Mejor que decir es hacer, mejor que prometer es realizar. Horacio Gaggero

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Mejor que decir es hacer, mejor que prometer es realizar - Horacio Gaggero

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fue desplazado, asumiendo como Ministro Raúl Mendé un joven médico casi sin experiencia en la función pública, que había publicado un libro titulado Doctrina Peronista del Estado, en el que, curiosamente, no hacía ninguna mención del papel de la planificación, de la que, supuestamente, tendría que ocuparse en su nueva función.

      Ese mismo año, el decreto 33.344/49 estableció que los Consejos de Coordinación Interministerial y Federal Coordinador, pasaban a depender del Ministerio de Asuntos Técnicos con las funciones que les había encomendado las leyes que les habían dado origen.

      La crisis económica de principios de la década del 50 no significó una desaparición de los organismos de intervención, que siguieron cumpliendo sus funciones. En el caso del IAPI, por ejemplo, comenzó a asegurar a los productores agrarios precios superiores a los del mercado internacional, y a destinar un mayor volumen de capitales para la importación de maquinaria agrícola a los efectos de asegurar la modernización de la explotación.

      Para esa época, sin embargo, se impusieron los criterios político/ideológicos por sobre los técnicos en la composición de la burocracia oficial.

      En un discurso pronunciado en una reunión con subsecretarios y altos funcionarios oficiales el 2 de julio de 1952, Perón hablaba de la necesidad de contar con funcionarios fieles:

      El funcionario o empleado público es el ejecutor directo de esa doctrina por mandato implícito de la constitución y de la ciudadanía

      En cuanto al Estado, ese concepto se estrecha mucho más: no puede haber un funcionario de ninguna categoría ni un empleado destinado al servicio de la Nación que no piense estrechamente dentro de la doctrina nacional, porque él es el ejecutor directo de esa doctrina. En otro ciudadano de otra actividad quizá no sea tan pecaminoso que hiera a la doctrina, o aún, que esté en contra del dictado de la doctrina, pero un funcionario o un empleado público que es el ejecutor directo por mandato implícito de la Constitución y de la ciudadanía, no puede estar fuera de eso.

      Por esta razón, señores la doctrina no contiene minucias ni insignificancias, contiene lo fundamental de la Nación. Nosotros hemos cristalizado como doctrina nacional nuestras tres banderas, que no pueden arriarse por otro que no sea un traidor a la Patria.

      La Justicia social, la Independencia económica y la Soberanía del Estado no pueden ser negadas por ningún argentino; y no solamente negadas ni discutidas, porque cuando se trata de la justicia, cuando se trata de la libertad y cuando se trata de la soberanía no puede haber discusión en contra de la Nación.

      Esto, señores, que conforma una verdadera doctrina nacional, es lo que debemos llevar al alma de la Nación. Y nosotros, los agentes civiles de la Nación, somos los encargados de realizarlas. Nada hay más fundamentalmente importante que eso.

      Por su parte, el Segundo Plan Quinquenal pretendía alcanzar una mayor racionalidad administrativa. En el mismo se establecía que esta produciría el mejoramiento de la administración pública; crearía el criterio y el sentido de la responsabilidad social de los funcionarios y contribuiría a investirlos de la dignidad que debía acompañar a la función pública; lograría el mejor aprovechamiento y, por ende, la mayor economía en los gastos públicos; y sería un factor de colaboración inestimable en el afianzamiento de la grandeza y la prosperidad del país.

      Esta racionalización de los agentes estatales se establecería a través del adoctrinamiento, la capacitación y el establecimiento de normas generales para su ingreso, escalafón, horarios y normas de trabajo.

      La capacitación sería responsabilidad de las distintos organismos a través de la enseñanza de de los conocimientos técnicos y generales con el objeto de conseguir un mejor rendimiento del personal, servicios más eficientes y un mejoramiento en la utilización del gasto público.

      Se consideraba la necesidad de establecer una concordancia entre las funciones a cumplir y el número y la capacidad de los agentes que se necesitaban, y la creación de una Escuela Superior del Estado para mejorar la capacidad de los funcionarios estatales a los fines de perfeccionar sus conocimientos referidos a la conducción, la doctrina peronista, y las ciencias sociales, económicas y políticas en general, y la ciencia de la administración en particular, y que complementarían los cursos de capacitación que realizaría cada departamento. Este sería el origen de la llamada Escuela Superior Peronista, en la que el propio Perón dicto un curso que daría origen al libro Conducción Política, Eva Perón otro, sobre Historia del Peronismo, pero donde también dieron clases el padre Hernán Benítez sobre “Ética peronista”, existiendo otros cursos sobre “Filosofía peronista” y “Sociología peronista”

      En el capítulo XXVIII del plan que trataba sobre la racionalidad administrativa, se adoptaba como objetivo fundamental facilitar la conducción general del país mediante la concepción del gobierno y la unidad de acción del Estado a través de la planificación orientada al cumplimiento de la doctrina nacional; la unidad de acción se lograría a través de la organización simple, objetiva, estable y perfectible, coordinada por parte del gobierno

      Waldmann señala que después de la reforma de la Ley de Ministerios de 1954 el gobierno debía quedar reservado a un consejo integrado por el Presidente de la República y los titulares de las secretarías que dependían directamente de él. La coordinación de las medidas para la ejecución de las decisiones tomadas por este consejo quedaba en manos de un grupo más amplio, el consejo de gabinete, en el que estaban representados todos los órganos de segundo orden, entre los que figuraban los ministros. Estas medidas tenían por objeto centralizar en el ejecutivo la dirección de la acción de gobierno

      Esto fue producto de una modificación de la ley de Ministerios, sancionada el 25 de junio de 1954 como Ley Orgánica de los Ministerios, que quedaron reducidos a dieciséis: Relaciones Exteriores y Culto, Interior y Justicia, Trabajo y Previsión, Educación, Asistencia Social y Salud Pública, Comunicaciones, Obras Públicas, Transportes, Hacienda, Agricultura y Ganadería, Industria, Comercio, Finanzas, Ejército, Marina y Aeronáutica. Desaparecían los Ministerios de Defensa y Economía, se refundían Interior y Justicia, se desdoblaba Industria y Comercio, y volvían a su anterior categoría de Secretarías de la Presidencia Asuntos políticos y Asuntos Técnicos. En esta oportunidad la ley se adecuaba a la nueva constitución al recortar la potestad del poder Legislativo de interpelar a los ministros, por lo cual desaparecía la obligatoriedad de concurrir ante apelaciones realizada en el Congreso Nacional.

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