La consulta previa: daño inmaterial y reparación. Diana Carolina Rivera Drago

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La consulta previa: daño inmaterial y reparación - Diana Carolina Rivera Drago

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delimitado por señales que evocan un orden espiritual67.

      En los resguardos y sus alrededores, en general, el poblamiento cotidiano es disperso, pero en los poblados se efectúan con frecuencia reuniones y ceremonias. Existen tres tipos o unidades de asentamiento: las parcelas (población dispersa), los poblados (núcleos de habitantes) y los centros ceremoniales; todos ellos están comunicados entre sí por una intrincada red de caminos que superan la barrera de los ríos a través de sólidos puentes construidos con madera, bejucos y piedras. Por estas rutas circulan las familias y sus animales durante todo el año. Los asentamientos dispersos están compuestos por los bohíos de cada parcela, localizada en diferentes pisos climáticos, puesto que cada familia tiene más de una parcela a diferentes alturas, y a través del año mantiene un movimiento rotatorio que les permite atender diferentes cultivos, que son la base de su subsistencia y que constituyen también su actividad comercial68.

      Entre los iku el poblamiento disperso presenta variaciones arquitectónicas según la altitud donde se encuentren las parcelas. En las partes más altas y frías –las más tradicionales– ocasionalmente aparecen las casas de planta circular como hecho excepcional, porque los iku en general han adoptado la planta cuadrada o rectangular. Las paredes son de bahareque recubierto en piedra, el techo es de paja y el suelo de tierra, y la habitación se compone de un solo recinto donde se realizan todas las actividades de la vida cotidiana: allí se duerme, se cocina, se almacenan los víveres y los bienes de uso diario. A medida que se desciende a climas menos fríos, el recubrimiento externo de piedra se hace más bajo y forma un pequeño muro que rodea la casa. En climas templados o cálidos aparecen a veces dos construcciones o recintos diversos en cada habitación, uno abierto, que corresponde a la cocina, y otro cerrado, donde se hallan los dormitorios69.

      En el territorio habitado por los iku hay un solo pueblo propiamente dicho, que corresponde a Nabusímake, considerado “capital” y “tierra donde nace el sol” en lengua iku o arhuaca. Está situado en una región montañosa, aproximadamente a 1200 metros sobre el nivel del mar. Allí por lo general las mañanas son soleadas y calurosas, las tardes frescas y lluviosas y las noches más frías. La vegetación varía según el piso térmico, y va desde las exuberantes plantas de las tierras bajas hasta las secas estepas de los páramos. Se encuentra en el departamento del Cesar, al noroeste de Valledupar, capital del departamento, de la cual dista 84 kilómetros por carretera.

      Nabusímake es el principal poblado de los indígenas arhuacos que habitan en la vertiente suroriental de la Sierra Nevada de Santa Marta y constituye la capital espiritual y cultural del este pueblo indígena. En palabras de sus habitantes, “Llegar hasta allí no es difícil, pero hay que ir preparado mental y físicamente para enfrentarse a una carretera abrupta y recorrer un trayecto de 25 kilómetros escabrosos y emocionantes. [...] Una vez en Nabusímake [...] la aventura del camino es compensada con la paz que se desprende del silencio de las montañas, con el encuentro con la naturaleza desnuda; es receptar la fuerza del sol y disfrutar de [los] destellos de la luna; es la armonía con la madre naturaleza; es sentir la fuerza de una raza; es llegar a la nación Arhuaca”70.

      Este poblado está compuesto por aproximadamente medio centenar de casas cuadradas o rectangulares de 4 x 4 m ó 4 x 5 m, con paredes de bahareque, muro externo de piedra y techo de paja; tiene escuela, un pequeño hospital, oficina de la organización central arhuaca, cárcel, tienda, y está rodeado por un muro de piedra continuo, allí se realizan también las principales reuniones y asambleas políticas y religiosas71.

      Por otra parte, hay numerosos caseríos (20 aproximadamente) de diversos tamaños y compuestos por casas rectangulares de bahareque, adobe o cemento, a veces con techos de zinc que corresponden a los centros administrativos de cada asentamiento. Tienen escuela, cárcel, puesto de salud y oficina administrativa, y son el punto donde se reúnen las familias iku cuando hay brigadas de salud, visitas del gobierno para solucionar problemas de la comunidad o simplemente los sábados y domingos; además hay viviendas aisladas donde abundan los niños y las hogueras que brindan calor y sirven para la preparación de los alimentos72.

      Además de la capital Nabusímake y los asentamientos dispersos ya mencionados, no es posible dejar de mencionar el municipio de Pueblo Bello, lugar geográfico en que conviven y coinciden dos culturas diferentes: los arhuacos y los ciudadanos no indígenas que allí habitan. Se encuentra aproximadamente a una hora de Valledupar y se caracteriza por los contrastes entre los campesinos, los hombres de ciudad y los indígenas de la Sierra, principalmente iku. El poblado como tal se encuentra atravesado por una vía principal en la que concurren numerosos locales comerciales y restaurantes donde siempre habrá arhuacos bien sea a pie o a lomo de mula, abasteciéndose de bienes de primera necesidad generalmente de origen bunachi (linternas, pilas, velas, cuerdas, panela, pan, galletas, entre otros) pero también productos de la canasta familiar cuando no los producen en sus parcelas (arroz, verduras, lentejas, papa, café, etc.) que luego llevarán a los distintos parajes de la montaña. Aquellos que viven en Pueblo Bello han adquirido más costumbres no indígenas que los demás, ya que son mucho menos reacios al contacto con los bunachis.

      Debe mencionarse que si bien se trata de un lugar lleno de contrastes, el 83% de su población es arhuaca y hasta el año de 1997 no existía como municipio. No obstante lo anterior, a través de la ordenanza número 037 de 1997 se ordenó su creación como tal, lo cual atentó contra los derechos fundamentales de los indígenas porque para su conformación no se realizó la respectiva consulta previa, pese a que parte del territorio del nuevo municipio había sido reconocido como territorio indígena mediante las resoluciones 078 de 1983 y 032 de 1996, proferidas por el Incora73. Ante este hecho la posición de los iku fue la siguiente:

      Desde hace muchos años las comunidades indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta hemos venido reclamando la devolución de nuestro territorio tradicional delimitado por la Línea Negra en el contorno del macizo.

      En ya innumerables ocasiones hemos expuesto las razones que nos mueven a reclamar que de hecho se nos reconozca como legítimos dueños de dicho territorio por posesión ancestral; sin embargo el arremetimiento de la sociedad mayoritaria no para, queriendo desconocer cada vez nuestros justos derechos.

      Esta vez nuevamente vemos amenazada nuestra integridad cultural con la reciente creación del municipio de Pueblo Bello, enclavado en nuestro territorio, sin ni siquiera preguntarnos si estábamos de acuerdo. Tal vez a sabiendas de cuál es nuestra posición frente a estas intromisiones optaron por crear el municipio sin que nos diéramos cuenta para no darnos oportunidad a actuar tratando de impedir el acometido.

      Nosotros los Iku (o Arhuacos) junto con los Kog[u]is y los Arsarios somos los legítimos dueños del territorio delimitado por la Línea Negra, y como tal hemos cuidado, bajo la orientación de los Mamus (nuestros sabios), la vegetación, los animales, la tierra, el aire, el agua y todos los demás elementos y seres naturales con los cuales interactuamos y son la fuente de nuestras vidas. De ahí depende también la vida de los hermanos menores que viven en los alrededores.

      [...] Creemos que nunca hemos causado perjuicio alguno a nuestros hermanos menores ni les hemos usurpado sus espacios ni sus derechos, y no entendemos por qué ellos siguen tratando de despojarnos de nuestros bienes y nuestros derechos [...]74.

      El señor Bienvenido Arroyo, cabildo gobernador de entonces, demandó ante la jurisdicción contencioso-administrativa la nulidad de la mencionada ordenanza y del decreto que nombró al alcalde encargado. El Tribunal Administrativo del Cesar declaró la nulidad de la ordenanza 037 de 1997 y la nulidad del decreto departamental que designó alcalde de dicha localidad, indicando que no se demostró que se hubiera realizado la consulta a la comunidad indígena que habita en Pueblo

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