Por el derecho comprender. Henrik López Sterup
Чтение книги онлайн.
Читать онлайн книгу Por el derecho comprender - Henrik López Sterup страница 21
51 Brian Hunt, “Plain Language in Legislative Drafting: An Achievable Objective or Laudable Ideal?” Statute Law Review 24, n.° 2 (2002): 112-124 (traducción propia).
52 Albert Calsamiglia, “¿Debe ser la moral el único criterio para legislar?” Doxa, Cuadernos de filosofía del derecho, n.° 13 (1993): 169. Gema Marcilla también sostiene que: “resultaría un tanto ingenuo sostener que la calidad de las leyes necesita de una ciencia de la legislación normativa, pero basada exclusivamente en criterios sobre racionalidad lingüística”: Gema Marcilla Córdoba, Racionalidad legislativa. Crisis de la ley y nueva ciencia de la legislación(Madrid: CEPC, 2005), 298. Manuel Atienza sostiene que: “una ley puede no ser clara para quien tiene que cumplir los mandatos que la misma contiene (por ejemplo, los de una ley tributaria), sin que ello signifique que la misma sea defectuosa lingüísticamente (bastaría, por ejemplo, con que resultara clara para los asesores fiscales, inspectores de Hacienda, etc.)”: Manuel Atienza, Contribución a una ciencia de la legislación(Madrid: Cuaderno Civitas, 1997), 29. Los niveles de racionalidad legislativa propuestos por Manuel Atienza son: 1) lingüística, 2) sistemática, 3) pragmática, 4) teleológica y 5) ética.
53 Categorías de análisis nucleares en el estudio de los movimientos sociales. Véase: Donatella Della Porta y Mario Diani, Los movimientos sociales (Madrid: Universidad Complutense de Madrid y Centro de Investigaciones Sociológicas, 2011).
54 Inmediatamente después de su creación, la ONG Clarity International contó con un poco más de 100 personas como miembros, quienes creyeron desde un principio que el objetivo primordial debía ser influir en el estilo del lenguaje jurídico e incidir en una mejora sustancial de la imagen y comunicación de la profesión jurídica. Un año más tarde, en 1984, había 250 miembros de Reino Unido y Australia, y se trazó la posibilidad de realizar una reunión anual con el ánimo de empezar a perfilar un think tank del plain English. Véase: An international association promoting plain legal language: http://clarity-international.net/.
55 “Clarity’s Aim”. Clarity, n.° 1 (1983), acceso 26 de mayo de 2019, http://www.clarity-international.net/wp-content/uploads/2015/05/Clarity-no-1-bookmarked.pdf (traducción propia).
56 PLAIN es una organización más joven que Clarity y su compromiso se centra en la promoción del lenguaje claro, pero su campo de acción va mucho más allá del inglés y lo jurídico: “Our growing network includes members from over 30 countries working in clear communication in at least 15 languages”: “Who We are”, Plain Language Association International, https://plainlanguagenetwork.org/.
57 Quien se plantea de manera más explícita la misión de crear y propagar una cultura de claridad es el Center for Plain Language. Entre sus fundadores destacan: Annetta Cheek, Susan Kleimann y Joseph Kimble. Desde la primera mitad de la década de 1990, el centro reúne varios profesionales que ayudan a agencias gubernamentales a escribir con tanta claridad que sus lectores pueden entender los contenidos la primera vez que los leen o escuchan. Véase: Center for Plain Language, https://centerforplainlanguage.org/.
58 Neil James y Eamonn Moran, “Strengthening Plain Language Institutions”. Clarity, n.° 64 (2010): 55 (traducción propia).
59 El capítulo en este mismo libro de la profesora de la Universidad Católica de Valparaíso de Chile, Claudia Poblete Olmedo, expone con más detalle la propuesta de contar con estándares de claridad.
60 International Plain Language Federation. Véase: http://www.iplfederation.org/.
61 James y Moran, “Strengthening Plain Language Institutions”, 55 (traducción propia).
62 Christopher Balmford, “Plain Language: Beyond a Movement. Repositioning Clear Communication in the Minds of Decision-makers” (Fourth Biennial Conference of the Plain Language Association International, Sydney, 2002) (traducción propia).
63 Margaret Keck y Kathryn Sikkink, Activistas sin fronteras (México: Siglo XXI Editores, 2000), 18.
64 Ibídem, 19.
65 Ibídem, 23.
66 Ibídem, 33.
67 Ibídem, 267.
68 Las diferencias entre lenguaje claro y lectura fácil, así como los proyectos que cada concepto implica configuran otro extenso objeto de estudio. Baste con señalar aquí que la lectura fácil es un método de adaptación de documentos e información compleja dirigido al conjunto de la ciudadanía, pero con un enfoque diferencial que no abarca siempre el lenguaje claro. La lectura fácil se dirige especialmente hacia colectivos en situación o riesgo de exclusión social: personas mayores, personas en situación de discapacidad intelectual, personas con baja cualificación o migrantes recientes con poco conocimiento del idioma, etc.
69 Sobre este particular, se recomienda el trabajo de Claudia Poblete y Pablo Fuenzalida acerca del lenguaje claro en el ámbito judicial latinoamericano: Claudia Andrea Poblete y Pablo Fuenzalida González, “Una mirada al uso de lenguaje claro en el ámbito judicial latinoamericano”. Revista de Llengua i Dret 69, (2018): 119-138.
70 Es el caso de la Política Nacional de Eficiencia Administrativa al Servicio Ciudadano en Colombia; el programa denominado Legislar mejor de la Unión Europea; las leyes de transparencia y acceso a la información pública en general o las estrategias de gobierno abierto y simplificación de trámites requeridas para ingresar a la OCDE.
71 Departamento Nacional de Planeación de Colombia [DNP], Conpes 3785 de 2013 (Bogotá: DNP, 2013), 16.
72 Jesús Aranda, “Lanza Fox programa de ‘lenguaje ciudadano sencillo’”, La Jornada, última modificación 6 de octubre de 2004, acceso 21 de octubre de 2020, https://www.jornada.com.mx/2004/10/06/016n2pol.php?printver=0&fly=2. Véase también: el Manual de lenguaje ciudadano de la Secretaría de la Función Pública de 2004.
73 El informe de esta Comisión reconoce que las diversas encuestas sobre el estado de la Justicia que, desde el inicio de la democracia, se han realizado en España ponen de manifiesto que la ciudadanía confía en el rigor y calidad de los profesionales del derecho, pero que, al mismo tiempo, no los comprende o, en el mejor de los casos, los comprende con dificultad.
74 Ministerio de Justicia de España, “Informe de la Comisión de Modernización del Lenguaje Jurídico de España” (informe, 2011), 3.
75 El ciudadano tiene derecho a que las notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos contengan términos sencillos y comprensibles, evitándose el uso de elementos intimidatorios innecesarios. El ciudadano tiene derecho a que en las visitas y comparecencias se utilice un lenguaje que, respetando las exigencias técnicas necesarias, resulte comprensible. El ciudadano tiene derecho a que las sentencias y demás resoluciones judiciales se redacten de tal forma que sean comprensibles para sus destinatarios, empleando una sintaxis y estructura sencillas, sin perjuicio de su rigor técnico.