Zoncoipacha. Mariela Tulián

Чтение книги онлайн.

Читать онлайн книгу Zoncoipacha - Mariela Tulián страница 7

Автор:
Серия:
Издательство:
Zoncoipacha - Mariela Tulián

Скачать книгу

ellos Atan Sacat que dio origen a uno de los pleitos. con mas, enfrente de Toco Toco en un arroyo que se dize Chocho Como Hal era una gran represa que estaba al N.O. de Soto en la hoy llamada Serrezuela’[12].

      Continúa Montes:

      Una primera posesión había tomado Pérez en 1.580, en indios de la Punilla, que en esa época, ni eran cristianos, ni hablaban quichua: caciques Maca Charava del pueblo Lay Sacat (hoy San Marcos Sierras), cacique Charava Cican, del pueblo del Sian Pitin sujeto al cacique Sian Sacat, la india Hachat Lac, hermana del cacique Tancantes del pueblo de Tao Pitin. Sirvió de intérprete la india Catalina Guaquin Chinta. […] «el pueblo Hatan Sacat por lengua sanavirona y por otra nombre Hatan Henin ques por su lengua de los naturales de aquella tierra y Atan Sacat y Atan Henin es todo uno, que no difieren sino en las lenguas…»[13].

      Otro dato fundamental y bien documentado es el hecho de que se registraron casos en que los «naturales de estas tierras» no hablaban el quichua, algunas veces estaban bautizados y otras no. El bautismo era en muchos casos la única evangelización que recibían.

      Y resulta importante también aclarar que esta evangelización era más que controvertida. Aníbal Montes se refiere al expediente del Archivo Histórico del año 1594, Legajo 4, Expediente 11, Escribanía 1º, que apunta: «En este documento existe la constancia de “evangelización en montón” sin preparación previa, consistente en bautizar en un solo acto a toda la concurrencia, repartiendo nombres de pila cristianos».

      Como ejemplo en esta zona, en el año 1589 es censado don Antonio de Tulián, «es cristiano, no habla quichua»[14]. Así como quedó registrado, podemos interpretar que «Antonio» era un nombre cristiano impuesto, «de Tulian» haciendo referencia a su pertenencia al territorio Tulián.

      No nos parece necesario sumar otros ejemplos, aunque los haya infinitos en el Archivo antes mencionado.

      Los primeros capitanes del Ejército español que llegaron a la zona aprovecharon la ocasión para apropiarse de los territorios que iban conociendo. La debilidad de su accionar estuvo en la dudosa identificación de los pueblos que iban explorando. Registraban varios pueblos y los solicitaban en encomienda, pero en muchos casos pasaban varios años antes de que volvieran a recorrer estas poblaciones. Cuando regresaban, muchas veces encontraban que había otros capitanes o colonos españoles en ellas, y con encomiendas legalmente otorgadas por la Corona. Así se sucedieron innumerables pleitos judiciales que quedaron registrados en el Archivo Histórico y que nos brindan importante y valiosa información.

      Según se manifiesta en varios expedientes, Soto había sido considerado como la capital administrativa, organizativa y política de la zona por parte de los españoles, no solo por sus características geográficas y su buena accesibilidad, tanto desde Córdoba Capital como desde la provincia de La Rioja, sino también porque allí vivió el capitán Tristán de Tejeda, quien ejerció una importante acción disciplinadora y ordenadora del trabajo esclavo en la región. Soto funcionó como una de las más importantes reducciones de indios, aglutinó a muchas familias que fueron traídas de otras comunidades del noroeste provincial y utilizando esa mano esclava se aprovechó para montar allí una fábrica de carretas, aperos, elementos de cuero y otros, tan importantes para el transporte en aquella época.

      Pero como mencionamos antes, nuestra localidad fue desde siempre la capital política de las comunidades indígenas de la región. Incluso, su propiedad fue disputada por varias personas, incluyendo al mismo capitán Tristán de Tejeda. Tejeda argumentaba que poseía un total aproximado de 24 pueblos, entre los cuales se encontraban Toco Toco, Caviche o Cavis, Tulian, Tulian Cabiche, Tulianha, Tulian aha, Soto como los más sobresalientes para este relato. Sostenía que su encomienda le fue otorgada en el año 1573.

      En 1576, este mismo territorio fue otorgado en nueva encomienda a Gerónimo de Bustamante, quien lo dejó en herencia a su único hijo, Pedro Arballo de Bustamante. Tejeda inició un juicio reclamando la posesión de la encomienda a Bustamante padre. Este pleito consta en el Expediente 1, Legajo 4, Escribanía 1º del año 1592 y se reitera el reclamo en el Expediente 10, Legajo 4, del año 1594 a Bustamante hijo, siendo éste menor de edad.

      Otros que pleitearon la propiedad de este territorio (en páginas anteriores transcribimos parte de este documento) fueron el capitán Pérez de Aragón, quien sostenía haber recibido por encomienda el pueblo Lay Sacat, que ya establecimos era el mismo que Tay Pitín, y otros pueblos. En esta ocasión, Pérez se enfrentó judicialmente con J. Álvarez de Astudillo, quien había adquirido la encomienda al haberse casado con la viuda de su anterior dueño, Francisco Velázquez. En 1590, este último había heredado de su esposa una documentación de encomienda con el mismo número de 24 pueblos de indios que recibiera Tejeda, del mismo año (1573) y en la misma zona. Los poblados que Astudillo disputa con Pérez son el de Cantapas, Miste Pitin y «el pueblo Atan Sacat por lengua sanavirona y por otro nombre Atan Henin ques por su lengua de los naturales de aquella tierra»[15]. Pérez y Astudillo disputan judicialmente durante el año 1590. Quien gana los derechos sobre algunos de estos pueblos es Pérez, por haber concretado la posesión de estos poblados desde 1578, dos años antes de que reclamara Astudillo. Aquí aparece un concepto que nos hace reflexionar y pensar en las semejanzas con la actualidad: se tuvo en cuenta la posesión de la tierra por sobre los títulos que los litigantes poseían. En la actualidad sucede algo muy similar en el momento de aplicación de la ley provincial 9150 de Registro de Poseedores, de saneamiento de Títulos: es muy frecuente encontrar trámites de posesión superpuestos y cuando se presentan conflictos con estas superposiciones, debe prevalecer el poseedor real por sobre todo papel. Aunque lo más frecuente es que se den casos de personas que aparecen de pronto con títulos de propiedades de terrenos donde viven familias indígenas o campesinas y que terminan siempre con desalojos ilegítimos. Porque todos sabemos que quien prevalece en este tipo de sociedades es quien posee el poder económico.

      La «Encomienda de Indios», como figura legal, procedía de una decadente institución medieval implantada por la necesidad de protección de los pobladores de la frontera peninsular en tiempos de la reconquista europea. En América, esta institución, que debió adaptarse a una situación muy diferente, generó problemas políticos y sociales, discusiones cuasi filosóficas y controversias que no habían sucedido en España. Las encomiendas sirvieron como centros de aculturación y evangelizaciones forzadas y como instrumento legal para la esclavización de toda América.

      El procedimiento de repartición de tierras era el siguiente:

       Primeramente se otorgaba el territorio de varios poblados en calidad de encomienda a españoles que se habían distinguido por sus servicios a la Corona, como recompensa y para asegurar el establecimiento de la población y dominación española.

       Los españoles, seguidamente, establecían las reducciones indígenas y declaraban sus encomiendas como «tierras vacías», como «territorios vacíos», y de esa manera se los habilitaba para ser dueños, bajo la figura de «Estancias».

      Eso era en teoría. En nuestro territorio, en 1671, compra la propiedad en calidad de estancia el capitán Alonso Luján de Medina, pero en los Archivos de visita de las «Encomiendas de Indios» se lee claramente que la estancia sigue siendo encomienda. En esta visita, que se realiza el 13 de mayo de 1693 en Nonsacate, se registra la declaración de tres hombres y seis mujeres, miembros de la comunidad indígena de la estancia de San Marcos, que fueron trasladados hasta allí para prestar declaración. Quedan claros y muy bien registrados los abusos que tanto Alonso Luján como su mujer, María de Olmos y Aguilera, realizan sobre al menos estos ocho naturales del territorio.

      Esta actuación es realizada por el «oidor mas antiguo de la Real Audiencia de la ciudad de La Plata y Visitador General desta provincia del Tucuman», Antonio Martines Luxan de Vargas; el escribano es Lorenzo Pinto[16].

      Entre

Скачать книгу