Por el derecho comprender. Henrik López Sterup
Чтение книги онлайн.
Читать онлайн книгу Por el derecho comprender - Henrik López Sterup страница 17
De modo similar, la Carta de Derechos del Ciudadano ante la Justicia75 ya se había referido a este “derecho” y desde ese momento se ha venido insistiendo en que “toda idea de justicia reposa, en gran medida, sobre el uso correcto del lenguaje”76 y en que es necesario dotar el derecho a comprender “de un estatuto por vía legislativa o jurisprudencial”77.
Algunos países latinoamericanos han tomado en consideración el contenido del ICMLJ y en Chile, Argentina y Colombia78 existen proyectos denominados “Redes de Lenguaje Claro”. Las redes son esquemas de organización y comunicación voluntaria, recíproca y horizontal79 y los acuerdos de colaboración que les han dado vida reflejan la intención de promover y propagar el uso del lenguaje claro en los ámbitos legislativo, judicial y ejecutivo. Las redes conforman esfuerzos de acción colectiva, recogen la idea del denominado “derecho a comprender” y sostienen que, en general, la información que no está en lenguaje claro tiene un impacto negativo en la participación social y en la confianza ciudadana frente a los poderes públicos. Con base en lo anterior, podría pensarse que el derecho a comprender que se proponen abordar no se agota en el “reconocimiento del derecho ciudadano a comprender la justicia”80, sino que se extiende a toda la información que se considera pública, a los documentos y trámites que hacen realidad la provisión de servicios públicos y a las decisiones que toman los gobiernos (o los jueces) en determinados momentos de crisis o dentro de la propia normalidad constitucional81.
El vínculo con la confianza y la participación también es parte del argumento que soportan las iniciativas sobre lenguaje claro en países como Suecia y Noruega, y que las Redes Latinoamericanas han observado como referentes. Allí se considera que el uso del lenguaje claro ayuda a mantener un funcionamiento óptimo de las instituciones y a fortalecer la democracia82, entre otras cosas, porque “los ciudadanos de hoy tienen un mayor interés que antes en acceder a las decisiones de los tribunales y gobiernos, lo cual impone una mayor exigencia de escritura comprensible”83.
Si enmarcamos esa exigencia en un proyecto de democracia que no se limita a la mera regla de la mayoría, sino que aspira a albergar ciudadanos cada vez más informados, capaces de participar, opinar y controlar la función pública, la idea del lenguaje claro como instrumento que posibilita el acceso y el entendimiento de la información necesaria para fundar criterios propios adquiere dimensiones que deberían ser estudiadas. Esa idea puede parecer intuitivamente plausible y sería una línea de investigación interesante. En consecuencia, habría que interrogar cuál es la conexión que hay entre la claridad en el lenguaje jurídico, la existencia de un derecho a comprender y una aspiración política de tal magnitud como el fortalecimiento democrático. De acuerdo con Marius Rohde Johannessen, Lasse Berntzen y Ansgar Ødegård, quienes han estudiado la trayectoria de la política pública de lenguaje claro en Noruega,
Desde una perspectiva democrática, el uso de un lenguaje complejo es un problema, ya que niega a los ciudadanos la oportunidad de participar en la formulación de políticas e influir en la toma de decisiones. El ideal democrático representativo es que todo ciudadano tenga el derecho y la oportunidad de ser escuchado por los funcionarios electos, pero el uso del lenguaje puede ser una barrera importante para la participación y para el acceso de los ciudadanos al sector público […] el lenguaje claro es un requisito previo para el gobierno y la democracia84.
Johannessen, Berntzen y Ødegård explican que un lenguaje poco accesible suele bloquear la participación y por ende, afectar el ejercicio de otros derechos constitucionales e impedir los mecanismos de control ciudadano de la actividad estatal. Lo anterior supone, entonces, el desafío de evaluar el rol que nuestras instituciones en América Latina otorgan al lenguaje y examinar si configura un factor que facilita o dificulta la participación ciudadana, vista como uno de los pilares de la calidad democrática. Dicho desafío incluye la labor de cuestionar críticamente si, y en qué medida, el lenguaje claro en América Latina es una herramienta potencialmente efectiva para la inclusión y la participación85.
Las iniciativas que ya están en marcha y el interés académico y científico que está despertando el asunto parecen favorecer un buen momento para impulsar un proyecto de lenguaje claro latinoamericano capaz de identificar dónde está la correspondencia entre lenguaje claro y democracia, así como de dialogar y contribuir dentro del contexto internacional del MLC. Si el cometido avanza habría que tener en cuenta las críticas y los inconvenientes previamente señalados respecto a la aplicación del lenguaje claro en el ámbito público y, sobre todo, en la formación jurídica86. Un primer paso es entender que la ciudadanía no es un conjunto homogéneo, no tiene las mismas características ni los mismos niveles de formación que le permitan, a su vez, el mismo grado de comprensión del lenguaje jurídico. Las estrategias de clarificación deben ser conscientes de ello. Un segundo paso consiste en situar el lenguaje claro como una herramienta posiblemente facilitadora, nunca definitiva, en el campo de las políticas públicas para activar valores democráticos tan amplios como la transparencia, la participación o la confianza. Por último, sería importante aceptar la colaboración, siempre respetuosa, de diversas disciplinas que comparten interés y preocupación por la calidad y la claridad del lenguaje jurídico. Se nos va mucho en ello.
La promoción de sociedades justas, pacíficas e inclusivas a partir de instituciones sólidas que facilitan el acceso a la justicia es uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS No. 16). Su consecución será posible si, entre todos los elementos que conforman el objetivo, tomamos en serio el lenguaje como factor de inclusión o exclusión como decíamos antes. La trayectoria histórica y social del movimiento de lenguaje claro denota el compromiso que un grupo de actores ha decidido asumir en esa dirección.
Además, el MLC devela intereses, acciones colectivas y esfuerzos de institucionalización que deben seguir siendo estudiados. Pienso que esto puede ayudar para ahondar en el análisis de un fenómeno ya internacional que busca y defiende la claridad en el lenguaje como una alternativa que facilita la comprensión de aquellos asuntos importantes para las personas. Aquí hemos hecho énfasis en la esfera jurídica por las implicaciones políticas y sociales, pero habría que observarlo desde más perspectivas. Las aproximaciones y los enfoques propuestos en este trabajo han intentado hacer una presentación del lenguaje claro como movimiento y como proyecto. Hemos buscado aportar un poco desde la óptica de la acción colectiva para ampliar la comprensión del MLC e invitar a la consolidación de un proyecto con identidad latinoamericana o incluso, iberoamericana, que impulse y visibilice las estrategias existentes de lenguaje claro en español y portugués. Seguramente sea muy temprano para apostar por la forma concreta de ese “proyecto”. Dependerá del diálogo, de voluntades agregadas y de la construcción colectiva.
Finalmente, a propósito del inesperado hecho que marcó el año 2020, cabe una última apreciación. Estudiar el lenguaje claro en tiempos de pandemia resulta tan pertinente como desafiante, porque la necesidad de comprender lo que está pasando frente a la covid-19 deviene en una competencia colectiva para actuar de manera responsable e inteligente. En medio de la sobreproducción informativa y las asimetrías cognitivas de los individuos, los contenidos científicos, sanitarios y normativos que la ciudadanía recibe por parte de las instituciones para contener el virus deben ser tan claros y comprensibles que permitan generar las conductas individuales deseadas para aumentar la confianza y la cooperación social.
Adler, Mark. “The Plain Language Movement”, en The Oxford Handbook of Language and