Arauca: Una Escuela de Justicia Comunitaria para Colombia. Edgar Ardila

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Arauca: Una Escuela de Justicia Comunitaria para Colombia - Edgar Ardila

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lograr ampliar progresivamente el espectro de asuntos frente a los que las instancias comunitarias han de actuar en sus diferentes momentos y complementarlas con una coordinación horizontal con la oferta de justicia que hace el Estado.

      En cuanto a lo segundo, para prosperar o al menos convivir desde la diversidad de vectores sociales y culturales que confluyen en cada espacio, donde requieren de estructuras de relacionamiento, reglas de asignación, formas organizativas y pautas de comportamiento social, es necesario que la comunidad desarrolle conciencia sobre la existencia, los alcances y los límites de sus normas frente a las imposiciones de actores externos. Allí debe desarrollarse capacidad crítica para identificar las pautas de comportamiento que participan de la violencia cultural o estructural, y de esa forma discernir lo que ha de transformarse en ella misma de los cambios que deben promoverse hacia fuera, hasta el nivel nacional.

      Finalmente, la convivencia pacífica es la finalidad que, si bien está presente en todas las experiencias de justicia comunitaria, determina el dinamismo con el que se produce en estas zonas de confrontación armada. Generalmente a partir de un caso, las instancias comunitarias pueden producir impactos de pacificación: desactivación de acciones de violencia directa, disminución de las pretensiones o las acciones de las partes, desmotivación del apalancamiento social en los actores armados y reducción de las posibilidades de sometimiento comunitario a las lógicas bélicas. Son aprendizajes que deben fortalecer a las comunidades internamente como substrato de una sociedad pacífica. Mientras no haya un proceso de paz entre los guerreros, que la guerra sea solo de ellos. Pero, quizás desde los acumulados en los saberes y recursos orgánicos de este Hiawatha subyacente, puede haber instrumentos para que nos convirtamos en un país que pueda vivir en paz.

      Poner el énfasis en la experiencia comunitaria con la normatividad y la gestión de los conflictos no significa que lleguemos a las comunidades con las manos vacías desde el derecho y la administración de justicia. En nuestra Constitución Política nacional actual existe una poderosa oferta que en muchos aspectos debe construirse como realidad en la sociedad para llegar a ser el país democrático, garante del amplio catálogo de los derechos humanos, incluyente y participativo que se anuncia desde la cabeza de nuestro ordenamiento jurídico. Es necesario que las prácticas sociales y las dinámicas de poder realmente existentes llenen de contenido esos marcos de acción.

      Uno de los temas a construir socialmente de cara al ordenamiento es el de la justicia comunitaria, para la que se establecieron unos vértices en la propia Constitución Política de 1991, a ser desarrollados no solo mediante leyes y reglamentos, sino, principalmente, mediante el encuentro de las figuras legales con las instancias y las dinámicas sociales que tendrían vocación de llenarlas de contenido e impacto en la realidad. Si bien existen otras modalidades de justicia comunitaria, aun en el sistema jurídico, aquí nos ocupamos de las dos figuras que tienen potencialidad y desarrollos sociales en Arauca: la justicia indígena y la justicia en equidad.

      En el departamento existen cinco pueblos indígenas organizados en más de veinte comunidades que, además de los problemas que padece el resto de la población, han sido discriminados, excluidos y expulsados paulatinamente de sus territorios. Aunque ellos han logrado sostener sus idiomas, sus estructuras normativas y cierta institucionalidad, la mayoría se encuentran en grave riesgo de extinción étnica e, incluso, física. Haciéndose necesario un plan de salvaguarda (Auto 003 y 004 de la Corte Constitucional de Colombia) dentro del cual descuella el componente gobierno propio y jurisdicción indígena a tono con el artículo 246 y otras normas de la Constitución Política. Si bien ha avanzado un proceso de reconstrucción y fortalecimiento interno, el principal esfuerzo ha sido el dirigido al reconocimiento externo de las instancias, los procedimientos y las normas de cada comunidad, en las instancias estatales.

      De otra parte, nueve de cada diez pobladores rurales y urbanos del Sarare son criollos y guates. Entre ellos, pese a su diversidad, encontramos las instancias y normas que se articulan con diferentes procesos organizativos, especialmente la junta de acción comunal que opera con un amplio mandato, por legitimidad y eficacia, como gobierno comunitario y de gestión de conflictos. La sostenibilidad de dichas instancias y normas puede garantizarse si se logra que una figura como la conciliación en equidad, creada también en 1991, les proporcione los canales de interacción con el ordenamiento jurídico nacional sin despojarlas de sus capacidades alcanzadas y los potenciales por desarrollar.

      Así, tanto la jurisdicción indígena como la justicia en equidad constituyen una oportunidad real de que nuestra institucionalidad nacional se fortalezca con el contenido que puede proporcionarle nuestra diversidad cultural y social. La jurisdicción indígena se funda en el reconocimiento constituyente de que las comunidades indígenas cuentan con su propio orden jurídico. Por tanto, las autoridades del Estado tienen el deber de interactuar y cooperar con ellas y someterse a su autoridad en lo que tienen competencia. La justicia en equidad remite al consenso de las partes, a las normas propias y a los valores de cada comunidad como la sustancia de las decisiones.

      Como puede verse, una y otra ofrecen en esencia marcos legales mínimos —siendo más acotados para la justicia en equidad— que permiten conectar los procesos sociales y culturales existentes a la juridicidad nacional. Desde allí, puede establecerse una interlocución con las instancias homólogas del Estado para construir y desarrollar dinámicas de cooperación y apoyo mutuo.

      Pero nada de eso se logra automáticamente. Ha sido necesario desarrollar varios procesos simultáneos en que nos hemos comprometido como EJCUN: 1) procesos de interacción y de diálogo que vayan generando los puentes en el territorio, un lenguaje, objetivos, complementariedades, además de rutas en común entre procesos que han estado históricamente distanciados y apenas empiezan a superar la desconfianza mutua; 2) procesos ante los programas nacionales para superar el centralismo opresivo que reproduce la rigidez —que no ha podido imponerse en el territorio a lo largo de la historia— mediante formatos inamovibles que no estiman la construcción colectiva y controlados por actores ajenos al territorio; y 3) procesos ante los actores armados que se desenvuelven en niveles muy diferentes de la confrontación bélica, para que no obstaculicen la operación de la justicia en equidad y su aporte en la edificación de democracia local.

      Como equipo de la Universidad venimos trabajando con esa perspectiva desde el año 2005 en Arauca. Ciertamente, con las comunidades indígenas solo ha sido posible desarrollar una labor episódica y puntual. Salvo, entre 2010 y 2012, cuando acompañamos el arranque de un proceso profundo de todas las comunidades indígenas u’wa, hitnü, macaguane, betoyes, sikuani, para el fortalecimiento del gobierno y la justicia propios, gracias a una alianza con la asociación departamental de cabildos y al compromiso institucional de la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR).

      En cambio, la labor con la justicia en equidad ha sido más constante. Desde 2006, la EJCUN viene empeñada en la tarea de construir al lado de actores, principalmente comunitarios, una conciliación en equidad que sea el puente que permita que las dinámicas comunitarias de gestión de la conflictividad y la regulación social ganen presencia y eficacia desde las respuestas propias a los problemas propios y encuentren maneras de trabajar de la mano con la oferta estatal, para, desde allí, potenciar su aporte a la paz de la región y del país.

      Este libro da cuenta de la contribución que, desde este equipo de la Universidad Nacional, hacemos en la búsqueda de una suerte de Hiawatha sarareño, en un escenario de compleja conflictividad social intensamente impactada por la guerra y afectada por la carencia de potencia del Estado para gestionar las controversias, ordenar el territorio y garantizar la oferta de derechos establecida en sus leyes. La obra se organiza en tres partes. En la primera, se describe el escenario; en la segunda, se da cuenta de la manera como se produce la acción y la interacción de la Escuela en el territorio; y en la tercera, se describen las dos principales estrategias.

      La primera parte recoge tres

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