Zoncoipacha. Mariela Tulián

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Zoncoipacha - Mariela Tulián

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sin recibir pago por esas tareas, lo que estaba prohibido por la Corona ya en ese momento. Consta también que han recibido azotes en reiteradas ocasiones, además de otros maltratos físicos y verbales, sobre todo las mujeres, y más comúnmente por parte de la mujer de Luján. Consta que las tareas de servicios que deben cumplir son exhaustivas, al punto de no llegar a cumplirlas en ocasiones, por lo que en esos momentos reciben los mencionados malos tratos. Las tareas que deben realizar son, además de todas las relacionadas con la atención de la estancia, el hilado de algodón y la elaboración de lienzos y otras prendas en cantidad considerable. Según se establece en éste, en otros expedientes sobre nuestro pueblo y en otros más de la zona, se llega a hacer trabajar a los niños y a proporcionarles malos tratos en gran medida. Dice el presente: «a estos declarantes quando heran muchachos los mal trataba y asotaba y agora solo de palabra lo a hecho el dicho encomendero». Queda establecido que quienes deben soportar las peores situaciones son las mujeres y los niños.

      Para que estas personas presten declaración, se necesita del apoyo de un traductor para el testimonio de las mujeres, ya que no hablan castellano. Los hombres sí lo hablan. No se menciona la lengua en la que hablan, pero sabemos, y ya lo dejamos establecido, que no era el quichua el lenguaje de nuestra comunidad, sino el camiare. Luego de sus declaraciones, tanto los hombres como las mujeres son examinados físicamente. Ese examen incluye verificar si las mujeres son vírgenes.

      Como datos adicionales que nos obsequia este documento, podemos mencionar que los naturales que viven en la estancia, todos contra su voluntad, son un total de cinco hombres, quince niños de entre 5 meses y 11 años de edad, según declaran ellos mismos. Se destaca que las mujeres son parejas de estos hombres sin estar casados y sin aclarar a los españoles cuáles son sus parejas. Ello nos permite sospechar que es muy probable que todavía en esa fecha, 1693, nuestra comunidad ejerciera la poligamia. Este hecho fue apuntado por el visitador, quien les preguntó por qué no se casaban con sus mujeres, a lo que respondieron que «no tenían tal pensamiento».

      La irregularidad más grave cometida por Alonso Luján de Medina estaba en el hecho de que los naturales no contaban con una porción de territorio para sus viviendas y cosechas. Por todo, se levantan cuatro cargos contra Alonso, se lo cita el mismo día y se los comunica:

      1 Cargo y culpa por el servicio personal exigido a los hombres «[…] coartándoles en esto la libertad».

      2 Por el servicio personal a las mujeres «[…] que por todos lados están esentas de tributo y serbicio repartiendoles la mujer del encomendero hilado por tarea una libra de algodon grueso y seis onsas del delgado por dia».

      3 «[…] cargo y culpa por los malos tratamientos que la mujer del encomendero a echo por causa del hilado a las indias asotando a Ynes Catalina y Juana».

      4 Cargo y gravamen por incumplimiento de la cedula de encomienda que obligaba al encomendero a entregar terrenos a sus indios para sus viviendas y sembradíos.

      Como defensa, Alonso testifica que algunos miembros de la comunidad se han ido, encontrándose ahora a cuatro horas de distancia de la estancia, y que él nada hizo para que regresen. Por el cargo de no haberles otorgado tierras propias, alega que no lo ha hecho por ser «nuebos en nuestra santa fe por tenerlos mas a la mano para dotrinarlos». Comenta que existe una capilla en la estancia, con título de vice parroquia, pero no menciona haberla construido él. Ante la gravedad de las acusaciones que le recaen consideramos que hubiese sido un atenuante. En todo caso inferimos con ello que la capilla es anterior al momento de la adquisición de la estancia por parte de Alonso, es decir, anterior al año 1671.

      El visitador condena a Alonso a pagar la suma de cien pesos, más ocho reales, más las costas de este procedimiento que suman quince pesos y un real. En cuanto a los intereses de los naturales, ordena que les pague a los tres hombres la suma de diez pesos con ocho reales a cada uno y a las mujeres, cuatro pesos a cada una. Además le ordena al encomendero que asigne tres cuartos de legua de tierras pertenecientes a la estancia, con el agua suficiente, con la instrucción de remitir testimonio de lo actuado en los siguientes cuatro meses, bajo apercibimiento de nueva condena. Asimismo, ordenó que las mujeres permanezcan en la reducción a constituir en estas tierras y que los hombres gocen de la posibilidad de trabajar las tierras que van a recibir «[…] sin obligarles por fuerza a que les sirvan». Determina que los tres hombres solo tienen la obligación de pagarle el tributo de cinco pesos al año, que es la tasa legal de la provincia, agrega que debe tener cuidado de que los naturales asistan a la iglesia y prohíbe totalmente que se les obligue a hilar a las mujeres, «[…] tratara asi el dicho encomendero como su mujer con la mansedumbre y benignidad con que debe». Cabe destacar que de incumplir esta condena el encomendero puede perder su propiedad, ya que se está incumpliendo, como bien señaló el visitador, la cédula a través de la cual fue otorgada la encomienda.

      Encontrar este escrito nos dio mucho que pensar. Los abuelos de la comunidad cuentan que por aquella época había gran cantidad de familias que vivían en libertad sobre las sierras que hoy conforman la «Reserva Natural Forestal Sierras de Cuniputo». Vivir allí no era fácil porque el terreno no es tan fértil como en la zona del valle. Cuentan que era común que los dueños de la estancia enviaran a sus empleados a capturar algún «natural» que encontrasen para sumirlo en la esclavitud tal como era para los que vivían en ella. Era casi imposible que pudiesen capturar a alguien: por las características del terreno, era sencillo escapar, pero no bajaban sin antes destruir los caseríos montados y las siembras de aquellas familias. Al quedarse sin alimentos, no quedaba otra alternativa que bajar por las noches a buscar comida, lo que resultaba en un constante círculo vicioso de daños y saqueos. Cuentan que en algún momento de esa época, «cuando los dueños de la Estancia eran ricos y poderosos», contrataron a una cuadrilla de hombres de otros lugares y los enviaron a acabar con «el problema de las familias libres». Es así como por días se las persiguió hasta que lograron arrinconarlas en una zona llamada Las Cañas, al límite con Charbonier. Ese día se mató, según algunos dicen: 25 hombres de tasa, hombres que pagarían tributo. Los españoles no tuvieron en cuenta a las mujeres, los niños o los ancianos, solo contaron a los hombres fuertes. Los abuelos nos dicen que se asesinaron un total de trescientas personas, entre mujeres, niños, ancianos; que desde entonces se encuentran en una fosa común en aquel lugar.

      Hoy el sitio no está señalizado ni identificado, solo conocemos de la matanza de Las Cañas por la historia oral transmitida de generación en generación. Ese lugar simboliza para nosotros el espíritu de lucha que no debemos abandonar, la búsqueda de la libertad constante. Esta historia, como tantas otras, hierve en nuestra sangre, late en nuestro pecho impulsándonos a seguir el camino que nuestros ancestros nos trazaron y no podemos traicionar.

      Cuando encontramos el escrito antes citado, interpretamos que es muy posible que luego de esta condena del visitador del virreinato haya sucedido este hecho, esta matanza; pero también es a partir de esta visita que se erige el pueblo de indios llamado Reducción de San Jacinto. Por la crueldad con que Alonso trata a sus esclavos y por el hecho de que menciona que algunos de ellos se fueron a una distancia de cuatro horas y que él no los obligó a regresar suponemos que se refiere a que escaparon hacia las sierras o incluso hacia las cañas. Para nosotros, la matanza de Las Cañas no es otra cosa que un crimen de lesa humanidad, como sucedía en otros lugares de nuestra Argentina en esa época y también siglos después, y bien se cataloga en el periódico La Razón del día 16 de noviembre de 1878: dice la crónica de ese día que «la carnicería que se ha hecho con los indios es bárbara y salvaje» y que «esos indios fueron encerrados en un corral y fusilados así como animales y peor que animales». Se pregunta el diario La Nación: «¿Y se han olvidado las leyes de la guerra y el respeto a la civilización hasta un punto tan deplorable? Esas matanzas deshonran y la civilización protesta contra ellas»[17].

      Pero nuestro territorio siguió pasando de mano en mano, hasta que en el propietario número doce la cuenta se detuvo. Este propietario era el deán de la iglesia de Santa Cruz de la Sierra, actualmente Bolivia.

      En

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