Mejor que decir es hacer, mejor que prometer es realizar. Horacio Gaggero
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[60]. Art. 6º en ídem, p. 81.
[61]. S. Novick, IAPI, auge y decadencia, Centro Editor de América Latina, Buenos Aires, 1986, pp. 77-78.
[62]. Véase Ley 13.548, en Ministerio de Economía de la Nación, IAPI, Memoria Anual. Ejercicio 1949, Buenos Aires, 1950, p. 83.
[63]. M. Rapoport y cols., Historia económica, política y social de la Argentina (1880-2000), Macchi, Buenos Aires, 2000, p. 387.
[64]. Ídem, pp. 393-394.
[65]. P. Gerchunoff y D. Antúnez, “De la bonanza peronista a la crisis del desarrollo”, en J.C. Torre (dir), Los años peronistas (1943-1955), Sudamericana, Buenos Aires, 2002.
[66]. Cuyo artículo 40 establecía en su 1º párrafo que los servicios públicos “originariamente y bajo ningún concepto podrán ser enajenados o concedidos para su explotación”, mientras que el 2º párrafo “los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas, y las demás fuentes naturales de energía, con excepción de las vegetales son propiedad imprescriptible e inalienable de la Nación” Constitución Nacional, 1949.
[67]. C. Belini, “Estado y política industrial durante el primer peronismo (1946-1955)” en P. Berrotarán, A. Jáuregui y M. Rougier, Sueños de bienestar…, p. 91.
[68]. J.D. Perón et al., Segundo Plan Quinquenal de la Nación Argentina, Ley 14.184, Hechos e Ideas, Buenos Aires, 1954, pp. 557 y ss.
[69]. Ídem, p. 559 y ss.
[70]. Ídem, p. 564.
[71]. Ídem, p. 590 y ss.
[72]. Ídem, p. 574.
[73]. Ley 13.653/49 en Anales de Legislación Argentina, Buenos Aires, La Ley, 1955, t. IX-A, p. 353.
[74]. Decreto 12.937/43, en Anales de Legislación Argentina. Año 1943, III, Imprenta del Congreso de la Nación, Buenos Aires, p. 429.
[75]. Decreto 15.805/46, en Anales de Legislación Argentina. Año 1946, VI, Imprenta del Congreso de la Nación, Buenos Aires, 1947, p. 606.
[76]. Decreto 18.407 en Anales de Legislación Argentina. Año 1943, IV, Imprenta del Congreso de la Nación, Buenos Aires, 1944, p. 72.
[77]. Raúl Apold, era periodista, fue secretario del general Ricchieri en 1919, desde la década siguiente alternó el ejercicio de su profesión como cronista deportivo en La Época, con un cargo en alguna Comisión Municipal. En la década del treinta colaboró en revistas de espectáculos como Leoplán y Sintonía, y fue redactor de temas vinculados con los ministerios militares para el diario El Mundo, a fines de la década se desempeñó como jefe de prensa de Argentina Sono Film, empresa de la que se desvinculó para dirigir el noticiero Sucesos Argentinos, En 1947 se incorporó como director del diario peronista Democracia, desempeñándose como Director de Difusión de la Subsecretaría de Informaciones, accediendo el control de la misma en 1949 Cuando al año siguiente, Argentina Sono Film se convirtió en una sociedad por acciones, Apold, junto con Juan Duarte, aparecen compartiendo el 25% del paquete accionario.
[78]. Decreto 18.406/43 en Anales de Legislación Argentina. Año 1943, IV, Imprenta del Congreso de la Nación, Buenos Aires, pp. 69-70
[79]. M. Gené, “Políticas de imagen. Sobre la propaganda visual del peronismo”, en P. Berrotarán, A. Jáuregui y M. Rougier, Sueños de bienestar…, p. 330.
[80]. P. Sirvén, Perón y los medios de Comunicación (1943-1955), CEAL, Buenos Aires, 1984, pp. 123-124.
[81]. G. E. D’Arino Arignoli, La propaganda peronista (1943-1955), Maipue, Buenos Aires, 2006, p. 214.
[82]. M. Gené, Un mundo feliz. Imágenes de los trabajadores en el primer peronismo. 1946-1955, CFE, Buenos Aires, 2005, p. 43.
[83]. Véase el capítulo 8.
[84]. P. Sirvén, ob. cit., p. 56.
[85]. P. Sirvén, ob. cit., p. 46.
[86]. Ídem, pp. 116-118.
[87]. Ídem, p. 119.
[88]. R. Sidicaro, ob. cit, p. 96.
[89]. Arturo Enrique Sampay fue un prestigioso constitucionalista y filosofo jurídico y político, publicó numerosas obras sobre todo en materia de Derecho Constitucional y Teoría Política. Hijo de Fernando Sampay y Antonia Berterame, nació en Concordia (Entre Ríos) en 1911. Realizó sus estudios secundarios en el Colegio Nacional de Concepción del Uruguay, y se recibió de abogado en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de La Plata, de donde egresó en 1932 y ejerció la docencia para actualizarse y perfeccionarse durante varios años en Europa. Estudió las nuevas formas del estado surgidas durante el siglo pasado en su libro “La crisis del estado de derecho liberal-burgués”, publicado en 1942, asumiendo tres años más tarde la Fiscalía de Estado de la provincia de Buenos Aires. Fue convencional Constituyente por la provincia de Buenos Aires en 1949, uno de los principales inspiradores y redactores de la Constitución Justicialista de 1949. A la caída de Perón tuvo que exiliarse en Montevideo, regresando al país en 1958 y asesorando sobre las reformas constitucionales que se gestaban en Uruguay y Chile.
En 1973 editó Constitución y pueblo, en el cual saludó la vuelta del peronismo, volvió a la cátedra oficial en la UBA y posteriormente sumió las responsabilidades en la Corte Suprema de Justicia y falleció en 1977.
[90].