De damnificados a víctimas. Fernanda Espinosa Moreno
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Como señala Ricard Vinyes,18 una de las funciones de la política de memoria consiste en garantizar el acceso de la ciudadanía a la confección de la memoria pública y resalta el carácter participativo y público que debe tener. Por lo tanto, nos interesa abordar las políticas de la memoria como una forma de observar las relaciones Estado-sociedad. Los actores que consideramos partes de este proceso son las organizaciones de víctimas, la academia, los partidos políticos, entre otros.
En lo que se refiere a las políticas de reparación, éstas se definen como las políticas públicas diseñadas para resolver los impactos de la violencia sobre sus afectados directos. Actualmente existen unos “lineamientos principales para una política de reparación” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.19 La mayor parte de la literatura académica reciente define cuatro componentes de la reparación: la compensación, la satisfacción, la rehabilitación y las garantías de no repetición. En este trabajo observamos las distintas políticas de reparación antes de que se consolidaran esas disposiciones, esto es, el proceso anterior a la normativa actual.
Existe además una íntima relación entre las políticas de memoria de pasados violentos y las políticas de reparación. Las medidas de satisfacción de la reparación individual de las víctimas se refieren justamente a medidas simbólicas que incluyen la difusión de la memoria, las conmemoraciones y los homenajes a las víctimas.
Con base en la literatura de las políticas públicas se analiza el paso de una situación problemática a la definición de un problema que entra en la agenda gubernamental. Por eso se hace énfasis en la agenda gubernamental y no en la agenda pública general. Roger Cobb y Charles Elder definen los problemas públicos de la agenda gubernamental como los asuntos que están dentro de la jurisdicción legítima de la autoridad gubernamental existente.20 Por otra parte, Luis Aguilar define la agenda gubernamental o institucional como “el conjunto de asuntos explícitamente aceptados para consideración seria y activa por parte de los encargados de tomar las decisiones”.21 En este sentido, los especialistas se interesan por los problemas públicos que son tratables o modificables para un gobierno de acuerdo con los recursos disponibles. Desde esta perspectiva, el problema se define según los recursos y las capacidades disponibles para su resolución.22
Sobre lo anterior, resulta interesante observar cómo en la actualidad el campo de las víctimas se define justamente en relación con la acción para su “solución”; por eso se ha impuesto la misma idea de víctima como sujeto de reparación, rehabilitación y/o compensación por parte del Estado. Entonces, el problema se define justamente con base en las eventuales acciones gubernamentales y en los recursos disponibles para su atención. En vista de ello, en esta investigación nos concentramos en las políticas estatales que normativizaron la categoría de víctima. Las políticas de reparación se definen como políticas diseñadas para resolver los impactos de la violencia en los afectados directos.
La emergencia del sujeto víctima plantea un proceso de negociación y políticas de contención entre los actores sociales y el Estado. Particularmente, el Estado desempeña un papel fundamental en la normativización y el sujeto víctima deriva de la acción estatal: “¿Cómo y de qué manera son ‘capturadas’ [las víctimas] por el Estado? ¿Cómo interviene éste para abordarlas, clasificarlas, medirlas y con quién compite en términos de una diferenciación conceptual, semántica?”23 Mediante estos procesos y procedimientos surge una identidad, derivada del Estado, tanto por la responsabilidad directa o indirecta en la causa victimizante, como porque interviene y normativiza su constitución y, finalmente, determina la producción de subjetividades.24
En este estudio mostramos las rupturas y las continuidades en el proceso histórico de las políticas de reparación con base en las definiciones de víctima y victimario, de los actores nacionales e internacionales y del Estado. Proponemos abordar esas políticas como procesos que resultan de la interacción entre los distintos actores sociales. Comprendemos a la “víctima” como un sujeto con agencia, que actúa para ser reconocido y no sólo como un sujeto pasivo y sufriente, consecuencia de estructuras externas, del momento victimizante, o mero receptor de reparación y de intervenciones.
También observamos las formas de organización, acción, resistencia, articulación, e incluso de acción colectiva de las víctimas, así como la consolidación de “comunidades de dolor” y vinculación con ONG y redes transnacionales. Respecto de estas últimas, exploramos las definiciones de redes transnacionales de derechos humanos en el contexto internacional, particularmente las sugeridas por Kathryn Sikkink en distintos trabajos. Margaret Keck y Kathryn Sikkink estudian la emergencia internacional de las redes, cuya consolidación y mayor incidencia ubican entre 1968 y 1993.25 Esas redes, caracterizadas por multiplicar las voces locales en la arena internacional —las cuales son suprimidas en la política interna— pueden redefinir los debates nacionales e internacionales, así como a sus participantes. Su novedad radica en la capacidad de movilizar información que les permite persuadir, presionar o ganar influencia sobre organizaciones y gobiernos. Sus activistas precisamente intentan influir en los resultados de las políticas públicas y transformar los términos y la naturaleza del debate. En el caso colombiano, las redes transnacionales se potenciaron desde finales de la década de 1970.
En el caso de las redes de Latinoamérica, han sido provechosas para la investigación las reflexiones de Vania Markarian26 y Emilio Crenzel27 sobre la expansión del movimiento de los derechos humanos a escala continental, su efecto conjunto en América y el traslado de la lógica revolucionaria a las razones humanitarias de la izquierda del Cono Sur. Markarian y Crenzel señalan que en todo el continente se produjo un cambio del lenguaje de la izquierda a uno centrado en los derechos humanos con el posicionamiento de la víctima y las comisiones de la verdad.
Escalas del duelo y duelo social
La consolidación del tema de las víctimas como problema público implicó la priorización de ciertas víctimas sobre otras. Mientras que unas obtuvieron reparaciones, o fueron objeto de políticas públicas, otras permanecieron invisibles. Para analizar este fenómeno parecen pertinentes los conceptos de “escalas del duelo” y “duelo social”, pues permiten abordar cómo las víctimas se convierten en problema público, es decir, sujetos afectados que tienen un duelo social público y se reconocen como pérdidas sociales.
A lo largo de esta investigación descubrimos que en cada periodo hubo distintas víctimas de violaciones de derechos humanos que protagonizaron la demanda de reconocimiento. En cada etapa, que analizamos por capítulos, diversas afectaciones protagonizan y se posicionan en la agenda pública; por eso definimos las caracterizaciones de cada tipo de víctima (desplazados, torturados, sujetos de genocidio, desaparecidos, mártires, objetos de homicidio político). Proponemos observar estas transformaciones en el sentido propuesto por Judith Butler28 (2006) de la “escala de duelos” y de la construcción de una jerarquía de las víctimas, pues mientras unas fueron muertes que no dejaron huella, otras se consideraron pérdidas significativas.
Las escalas del duelo de Butler, o la posibilidad de duelo público, define lo que se tiene en cuenta públicamente como una pérdida. A lo largo de los siguientes capítulos veremos cómo en los distintos periodos algunas pérdidas humanas y materiales fueron consideradas importantes para el Estado y para las cuáles se diseñaron políticas de reparación, sin reconocer a otras. En nuestro caso, más que una escala del duelo, hablamos de una escala de la pérdida y el daño, que conlleva la posibilidad de una reparación.
El duelo social se elabora a partir de la noción de haber perdido algo: se