capítulo se profundiza de forma muy esquemática y llana la violación de estándares internacionales en materia de atención, judicialización y criminalización del aborto en un análisis meduloso sobre la jurisprudencia de los Tribunales Internacionales. Resulta alarmante comprobar cómo, a medida que se avanza en la lectura de la gran cantidad de fallos y recomendaciones que se han hecho sobre el tema, se descubre la forma nada ingenua en que sectores con poder de la sociedad tergiversan este tipo de información una vez que la misma sale del discurso exclusivamente jurídico para intervenir en otros escenarios.
La criminalización de las mujeres que abortan es otro tema importante en que focalizan los capítulos III, IV y V. Esta persecución del delito de aborto por parte de diferentes actores del Estado, es una constante que tiene presencia a lo largo de toda la obra. La judicialización del aborto ya fue erradicada a partir del fallo F.A.L para ciertos casos, pero también la Corte en ese fallo deja en claro que la interrupción de embarazos permitidos no debía ser criminalizada desde hace casi un siglo según nuestras leyes. Sin embargo, los diferentes trabajos realizados sobre las denuncias y la investigación penal de los abortos en la jurisdicción de de la ciudad de Tucumán muestran el incumplimiento de la norma y la manera en que desoyen los diferentes tratados internacionales, audiencias técnicas regionales, informes de comités de Derechos Humanos, y tantos otros organismos que velan por los derechos de las mujeres. La intencionalidad de un poder del Estado de desatender estos acuerdos nos conduce en línea recta a reflexionar sobre la capacidad productiva y disciplinadora que produce este control punitivo sobre los cuerpos de las mujeres.
Otro debate que atraviesa el libro refiere al dilema entre el derecho de las mujeres a decidir sobre sus propios cuerpos y vidas y el supuesto derecho del embrión. Si bien las autoras evidencian los debates morales y jurídicos en torno al embrión, concluyen que es una tensión en el orden del discurso que deshumaniza a las mujeres produciendo efectos dramáticos. Este supuesto dilema es una ficción ya que, en definitiva, se evidencia que subyace la idea de que no somos sujetos de derechos. Denunciadas y penadas por abortar, las mujeres jóvenes y pobres que ante un aborto mal hecho se ven obligadas a recurrir al sistema de Salud, se encuentran arrinconadas entre arriesgar sus vidas o ser sometidas a un proceso penal. Y, es en este sentido, que este libro se arriesga a denunciar las situaciones de violación de los derechos humanos de las mujeres por parte de la corporación médica y el Poder Judicial bajo argumentos que no se sostienen científicamente, al menos hasta el momento.
Este es un gran logro de las autoras, haber podido sistematizar en un solo libro casi todas peripecias que rodean a una circunstancia tan dolorosa como es el mal trato a quienes eligen alternativas diferentes. Esto está presente en el aire, no sólo tucumano. La resistencia a aceptar que algunas mujeres rechazan la maternidad, genera tan poca empatía o bien, tanto desagrado, que se busca castigar, infringir dolor, hacer sufrir, censurar moralmente y hasta encarcelar a quienes abortan.
Jaque a la Reina muestra con crudeza un abanico de posibilidades desarrollado por los sectores que se oponen al aborto, quienes despliegan con maestría toda su originalidad a la hora de desarrollar mecanismos para debilitar derechos sexuales y reproductivos y para “condenar” aquello que comparten. Barreras para el acceso, negligencia en legislar, vacío de políticas que doten de contenido derechos, objeción de conciencia desmedida, violación de confidencialidad y criminalización de mujeres pobres son muestras de estos mecanismos que las autoras advierten en la realidad y sistematizan en este libro. Queda el sabor amargo de que nada importa la ley o los derechos, sólo importan las convicciones personales y el intuicionismo de algunos/as, muchas veces oportunista, sobre lo que es o no correcto.
En válido recordar y aseverar que los avances en materia de salud sexual y salud reproductiva en nuestro país ya cumplieron 10 años de existencia y han podido calar hondo en la vida de las mujeres ampliando su ciudadanía sexual y reproductiva. El fallo F.A.L. ha sido de los últimos instrumentos necesarios para efectivizar un derecho que data de 1921 y que ha sido producto de sistemáticas obstaculizaciones por parte de la corporación médica, el Estado y el Poder Judicial. Sin embargo, a pesar de este importante avance frente al avasallamiento de un derecho las autoras se preguntan: ¿Qué pasa con el aborto no punible en Tucumán después del “FAL”? Las respuestas se las puede ir encontrando en los diferentes capítulos que demuestran magistralmente las estrategias invisibles y visibles, muchas veces, de su incumplimiento.
El capítulo VI sobre objeción de conciencia plantea otro de los debate fundamentales y sumamente necesario de sacar a la luz. Una objeción que no es usada exclusivamente por el sector de la salud, sino que con acciones y omisiones se ve en el vacío de leyes, la ausencia de Protocolos o Guías, en revuelos mediáticos que rodearon los casos que se hicieron públicos luego del fallo F.A.L, y en declaraciones públicas de referentes políticos de todas las extracciones. Y la autora se pregunta muy astutamente sobre las inmediatas implicancias de este derecho individual sobre los otros derechos: ¿Qué lleva a que una persona puede efectivizar su derecho y la otra no? ¿Qué una sea un médico/a y la otra mujer? ¿Qué es lo que puede legitimar que un profesional de la salud quede al margen de sus obligaciones de ley? ¿Cómo puede un profesional eludir sus obligaciones y dañar a terceras personas, en este caso a las mujeres?
Jaque a la Reina devela la injusticia reproductiva que viven las mujeres tucumanas. Lo ha podido demostrar con investigación y suspicacia frente a los episodios que se sucedieron durante el último tiempo y que tienen correlato con mecanismos convencionales del poder médico, político, jurídico y religioso de la provincia. Así es como uno de los artículos devela cómo el discurso católico interpeló de manera desfachatada al gobierno provincial solicitando desobediencia al dictamen de la Corte Suprema. ¿La sociedad tucumana acompaña esta ideología? Seguramente que parte de ésta sí, pero otra no. Las autoras, frente a estos hechos, se generaron interrogantes apropiados sobre si los valores de un sector de la sociedad se pueden tomar o, mejor dicho, imponer como valores colectivos. La respuesta es rotunda: No.
No, porque van en contra de los derechos humanos de las mujeres.
No, porque el Estado debe contemplar todas las creencias y libertades de culto pero no asumir ninguna.
No, existen los abortos no punibles desde 1921 y se fueron construyendo herramientas para efectivizar ese derecho.
No, porque debemos evitar que el Estado argentino resulte penable por violar los derechos humanos de las mujeres.
No, porque la función pública exige obligaciones y responsabilidades frente a las decisiones de los/as pacientes y sus vidas.
No, porque la objeción de conciencia es una herramienta política que utilizan las corporaciones médicas para impedir la libertad y autonomía de las mujeres.
No, porque las mujeres tenemos derecho a tener derechos sexuales, reproductivos y no reproductivos.
Jaque a la Reina también describe con compromiso cuál es la Reina que está en jaque con políticas y acciones de corte violento sobre las mujeres. La Reina que está en jaque cuando se criminaliza el aborto o cuando se deslegitima el aborto como opción legal, es una reina pobre. Todas las autoras coinciden en esta apreciación, el aborto como delito solo es una cuestión de clase social. Y la pobreza es suficientemente dañina en la vida de cualquier persona como para condicionar además el acceso a la salud. Ser pobre es una prisión para cualquier persona, pero en casos de aborto ser pobre es una amenaza que acerca la cárcel sólo a las mujeres vulnerables.
Aborto