Catorce conferencias en la Universidad Sverdlov de Leningrado (1921). Alexandra Kollontay
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Stalin y un sector del CC del PC(b)R intentó frenar el proceso restaurador con persecuciones y fusilamientos, instalando el terror y la represión indiscriminada como recurso de lucha contra la contrarrevolución, fracasando en su intento por el error de confundir las contradicciones en el seno del pueblo con las existentes con el enemigo, expresadas como lucha de líneas dentro del partido.
Análisis de la fuente y sus controversias teóricas
Alexandra Kollontay dictó en 1921 las conferencias/lecciones, hoy reeditadas. El propósito era educar en el “punto de vista marxista sobre la revolución en las mujeres”, bajo la premisa de que los cambios en sus condiciones de vida en la “República de los Trabajadores” sería una verdadera revolución. En igual sentido, Kollontay cierra todas y cada una de sus lecciones con un exhorto y alabanza al camino socialista y la conquista del comunismo, como por ejemplo:
“Antes de que el sueño de Praxágora se convirtiera en realidad han transcurrido más de veinte siglos. La Rusia actual es, sin embargo, una prueba viva de que Praxágora tenía razón cuando creía que la liberación de la mujer sólo era posible por medio del comunismo, la libertad y la igualdad”. (Kollontay, A: 1921, Catorce Conferencias, Lección 2, pág. 41)
“La revolución de octubre en Rusia ofrece a nuestras mujeres profesionales activas la oportunidad evidente para su emancipación. Si las mujeres la llevan a cabo, dependerá ahora realmente de su propia voluntad y talento. Ellas mismas deben darse cuenta de lo que hay que hacer. Ya existe la base para la liberación y el camino está marcado. ¿Qué queda ahora por hacer? Construir, construir, construir. Durante siglos la mujer fue esclavizada por la dictadura de la propiedad privada; por la dictadura del proletariado se liberó”. (Kollontay, A: 1921, Catorce Conferencias, Lección 14, pág. 266)
Las primeras seis lecciones se organizan bajo un esquema histórico en el que desarrolla la configuración de la opresión social de las mujeres: el comunismo primitivo, las sociedades antiguas en Grecia y Roma, las clases sociales de las que las mujeres fueron parte durante la Edad Media, la primera etapa de acumulación capitalista a través del capital comercial y la manufactura hasta el desarrollo de la gran industria. En la séptima y octava conferencia se concentra en el análisis de las causas de la opresión y las formas de lucha que las mujeres han organizado desde el siglo XVIII para enfrentarla, sus diferencias de clase y programa. Dedica desde la novena hasta la décimo tercera lección a la integración de las tareas de la liberación de las mujeres con la dirección de la dictadura del proletariado, en las que explicita sus opiniones de balance respecto de los últimos años: el trabajo durante la guerra, su organización, la relación trabajo-maternidad, los cambios y la revolución de las costumbres, etc. Finalmente, en la décimo cuarta y última lección se ocupa de analizar el fenómeno del trabajo productivo bajo la dictadura del proletariado como período de transición, y los antagonismos entre el campo y la ciudad y la división del trabajo entre los sexos.
Es de hacer notar que en el curso de las conferencias, Alexandra desarrolla pero también polemiza con los postulados teóricos de Marx y Engels; sin embargo, solo hace una escueta mención de sus textos clásicos47. Por el contrario, exalta los análisis de August Bebel48 volcados en su obra La mujer y el socialismo (1883) quien reivindica que “el movimiento femenino proletario está subordinado a la lucha unitaria del movimiento de los trabajadores”.
En tal sentido encuadra su tesis y eje vertebrador de sus lecciones, haciendo suya la afirmación que, del proceso histórico milenario
“(…) podemos deducir la conclusión definitiva de que la equiparación de la mujer en todos los demás terrenos será realidad con el tiempo, ya que sabemos muy bien que el papel de la mujer en la sociedad y la relación entre los sexos depende de su función en la producción. Por eso debemos explicar con toda claridad la importancia revolucionaria que tiene la implantación general del trabajo obligatorio para la liberación de la mujer.” (Kollontay, A: 1921, Catorce Conferencias, Lección 9, pág. 189)
Lo que la lleva a asegurar que:
“El trabajo general obligatorio es una parte integrante de importancia de nuestra nueva ordenación social y es además un instrumento para una solución fundamental del “problema de la mujer”. Sin embargo, debe apoyarse a esa tendencia por medio de una protección más amplia a la madre, y sólo así podemos garantizar la fuerza de trabajo y la salud de las futuras generaciones. Únicamente cuando la clase trabajadora tome en sus manos el poder de los Estados y las mujeres realicen un trabajo útil socialmente, puede ponerse fin definitivo a la incapacidad de la mujer que persiste durante tantos siglos”. (Kollontay, A: 1921, Catorce Conferencias, Lección 10, pág. 198)
Obviando el debate que genera el sesgo autoritario que puede suponer el “trabajo obligatorio” para las mujeres por sobre ganar su consenso y conciencia social, podemos ofrecer algunas reflexiones críticas respecto del supuesto carácter liberador del trabajo.
Sin duda, la familia patriarcal, particularmente individual y monogámica, consolidó la división del trabajo que excluyó a la mayoría de las mujeres de la producción social y las confinó al trabajo doméstico con carácter de “servicio privado”, lo que, desde entonces, configura uno de los principales rasgos de su opresión. Pero, desde el siglo XIX, la gran industria abrió nuevamente —en principio a las mujeres de la clase obrera— la producción social. Este hecho se constituyó en la paradoja del sistema capitalista que no habiendo agotado el desarrollo de sus fuerzas productivas necesitó, progresivamente hasta el día de hoy, la incorporación masiva de la fuerza de trabajo de las mujeres, en el orden productivo y ampliamente en el socialmente necesario.
Es así como Engels tuvo razón cuando analizó que:
“(…) la república democrática no suprime el antagonismo entre las clases; por el contrario, no hace más que suministrar el terreno en que puede desplegarse este antagonismo. Y, de igual modo, el carácter particular del predominio del hombre sobre la mujer, así como la necesidad y la manera de establecer una real igualdad social de ambos, no quedarán claramente de manifiesto, sino cuando el hombre y la mujer tengan, según la ley, derechos iguales en absoluto. Entonces se verá que la manumisión de la mujer exige, como condición primera, la vuelta de todo el sexo femenino a la industria pública, y que, a su vez, esta condición exige que se suprima la familia individual como unidad económica de la sociedad.”49
Alexandra Kollontay, reconoció la realidad histórica del desarrollo capitalista y comprendió el significado de la condición primera. Polemizó con quienes absolutizaban la acción liberadora del trabajo y no tenían en consideración que si la producción continúa funcionando según las relaciones capitalistas no puede “liberar” a las mujeres porque, por otra parte, este sistema nunca ha liberado a los varones50.
En sus lecciones, respectivamente, afirmó:
“El capitalismo la llamó a tomar parte en el trabajo productivo y creó los presupuestos necesarios para la lucha de las mujeres por la equiparación de derechos y por su independencia”. (Kollontay, A: 1921, Catorce Conferencias, Lección 4, pág. 78)
“ (La mujer) Por medio de su participación en la producción pone el fundamento de su liberación en todos los campos sociales. Sin embargo hasta la nueva ordenación económica de la sociedad, el comunismo, no puede imponerse prácticamente esa liberación”. (Kollontay, A: 1921, Catorce Conferencias, Lección 6, pág. 121)
“En varios países capitalistas burgueses la mujer tiene ahora los mismos derechos políticos que el hombre. El derecho al trabajo lo ha conseguido por doquier. En casi todas las naciones tienen además las mujeres la posibilidad de estudiar. La relación entre marido y mujer, padres e hijos se ha regulado ahora de tal manera que la mujer ha obtenido