El desarrollo y la integración de América Latina. Armando Di Filippo
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La ética del capitalismo regulado en las economías desarrolladas
La ética del capitalismo regulado en la esfera económica y de las socialdemocracias en la esfera política, fue un compromiso entre las nociones del individualismo y el utilitarismo que están en la esencia de las conductas del capitalismo, por un lado, y las nociones de derechos económicos, sociales y culturales que están en la esencia de las conductas políticas de la socialdemocracia por otro lado.
A medida que estos procesos económicos y políticos se afianzaban surgieron nuevas posiciones éticas que los reflejaron. Una de ellas, muy representativa de las nuevas visiones éticas que este proceso trajo consigo fue el igualitarismo liberal (John Rawls). El impacto académico de las ideas de Rawls fue enorme quizá porque reintrodujo una noción, propia de la ética social pre-moderna que el individualismo y el liberalismo de la primera mitad del siglo XX habían borrado del diccionario: la justicia.
Bien entendido, John Rawls fue ante todo un filósofo político que intentó preservar la visión de mundo del liberalismo contractualista. Sin embargo, pretendió ser también un igualitarista, y la convergencia de estos dos objetivos (libertad e igualdad) contribuye a configurar su Teoría de la Justicia. Conviene repasar esquemáticamente sus ideas principales en vista del enorme impacto que han generado en los estudios actuales de ética y de filosofía política.
Su teoría de los bienes es un fundamento de su teoría de la justicia. Los bienes primarios son caracterizados como los medios generales requeridos para poder aspirar o acceder a una vida buena (nótese la diferencia entre esta noción y la de bienestar en su origen utilitarista). Rawls distingue entre dos tipos de bienes primarios: los naturales y los sociales. Los bienes primarios naturales son la salud y los talentos. Los bienes primarios sociales son básicamente tres: las libertades fundamentales, las oportunidades de acceso a las posiciones sociales y las ventajas socioeconómicas ligadas a dichas posiciones.
Su teoría de la justicia se aboca al logro de una distribución justa de los bienes sociales. Según Rawls, los principios normativos para tal cometido son dos: 1) Cada persona ha de tener un derecho igual al esquema más extenso de libertades básicas que sea compatible con un esquema semejante de libertades para los demás. 2) Las desigualdades sociales y económicas habrán de ser conformadas de modo tal que a la vez que: a) se espere razonablemente que sean ventajosas para todos, b) se vinculen a empleos y cargos asequibles para todos.
Esta mínima referencia a la teoría de la justicia de Rawls no es suficiente para profundizar en ella, ni es el objeto de esta mención intentar hacerlo. Sin embargo, un rasgo central de la visión de Rawls es haber logrado una convergencia entre las nociones de libertad y de igualdad. La primera (libertad) considerada como un rasgo central del liberalismo y la segunda (igualdad) considerada como un rasgo central de la visión de una naturaleza humana compartida, la que asume diferentes orígenes y versiones. En cierto sentido la ética social rawlsiana, compatible con el keynesianismo, es la que mejor representa, legitima y racionaliza el capitalismo regulado y la democracia social instalados en el mundo desde el inmediato período de posguerra hasta la así denominada revolución conservadora de los años ochenta.
Un punto decisivo de la visión ética de Rawls es su rechazo del utilitarismo y su adscripción a una visión kantiana de la libertad, donde lo necesario es preservar la dignidad de cada hombre considerado como un fin en sí mismo. Otro punto esencial es la enorme importancia que otorga Rawls a la noción de bienes públicos o bienes sociales en la configuración de una sociedad justa.
Globalización económica y neoliberalismo
Finalmente, en el último cuarto del siglo XX fueron el capitalismo regulado y la socialdemocracia apoyada en un Estado benefactor los que entraron en crisis en los centros desarrollados. El exceso de gasto fiscal en Estados Unidos, y la fuerte carga tributaria aplicada a las grandes corporaciones condujo por un lado a posiciones inflacionarias y por otro lado a un desaliento de la inversión productiva. El exceso de beneficios sociales tendió a producir una creciente participación del sector público y de los salarios en el ingreso total, reduciendo la participación de las ganancias corporativas. Comenzó así un proceso de inflación con recesión que no tenía precedentes en la economía estadounidense. En la década de los años ochenta este proceso condujo a un rechazo de la economía keynesiana, a un esfuerzo por reducir tanto el tamaño del Estado como su intervención en el campo de la vida económica, incluyendo el gasto en bienes público-sociales. Con la llegada a comienzos de los años ochenta de los Gobiernos de Margaret Thatcher en Inglaterra y de Ronald Reagan en Estados Unidos se dio inicio a una era conocida como la Revolución Conservadora.
El decenio de los años ochenta dio lugar a la acelerada propagación de las tecnologías de la información y de la comunicación, coincidente con una nueva visión de la economía política acorde con los principios del así denominado Consenso de Washington, que restauró el proceso de asignación de recursos controlado por las grandes empresas en un contexto de emergente globalización entendido por una creciente movilidad no solo de los bienes a través del comercio sino también de nuevos servicios asociados al desarrollo de las TIC, así como de tecnologías e inversiones vinculadas a la inversión directa extranjera. El mismo año de la promulgación de las ideas del Consenso de Washington fue el de la caída del Muro de Berlín y del colapso de las economías centralmente planificadas de Europa Central.
El capitalismo y la democracia representativa liberal quedaron como los únicos sistemas reguladores de los procesos económicos y políticos del mundo occidental. Sin embargo, el capitalismo comenzó a operar con base en nuevas posiciones tecnológicas, y acudió a nuevas estrategias y tácticas de mercado. Ese proceso contribuyó por un lado a la concentración y por otro lado a la despersonalización del poder económico.
Desde una perspectiva ética, esta inflexión histórica acontecida a fines del siglo XX, generó posiciones “restauradoras” de un individualismo liberal altamente concentrador así denominado neoliberalismo. Los fundamentos de dicho poder económico se “sinceran” apoyándose no ya en presuntas contribuciones al bienestar general (en una línea utilitarista) sino simplemente en la legitimidad y necesidad económica y política de un sólido régimen de propiedad privada. El proceso económico que se ha traducido en la emergencia de la Revolución Conservadora y en los principios del Consenso de Washington en su traducción a la esfera de la ética y de la filosofía política ha dado en denominarse libertarianismo. Sus principales ideólogos han sido Von Hayek, y Robert Nozick. Las posiciones más extremas de este enfoque han dado en denominarse anarco-capitalismo.
El libertarianismo o libertarismo define la libertad humana como la propiedad de sí mismo y de todos los objetos legítimamente poseídos. La legitimidad de las relaciones contractuales y de mercado depende solamente de la voluntad de las partes contratantes (que por definición son propietarios). El libertarianismo se ocupa del origen de una propiedad legítima, y presenta diferentes argumentos para intentar justificarlo, los que no podemos profundizar en esta reseña. Bástenos decir que, para los libertarios el justo precio es por definición el convenido “soberanamente” entre dos contratantes legítimos y no depende de ninguna otra consideración relacionada con el tema de la justicia.
En ciertos aspectos morales más bien extraeconómicos el libertarianismo reconoce el derecho de una persona de hacer con su vida lo que considere conveniente, puede drogarse, suicidarse, ser objeto de eutanasia consentida y voluntaria, practicar relaciones sexuales o establecer vínculos estables con personas del mismo sexo, aislarse del mundo etc. Los únicos límites que impone esta visión son primero, no ceder la propiedad de sí mismo a otra u otras personas, segundo aceptar la necesidad de supervisión que los jóvenes